Préstamos entre padres e hijos: Hacienda no ha descubierto la pólvora
La obligación de declarar los préstamos entre padres e hijos no es ninguna novedad. Los lleva exigiendo Hacienda desde hace años, y no solo para el dinero con intereses: también para los que se conceden a tipos cero e incluso para aquellos que no se van a devolver. El objetivo es que no se cuele una donación encubierta bajo la apariencia de préstamo.
El propio BBVA, en su blog sobre jubilación, lo advierte: tanto los préstamos familiares como las donaciones deben documentarse y declararse correctamente para evitar sanciones. La matización importante es que formalizar un préstamo sin interés con el contrato correspondiente obliga a pasar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), pero eso no significa pagar una cuota. En la mayoría de los casos, el papeleo sale a cero.
Que el titular se presente como un cambio normativo no deja de tener su guasa. El debate en torno a este asunto subraya lo viejo de la obligación y apunta a otra cosa: mientras al padre que presta 10.000 euros a su hijo para matricularse se le pide contrato, hay vías que se escapan al radar del fisco. Las joyas, por ejemplo. O ciertos patrimonios blancos.
La conclusión que saca cualquiera que lea la letra pequeña: Hacienda ya tenía las herramientas. Lo que falta es decidir dónde mira y a quién le exige en serio. Lo demás, el titular de turno, es ruido.