Un bombero cambia de sexo para colarse en la reserva femenina de Vizcaya
En la última convocatoria de bomberos de Vizcaya, un aspirante de 46 años, casado y con hijos, cambió su mención de sexo en el Registro Civil. El objetivo: competir en la categoría femenina, donde solo hay cuatro plazas reservadas. Según adelantó El Correo, ahora se sitúa en las primeras posiciones del ránking femenino, con lo que su acceso al cuerpo es más que probable.
El caso ha reabierto el debate sobre los efectos de la ley de identidad sexual, conocida como ley trans. Esta norma, impulsada por Irene Montero, permite que cualquier persona cambie su sexo registral mediante una simple declaración, sin necesidad de informes médicos ni pruebas. Ante este marco, la posibilidad de alegar fraude de ley es casi nula: la propia ley no define qué es ser mujer, así que cualquier cuestionamiento sobre la sinceridad de la declaración carece de base jurídica.
Hay precedentes que refuerzan la tesis del hueco
En 2024, dos bomberos de la Generalitat, uno en Badalona y otro en Vic, hicieron lo mismo justo antes de que entrara en vigor la reserva de plazas para mujeres. La Dirección General de Prevención y Extinción abrió una investigación por conducta presuntamente fraudulenta, pero se cerró sin sanción por falta de pruebas. En Madrid, un aspirante que también se había declarado mujer fue excluido en octubre de 2024 -primero por niveles de testosterona, luego readmitido en diciembre- y finalmente expulsado en marzo de 2025. La vía de la testosterona es otra puerta que la administración puede usar.
¿Hueco legal o fraude de ley?
En el análisis, las posturas se dividen. Por un lado, quienes ven en este caso una demostración de que las cuotas de género crean incentivos perversos: un hombre, que no había pasado los baremos masculinos, ahora puede acceder a una plaza con pruebas más suaves. Por otro, los que defienden que la ley es la ley y que cualquier persona puede declararse del sexo que sienta, sin que nadie pueda ponerlo en duda. Algunos van más allá: sostienen que el verdadero problema es que las pruebas físicas para mujeres son más permisivas, no el cambio de sexo.
El Tribunal Supremo se pronunció en julio de 2025 sobre un caso similar: un cambio registral posterior a los hechos no tiene efectos retroactivos. Pero eso no afecta a quien se cambia antes de la convocatoria. La resolución resalta que el artículo 14.2 de la directiva europea de igualdad de trato permite diferencias basadas en el sexo cuando constituyen un requisito profesional esencial. Sin embargo, el camino se queda corto si la propia administración no aplica ese artículo.
Mientras tanto, el caso de Vizcaya sigue abierto. Lo sorprendente es que, con la facilidad que permite la ley, solo haya un aspirante que le haya echado valor. O quizá no: cuesta hacerse pasar por lo que no se es, aunque el papel lo diga.