¿Hay alguna manera de trabajar por mi cuenta legalmente sin ser autónomo?

Me ha surgido la oportunidad de colaborar de manera puntual con una publicación escribiendo artículos y asesorando. El problema es que no sería algo regular ni me contratarían al ser algo, como digo, puntual: un mes tres o cuatro colaboraciones, dos meses sin nada, etc.

He ido a la SS y me dicen que me haga autónomo, les digo que no me saldría a cuenta y me responden que es lo hay o arriesgarme a que me den un toque.

Algo he leído de que se puede tributar por IAE si no se supera el SMI en cómputo anual.

¿Alguien puede explicarme esto aunque sea brevemente? Gracias de antemano.

Da igual, si es un mes 3 o 4, dos meses sin nada y luego otros 3 o 4 meses, es HABITUALIDAD.

Tendrás que darte de alta, por que si te das de alta en el IAE y pagas a hacienda, al cabo de un tiempo la S.S te puede reclamar mensualidades.

A ver, ahora se pagan 50 euros los 6 primeros meses precisamente para esto, para coger trabajos puntuales de 1 mes que ingreses algun dinero.

Si las colaboraciones van a ser por cuatro duros ni te interesa.

Debería haber un régimen para trabajadores autónomos de menos de 640X12 meses de ingresos, márginal con un IVA bajo, un IRPF bajo y una cuota muy pequeña de autónomos o incluso no pagar nada.

Lo lleva Podemos en su programa y C's.

Igual ahora con el nuevo gobierno C's en coalición con el PP intenta arreglar esto algo, pero me da a mi que no.

Yo si no es algo de entre 500 o 1000 euros que pagando impuestos te lleves algo de dinero, no lo haría.

si vas a hacer 3 o 4 publicaciones y te van a dar 50 euros, estás haciendo el petulante.
 
En efecto, al principio serían dos o tres colaboraciones al mes. Pongamos 100€ por decir algo redondo. Autónomos no sale a cuenta pero está el tema de la habitualidad como bien dice el forero de arriba. Lo cachondo es lo de ir a la SS y plantearles esto y que te digan que "es lo que hay" y que tarde o temprano me darán un "toque".
 
En efecto, al principio serían dos o tres colaboraciones al mes. Pongamos 100€ por decir algo redondo. Autónomos no sale a cuenta pero está el tema de la habitualidad como bien dice el forero de arriba. Lo cachondo es lo de ir a la SS y plantearles esto y que te digan que "es lo que hay" y que tarde o temprano me darán un "toque".

Buzón de consultas

(Es de la SS, no de Inspección)

Lo del toque, pos no sé si te lo darían a ti o a la empresa si el inspector considera que estás de falso autónomo y lo suyo sería hacerte un contrato a tiempo parcial (si utilizas medios de la empresa y estás sujeto a sus instrucciones)
 
Buzón de consultas



(Es de la SS, no de Inspección)



Lo del toque, pos no sé si te lo darían a ti o a la empresa si el inspector considera que estás de falso autónomo y lo suyo sería hacerte un contrato a tiempo parcial (si utilizas medios de la empresa y estás sujeto a sus instrucciones)



Ni tiene que darse de alta de autónomo ni emitir factura para eso.



Lo que tiene que hacer es firmar un recibo y pagar el IRPF que le toque. Normalmente la empresa te retiene el 15% de antemano.



Fundaciones y empresas lo hacen así.



Si eso no lo sabe la empresa que le contrata es porque no lo ha hecho nunca.



Si hace una factura la va a soltar.





Enviado desde mTalk
 
Te lo ha indicado un compi, pero mirate las cooperativas de trabajo tipo factoo, freelance, te facturamos.... ellos te emiten la factura, te pagan irpf y ss, y te ingresan tu dinero. Eres como un trabajador de la cooperativa. Tu profesión ha de estar comprendida entre las que ellos facturan.
 
Creo que ya te lo han indicado en algún mensaje, pero por si acaso: si facturas menos de una cantidad que creo que está por los 3000€ anuales (es posible que haya cambiado, ya que lo miré hace unos años), no es necesario que te hagas autónomo.
 
La cantidad de facturación debe ser menor que el salario minimo interprofesional anual (unos 10.000e.) en ese caso te conviene no darte de alta. Aunque tendrás que inscribirte como socio en una cooperativa de trabajo asociado, como te han indicado.
 
Una pregunta, ya que ha salido el tema de la cooperativa
¿que obligaciones tendrían los miembros de una cooperativa (pongamos un ejemplo de 5 o 6)? que no se dediquen a ella a tiempo completo o que los ingresos de ésta sean bajos o no regulares?
 
las empresas tipo factoo etc. que "facturan por ti" hemos comentado que internamente funcionan tipo cooperativa "alegal", pero no quiere decir que tu puedas ejercer como miembro de una cooperativa, ellos te impondrán las condiciones que les salgan de los h.
 
Claro, se montan su propio sistema basandose en un pequeño vacío.
Me parece buena idea, siempre que las condiciones no sean muy exigentes. Aún así creo que lo mejor es consultar con un asesor fiscal y que te comente qué es lo que más te conviene.
:cool: Con un poco de asesoramiento te olvidas de historias y de posibles multas...
 
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