Buenas tardes: no se si ya se ha tratado en este hilo; tengo una duda con respecto a una demanda que tengo que poner: A una trabajadora, desde enero, la empresa viene descontando 37,33 € en concepto de Regulación Cláusula Adicional II. La cláusula en cuestión dispone lo siguiente: Ambas partes acuerdan que, durante la vigencia del Convenio, en caso de que el salario mínimo interprofesional sea superior al salario base establecido para los distintos Grupos Profesionales, se incrementará ésta hasta la cuantía mínima fijada para el salario mínimo interprofesional, con adecuación del resto de los conceptos retributivos, al objeto de que, en cómputo anual, la suma de todos los conceptos experimente la misma variación prevista en el Convenio.
La trabajadora cobra en nómina 950€ de salario base y 67,76 de antigüedad, ergo los 37,33€ se lo están descontando de la antigüedad. No percibe ningún otro concepto. He estado viendo jurisprudencia y he comprobado que hay una sentencia de la Audiencia Nacional en la cual se determina que no es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales, sin que sea relevante que el convenio colectivo permita compensar cualquier concepto (sentencia de la Audiencia Nacional de 16 de septiembre de 2019).
En la sentencia se impugnaba la compensación y absorción de dos pluses con el nuevo salario base, equiparado convencionalmente al SMI y se estima dicha pretensión interpuesta por el sindicato, por cuanto no es posible legalmente compensar y absorber un concepto salarial y pluses extra salariales, sin que sea relevante que el convenio permita compensar cualquier concepto, por cuanto el ET contempla únicamente la compensación y absorción entre salarios, al igual que sucede con el SMI.
El caso es que no me ha quedado claro si la antigüedad se puede adaptar absorbiendo la subida del SMI y descontando a la trabajadora una parte de la cantidad que le correspondería cobrar en concepto del referido concepto por los años trabajados.
Gracias