Las listas de mejores notas siempre generan comentarios. Esta vez, los comentarios se convirtieron en el problema.
Matrículas de honor y vejaciones: el otro examen de la PAU en Lugo
Las notas de la PAU que acabaron en la diana
El 13 de junio de 2025, la prensa local publicó la lista de los mejores expedientes de la selectividad en Lugo. El primer puesto era para Martín Casanova Alonso, del IES Leiras Pulpeiro; entre las mujeres destacaban Isabel Liñares e Iria López Dios, esta última con un 8,95 y plaza de Medicina en la Universidad Complutense de Madrid. Lo que debía ser una crónica de mérito académico se convirtió en pocas horas en un fenómeno paralelo: una avalancha de comentarios de contenido sexual y descalificaciones personales dirigidos a las chicas que aparecían retratadas. No eran críticas al sistema educativo, eran ataques a la anatomía y a la apariencia de estudiantes de diecisiete y dieciocho años.
El artículo 173.1 como posible baza legal
La deriva no tardó en encontrar freno. Una de las intervenciones recordó que alguna de las estudiantes era menor de edad y citó el artículo 173.1 del Código Penal, precepto que castiga el trato degradante que atenta contra la dignidad moral de la víctima. La misma respuesta subrayaba que internet y las redes sociales amplifican el daño de los contenidos humillantes por su difusión masiva. El argumento no es trivial: la jurisprudencia ha sido desigual en este terreno, pero cuando la víctima es menor y aparece identificada con nombre y apellidos, los tribunales tienden a inclinarse del lado de la protección. El anonimato del autor no sirve de salvaguarda: los mensajes quedan registrados y pueden entregarse a un juzgado.
«Las imágenes son públicas»: una coartada que no cuela
El intento de justificación se apoyó en que las fotografías proceden de una publicación periodística y, por tanto, son públicas. Es cierto, pero la publicidad no convierte a una menor en objeto de comentarios sexuales: el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen no se suspenden por aparecer en la prensa. Tampoco depende de la intención de quien comenta: un chiste vejatorio puede ser delito aunque no busque humillar a nadie. Algunos mensajes intentaron rebajarlo todo a una broma con juegos de palabras sobre la «dignidad púbica», una muestra de cómo la vejación sexual online se normaliza a golpe de ocurrencia. La discusión quedó abierta, sin desenlace judicial conocido. Pero el precedente ya está documentado: la brillantez académica de unas adolescentes se convirtió en excusa para la humillación, y el artículo 173.1 ha quedado como la posible frontera que nadie se atreve a cruzar.