Dudas Renta 2008

entonces sería solo en casos de bingos o casinos? Pasan estos parte de lo que has ganado a Hacienda?

Bingos..casinos.. y todo lo que los listillos de las empresas le quiera pasar a Hacienda en ese concepto...GRRRRRRR
 
La respuesta es: SI.
En la declaración de retenciones que la empresa presenta en hacienda (modelos 111 y 190) lo habrán introducido en la casilla correspondiente a ese tipo de retribución,(correctamente o no) con la retención que le corresponde.
 
Quiero decir si los bingos dan aviso a Hacienda de lo que has ganado? Te identifican cuando te dan el premio?
 
No me seáis poco culto. ENGAÑAD TODO LO QUE PODÁIS, porque si no ellos se lo van a pulir por vosotros.

Y si no se lo pulen se lo regalan a los segarro y sudakas, que igual guano son.
 
Hola,

Tengo una duda que por alguna razon no soy capaz de encontrar. El año pasado confirmé el borrador, pero este año he hecho una modificación. Me he descargado el programa Padre y ya lo tengo todo listo para presentar. La duda: como la presento?? Que es lo que tengo que hacer? He visto que se puede hacer por via telematica, pero no tengo el certificado de usuario. Como tengo que hacerlo para presentarla? Imprimo una copia y voy a una oficina de la aeat?

Saludos
 
Lo más cómodo es ir a tu banco de toda la vida, llevándo los impresos que genera el programa Padre y ellos te lo recogen, te lo sellan y se encarga de enviarlo a hacienda.

Salu2.
 
Que rapidez! Gracias tucapital. Imagino que todos los bancos tienen este servicio, no?
 
Vale, me autorespondo jeje. Acabo de ver que como me sale a devolver puedo hacerlo online via mi banco! Solo me pide el fichero modelo 100 que genera el programa Padre y ya. Pensaba que iba a ser mas complicado!

Gracias
 
jejeje, una vez sabido dónde se puede presentar, el medio ya es sólo buscarlo 😉

De todas formas, a mí me gusta llevarlo al banco para que me ponga el sello y archivarlo. Desconozco qué recibo te genera al entregarlo en tu banco vía online.

Salu2.
 
Haber si alguien sabe para cuando esta previsto que devuelvan el dinero de la declaracion. Gracias
 
Haber si alguien sabe para cuando esta previsto que devuelvan el dinero de la declaracion. Gracias

A partir del 16 de abril ya están devolviendo.

Mi padre confirmó el 18 de abril y el 24 ya le ingresaron.
 
Sí, sé de más gente que lo recibiendo desde la primera semana que comenzaron a devolver (16 de abril), y son todas aquellas declaraciones que se confirmaron sin ser modificados.

Yo modifiqué el mío y sigo a la espera.

Salu2
 
Buenos días,

Tengo una duda, a ver si me podéis echar una mano.

Yo no llego al límite de los 22000€, pero el año pasado vendí unas acciones de las que obtuve una plusvalía de 100€. ¿Estoy obligado a hacer la declaración de renta por la venta de las acciones?

Gracias y un saludo.
 
Debes de realizar la declaración puesto que cualquier persona que tenga ganancias patrimoniales no sujetas a retención (por venta de acciones) de una cuantía que sumada a las rentas del trabajo, del capital y de actividades económicas superen los 1.000€.

Salu2
 
Aprovechando el hilo tengo otra consulta que hacer por si alguien me puede ayudar. este año la declaracion me devuelven 0 patatero osea nada, y eso que la empresa me ha deucido un 9% del iRPF (todos los meses hacienda me ha quitado de la nomina 150-200 euros) y hacienda tambien se ha llevado un tanto por cien mensual de los intereses de una cuenta de ahorro que tengo
Para curiosos soy mileurista.


¿Como puedo hacer para que me salga a devolver parte de lo que me han quitado? gracias.
 
Aprovechando el hilo tengo otra consulta que hacer por si alguien me puede ayudar. este año la declaracion me devuelven 0 patatero osea nada, y eso que la empresa me ha deucido un 9% del iRPF (todos los meses hacienda me ha quitado de la nomina 150-200 euros) y hacienda tambien se ha llevado un tanto por cien mensual de los intereses de una cuenta de ahorro que tengo
Para curiosos soy mileurista.


¿Como puedo hacer para que me salga a devolver parte de lo que me han quitado? gracias.

Un sueldo neto mileurista de 14 pagas (unos 18.000 brutos) tiene un 10% de retención a ojo, contando los 400 € de ZP.

Por tanto, no es raro que no te devuelvan nada.

Si quieres que te devuelvan, o te hipotecas 😀, o le dices a la empresa que te retenga más.
 
Última edición:
Aprovechando el hilo tengo otra consulta que hacer por si alguien me puede ayudar. este año la declaracion me devuelven 0 patatero osea nada, y eso que la empresa me ha deucido un 9% del iRPF (todos los meses hacienda me ha quitado de la nomina 150-200 euros) y hacienda tambien se ha llevado un tanto por cien mensual de los intereses de una cuenta de ahorro que tengo
Para curiosos soy mileurista.


