Heredar en andalucia.

patroclus

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Resido en andalucia. Tengo a mi progenitora que es propietaria de varias casas y un solar. Que consejos dais para pagar menos impuestos al heredar o antes de heredar y no se lo gasten los políticos en mar1 a mi costa.

¿Sabeis que impuestos se paga por donación?. ¿Será mejor donar que esperar a heredar a efectos de impuestos?. He leído que lo mejor es donar la nuda propiedad , quedándose la otra persona el usufructo.

¿Alguien sabe que tanto % se paga en un caso y otro?.

También está la opción de compraventa.
 
Resido en andalucia. Tengo a mi progenitora que es propietaria de varias casas y un solar. Que consejos dais para pagar menos impuestos al heredar o antes de heredar y no se lo gasten los políticos en mar1 a mi costa.

¿Sabeis que impuestos se paga por donación?. ¿Será mejor donar que esperar a heredar a efectos de impuestos?. He leído que lo mejor es donar la nuda propiedad , quedándose la otra persona el usufructo.

¿Alguien sabe que tanto % se paga en un caso y otro?.

También está la opción de compraventa.

Te digo lo de siempre en estos casos, si estamos hablando de varias casas y un solar no seas tacaño y consulta a un asesor profesional, que hace falta ser perversos para venir a pedir ayuda a un foro cuando vas a heredar medio Falcon Crest!!!
 
Vamos a ver. Lo primero que quiero hacer es buscar información y tener algunos conceptos claros, puesto que he de ir a hablar con mi progenitora al respecto y darle argumentos para solventar el problema de la herencia.

Una vez que sepa más o menos por donde van los tiros , pues daría el siguiente paso y pediría cita para ir a un asesor profesional como bien dices para que me echara números y me aconsejara. Pero ,claro, no quiero ir sin idea de lo que me puede decir. Me gustaría tener información.

Alguna vez he sacado información por internet que me ha ahorrado mucho dinero, porque al abogado se le olvidaron cosas o no lo tenía claro o no lo sabía.

Y en siguiente lugar ir a un abogado si fuera necesario para que redacte la documentación de donación, compraventa o lo que sea.

Y por último a notaría.
 
Haces muy bien en preocuparte para que las sanguijuelas de la clase parasitaria política se lleven lo menos posible.

Siempre he pensado que el impuesto sobre sucesiones y donaciones debería desaparecer. Todo ese dinero o patrimonio en su momento ya pagó impuestos, pero la administración es insaciable y sacará todo lo que pueda.

No conozco como anda el tema en Andalucía, pero si el patrimonio es importante en el caso de padres a descendientes merece la pena estar empadronado en la comunidad de Madrid. En Madrid existe una bonificación del 99% sobre la cuota a pagar en ciertos casos (padres a descendientes y alguno otro más) pero ojo, que en Madrid venden que ha desaparecido el impuesto de sucesiones y es MENTIRA Se callan que con otros grados familiares o cuando no hay parentesco la clavan bien y entonces es cuando la comunidad se lanza como toda administración que se precie como carroñeros y auténticos buitres a llevarse todo lo que puedan.

Si tienes inmuebles a heredar te obligarán a escriturarlos por lo que diga la comunidad o la junta a riesgo de inspección y multa, que por supuesto tendrán las valoraciones burbujeadas (La engaña de la burbuja interesaba también mucho a la administración).

Después por supuesto el Hay-untamiento donde esté situado el inmueble exigirá el correspondiente impuesto sobre las plusvalísa y si adquirió los inmuebles hace muchos años preparate a pagar una burrada.

Y busca bien, que los abogados te sacarán la pasta también, desconfía de ellos y recuerda que el refranero español encierra la sabiduría popular de muchos años: 'El ojo del amo engorda al sustancia ilegal' esto es, como tú para velar por tus intereses, nadie.

Mi consejo es que excepto la vivienda habitual, lo demás lo ponga en venta lo antes posible y disfrute del dinero, dentro de unos años no valdrán nada :roto2:
 
Caida a Plomo:

Andalucía es la 3ª Comunidad de España -después de Extremadura y Cataluña-, con mayores impuestos a la hora de heredar.

Lo de Madrid ya se lo he dicho a mi progenitora. Incluso lo de Navarra es aún mejor para ahorrarse unos impuestos. Pero eso a ella le suena a chino y no hay nada que hacer.

De vender lo veo difícil, por el momento de crisis que tenemos y por las reticencias de mi progenitora, que como todos los que vivieron la posguerra tiene una forma de pensar en las Antípodas de muchos de nosotros.

En cuanto al abogado, tenemos uno que lleva los asuntos de familia y creo que puedo confiar en él.

Yo creo que la opción más beneficiosa puede ser que me done propiedades y ella que se quede con el usufructo. Que por cierto, no me interesa ahora mismo tener más propiedades porque hacienda me va a crujir en la declaración de la renta. Pero bueno, habrá que aceptar las consecuencias.

Bueno, la semana que viene iré a pedir cita al asesor y con lo que saque en claro lo pondré aquí.
 
Abre tus orejas.................que no tengo ganas de hablar mucho

Haz una sociedad o da de alta en una actividad a tu progenitora.......
Mete todo el patrimonio ,menos el piso,en esa sociedad y declara ingresos y gastos derivados de la actividad
Cuando fallezca tu progenitora tu deberas seguir con esa actividad al menos 5 años
y tendras una reduccion del 99.9 % por ley del ISucesiones
Al menos debe estar activo un año antes del fallecimiento el patrimonio empresarial para
no tener que pagar el impuesto

De nada
 
como se llama el tipo de asesor que necesita patroclus? abogado? asesor financiero?
por otro lado de cuantas casitas hablamos patroclus? asi groso modo? cuantos euricos?

bueno en generico que no quiero comprometer a nadie, a partir de cuanto sale a cuenta contratar un profezional?
 