¿Como puedo hacer para que me salga a devolver parte de lo que me han quitado? gracias.


jaja , qué simpatico 😀

compraté un pisito y podrás deducirte por compra de vivienda habitual si es que ya no tienes vivienda
 
Hola de nuevo,

Aprovechando la tematica del hilo me gustaria aprovechar para preguntar una nueva duda que me ha surgido.

En la casilla 001 de la renta, la de retribuciones dinerarias, la cantidad que hay que poner aqui en importe integro es el salario en bruto o en neto? Es decir pongo la suma de mi sueldo base (sin quitar el irpf y seguridad social) o pongo la suma del sueldo neto que me han ingresado al banco?

Es que mi empresa me ha hecho lo siguiente. En el certificado de retenciones e ingresos que nos dan para cumplimentar la declaracion viene lo siguiente:

La suma de retenciones y cotizaciones a la seguridad social son correctas. Pero luego en el importe integro de mis retribuciones dinerarias, han sumado mi sueldo base (bruto) y luego ahi le han restado una cantidad de rentas exentas del IRPF. Esa cantidad restada es el salario de un mes, en el cual no se me cobró IRPF. Ese forma de calcularlo es correcta? Imagino que si que lo es, pero me gustaria confirmarlo con vosotros antes de ir a rrhh.

Muchas gracias,
 
Tengo una duda con la D.Renta.
Un profesional, trabaja en una empresa que le retiene a cuenta y le asegura en la SS. Este consigue otro curro que le retienen pero no le aseguran, le piden alta de Autónomos. Mi pregunta es aparte de deducirse la retención de ese 2º empleo y las cuotas de autónomos, que otros gastos se puede deducir (desplazamientos, teléfono, ...?). Gracias por vuestra colaboración.
 
Duda con la renta.
Al año pasado disolví una SL inactiva cansado de tener que hacer papeles con ella.
Su valor de cuota de liquidación social, ¿sería 0€?
Evidentemente, no se recibieron bienes al no tener actividad alguna.
¿He de considerar como pérdida patrimonial el capital aportado a la sociedad?

Gracias por adelantado.
 
En una declaración conjunta el primer declarante puede habilitar una vivienda como habitual y el cónyuge la otra para así pagar menos.

Si la respuesta es positiva, tendrían que estar empadronados cada uno en una vivienda.
 
Tengo una duda con la D.Renta.
Un profesional, trabaja en una empresa que le retiene a cuenta y le asegura en la SS. Este consigue otro curro que le retienen pero no le aseguran, le piden alta de Autónomos. Mi pregunta es aparte de deducirse la retención de ese 2º empleo y las cuotas de autónomos, que otros gastos se puede deducir (desplazamientos, teléfono, ...?). Gracias por vuestra colaboración.

Las cuotas de autónomos son gastos que reducen la base imponible, no es una deducción e igualmente las retenciones del segundo empleo. Las retenciones son impuestos que se pagan de forma adelantada a la declaración de hacienda.

Al estar dado de autónomo, los gastos que hayas tenido para generar los beneficios de tu negocio son desgravable, al igual que el IVA que te debe de devolver.

Salu2
 
En la casilla 001 de la renta, la de retribuciones dinerarias, la cantidad que hay que poner aqui en importe integro es el salario en bruto o en neto? Es decir pongo la suma de mi sueldo base (sin quitar el irpf y seguridad social) o pongo la suma del sueldo neto que me han ingresado al banco?

Salario bruto.

Es que mi empresa me ha hecho lo siguiente. En el certificado de retenciones e ingresos que nos dan para cumplimentar la declaracion viene lo siguiente:

La suma de retenciones y cotizaciones a la seguridad social son correctas. Pero luego en el importe integro de mis retribuciones dinerarias, han sumado mi sueldo base (bruto) y luego ahi le han restado una cantidad de rentas exentas del IRPF. Esa cantidad restada es el salario de un mes, en el cual no se me cobró IRPF. Ese forma de calcularlo es correcta? Imagino que si que lo es, pero me gustaria confirmarlo con vosotros antes de ir a rrhh.

Qué cosa más rara. Existen determinados conceptos que una empresa puede pagar al trabajador que están exentos del IRPF como las dietas, pero es extraño que coincida con el salario de 1 mes.

Habla con RRHH para que te lo aclaren.

Salu2
 
Muchas gracias tucapital!

la verdad es que no se porque un mes no me cobraron el irpf. En Junio me hicieron lo de la devolucion del anticipo de los 200 euros de ZP, y luego un par de meses despues me pagaron una nomina con 0% de irpf. Pensaba que era por cuadrarlo al final del año, pero no se, lo preguntaré a ver.

De todas formas, muchas gracias
 

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