Última edición:
?Vale esto para el caso en que la relacion no sea de progenitora a descendiente?

Gracias de antemano por la respuesta.

Abre tus orejas.................que no tengo ganas de hablar mucho

Haz una sociedad o da de alta en una actividad a tu progenitora.......
Mete todo el patrimonio ,menos el piso,en esa sociedad y declara ingresos y gastos derivados de la actividad
Cuando fallezca tu progenitora tu deberas seguir con esa actividad al menos 5 años
y tendras una reduccion del 99.9 % por ley del ISucesiones
Al menos debe estar activo un año antes del fallecimiento el patrimonio empresarial para
no tener que pagar el impuesto

De nada
 
Abre tus orejas.................que no tengo ganas de hablar mucho

Haz una sociedad o da de alta en una actividad a tu progenitora.......
Mete todo el patrimonio ,menos el piso,en esa sociedad y declara ingresos y gastos derivados de la actividad
Cuando fallezca tu progenitora tu deberas seguir con esa actividad al menos 5 años
y tendras una reduccion del 99.9 % por ley del ISucesiones
Al menos debe estar activo un año antes del fallecimiento el patrimonio empresarial para
no tener que pagar el impuesto

De nada

A ver si te puedes extender un poco más.
Sobre la sociedad, ¿a cual te refieres o aconsejas, una SL? ¿una Sociedad Civil valdría?
A mi progenitora con 75 años que tipo de actividad le puedo justificar ¿administradora de la sociedad?
 
A ver si te puedes extender un poco más.
Sobre la sociedad, ¿a cual te refieres o aconsejas, una SL? ¿una Sociedad Civil valdría?
A mi progenitora con 75 años que tipo de actividad le puedo justificar ¿administradora de la sociedad?

Extiendente mas en tu casuistica,si no poco mas ....................
 
?Vale esto para el caso en que la relacion no sea de progenitora a descendiente?

Gracias de antemano por la respuesta.

Vale en caso de cualquier heredero que siga con la actividad(.....eso creo)durante al menos 5 años
 
Votin buen consejo, sólo añadir dos cosas:
-1º planificar la aplicación de la exención puede ahorrar mucho dinero, asi que puede valer la pena gastarse algo y dejarlo todo atado.
-2º ojo que la exención es par "bienes y derechos afectos a actividades económicas y participaciones en entidades" si esas propiedades no estan afectas a actividad... a afectarlas por la cuenta que te trae.(la exención está regulada en el Impuesto del Patrimonio por si no te da tirria leer legislación)
 
Votin buen consejo, sólo añadir dos cosas:
-1º planificar la aplicación de la exención puede ahorrar mucho dinero, asi que puede valer la pena gastarse algo y dejarlo todo atado.
-2º ojo que la exención es par "bienes y derechos afectos a actividades económicas y participaciones en entidades" si esas propiedades no estan afectas a actividad... a afectarlas por la cuenta que te trae.(la exención está regulada en el Impuesto del Patrimonio por si no te da tirria leer legislación)

Este impuesto fue anulado este año,por duplicidad con el IBI( el del 2008)
 
Última edición:
Sí y no, tecnicamente no está anulado, pero los efectos son los mismos (sino recuerdo mal se estableció una exención del 100% y se suprimió la obligación de presentar liquidación). Había dos motivos para no derogarlo o eso se dijo: uno es que se hace referencia a el en muchas otras leyes (como en el caso de la exencion)y hubiese sido un trinc y el otro que manteniendolo el Estado impide que ese hecho imponible sea gravado por alguna CCAA.

saludos
 
Hoy he hablado con un asesor financiero.

Me ha dicho que lo mejor es vender un solar que tiene mi progenitora, repartir ese dinero a los descendientes y meterlo en Bancolchón. Que con ese dinero el dia de mañana se pagarían el impuesto de sucesiones a Hacienda. Que si puedo vender más propiedades que venda.

Que la donación hay que pagar casi el doble que una compraventa, que no interesa. Que a las malas mejor hacer una compraventa a los descendientes, que pagaría -el año que viene- el 8%. La donación es casi el doble.

Que puede pasar que vayan bajando los impuestos de herencia en Andalucía y que pueden reducirse los impuestos.

Que él en mi lugar esperaría y no haría otra cosa.

Lo de la sociedad me ha dicho que ve mucha complicación.
 
De acuerdo, pero eso de meter el dinero bajo tu colchón también es una donación... si no te crujer la CCAA por no detectarlo, lo puede hacer Hacienda si algún dia quieres sacarlo y no puedes justificar de donde viene ya que te lo calificarían como incremento patrimonial que va al tipo general del IRPF...

pide una segunda opinión antes de hacer nada

Salu2
 
Yo que tú, la empadronaria en Madrid, Castilla-León, La rioja, etc. Yo que soy de castilla-leon, antes de que aquí se pusiese esa norma, le dije a uno del pp que ahora es senador: me voy a empadronar en la Rioja y es como si el piso que me compre me lo regalais vosotros, porque lo que me cueste es lo que van a dejar de pagar mis descendientes.
Total, si tu señora progenitora es mayor, no tiene por qué enterarse y cuando se entere y vea que todo funciona igual, que el medico la atiende lo mismo y demás, menos en las votaciones, no creo que la importe.
 

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