Alquiler con contrato, ¿se paga IVA?

Impaciente

Madmaxista
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Igaul es una pregunta un poco sencilla, no lo se, pero si no me equivoco, entre hacer contrato legal o no hacerlo la diferencia es que hay que sumarle el 16% de IVA. ¿Alguien prodría confirmármelo?
 
SE PAGA IRPF 2% HASTA CUMPLIR EL AÑO LUEGO BATACAZO DEPENDIENDO DE TU SITUACION DE VIDA QUE SI ERES SOLTERO Y SIN HIJOS ES GRAN PALO (VER REFORMA DE IRPF QUE ENTRA EN VIGOR, PARA ESTE CASO NO CAMBIA MAYORMENTE), ahora no recuerdo si se aplica sobre el sueldo bruto o no... y tres factores más 1,55-1,6% dependiendo del tipo de contrato, 0,1% formación y otro factor más que ahora.... no me hagas levantarme de la cama a buscar el material de FOL :mad: neng! pero IVA para contratos por cuenta ajena NO
 
LOLIPOP dijo:
SE PAGA IRPF 2% HASTA CUMPLIR EL AÑO LUEGO BATACAZO DEPENDIENDO DE TU SITUACION DE VIDA QUE SI ERES SOLTERO Y SIN HIJOS ES GRAN PALO (VER REFORMA DE IRPF QUE ENTRA EN VIGOR, PARA ESTE CASO NO CAMBIA MAYORMENTE), ahora no recuerdo si se aplica sobre el sueldo bruto o no... y tres factores más 1,55-1,6% dependiendo del tipo de contrato, 0,1% formación y otro factor más que ahora.... no me hagas levantarme de la cama a buscar el material de FOL :mad: neng! pero IVA para contratos por cuenta ajena NO



UPSS... PERDON ES LA HORA.... PENSÉ QUE HABLABAS DE CONTRATOS DE TRABAJO, ESTO ES LO QUE TIENE SER ETERNA ESTUDIANTE :D
 
Entre particulares aun con contrato con los pisos no se paga IVA. Otra cosa son los locales que esos al estar sujetos a una actividad económica si que pagan IVA.
 
No se paga IVA porque entonces todos los que alquilan tendrian que ser autonomos para facturar.
 
En realidad, en el tema del alquiler, para ser actividad económica tienen que darse una serie de condiciones que en muy pocos casos se dan (tener local destinado a la actividad y una persona dedicada 100% a ello, creo).
Los alquileres de viviendas a particulares están exentos de IVA, mientras que si el alquiler de la vivienda es a una sociedad si se incluye el IVA.
Si es un alquiler de locales o es alquiler de vivienda a una sociedad, el arrendador debe presentar el IVA y estar dado de alta en el Censo del IVA, pero no tiene que estar dado de alta en autonomos.

Un saludo
 
Ya, entonces de todas todas es mejor hacerlo con contrato, no?
Tiene alguien algún borrador o ejemplo de contrato de alquiler? Es que a finales de enero me independizo y me voy de alquiler, y me gustaría hacer bien las cosas!!

Un saldo y gracias!!
 
Impaciente dijo:
Ya, entonces de todas todas es mejor hacerlo con contrato, no?
Tiene alguien algún borrador o ejemplo de contrato de alquiler? Es que a finales de enero me independizo y me voy de alquiler, y me gustaría hacer bien las cosas!!

Un saldo y gracias!!

Yendote de alquiler ya lo estas haciendo bien, hacerlo mal seria comprando jajaja
Pues eso, que tengas suerte y disfruta del dinero que ahorras.
 
Impaciente dijo:
Igaul es una pregunta un poco sencilla, no lo se, pero si no me equivoco, entre hacer contrato legal o no hacerlo la diferencia es que hay que sumarle el 16% de IVA. ¿Alguien prodría confirmármelo?


Depende


Eres una empresa?

Eres un particular?

Eres una fundación?
 
tochovista dijo:
Depende


Eres una empresa?

Eres un particular?

Eres una fundación?

Soy particular.

De todas maneras, está claro que a mi, como arrendatario, me interesa hacer contrato, ya que me deduce en la declaración de la renta.

Sin embargo, ¿le interesa hacer contrato al arRendador? ¿tiene el alguna ventaja? En principio, creo que no, supongamos que me cobra 1000 euros/mes (solo es para usar números redondos). Si lo hace sin contrato, 1000 euracos que se mete en el bolsillo. Con contrato, sin embargo, parte de ese dinero se lo llevaría hacienda, ¿no es así?
 
Bueno, sin contrato, en caso de marrón, el propietario lo tiene peor que tú, tú puedes demostrar haber vivido ahí con tus domiciliaciones y el no puede demostrar haberte cobrado x. Me hacen gracia todos estos arrendadores como lloran cuando algo les sale mal al estado y luego quieren chanchullear todo lo posible al estado. Pa tí te da igual, es el el que se arrisga si te alquila en zaino. Eso sí, que te dé recibos por toda la pasta que le pagues, y todo a tu nombre en cuanto puedas, telefono, luz y gas.
 
fosco dijo:
Bueno, sin contrato, en caso de marrón, el propietario lo tiene peor que tú, tú puedes demostrar haber vivido ahí con tus domiciliaciones y el no puede demostrar haberte cobrado x. Me hacen gracia todos estos arrendadores como lloran cuando algo les sale mal al estado y luego quieren chanchullear todo lo posible al estado. Pa tí te da igual, es el el que se arrisga si te alquila en zaino. Eso sí, que te dé recibos por toda la pasta que le pagues, y todo a tu nombre en cuanto puedas, telefono, luz y gas.
El arrendador (propietario) puede desgravar parte o la totalidad de las rentas procedentes del alquiler, asi que tampoco le perjudica demasiado ser legal (link)
 
Hoy por hoy el arrendador solo cotiza por la mitad de los réditos procedentes del alquiler de una casa. Por lo que tampoco es tan graboso para el arrendador hacer contrato. Ademas como ahora la gente cuando hace una declaración de renta tiene que poner la referencia catastral de su vivienda esto a animado a salir a la luz un montón de alquileres. Vamos que no hacer contrato es un marrón tanto para el arrendador como para el arrendado.
 
¿Sabéis si esto sigue siendo así con la legislación vigente?

¿un particular que desee alquilar un local debe pagar IVA?
¿de cuanto es?
 
Igaul es una pregunta un poco sencilla, no lo se, pero si no me equivoco, entre hacer contrato legal o no hacerlo la diferencia es que hay que sumarle el 16% de IVA. ¿Alguien prodría confirmármelo?




No es una pregunta sencilla;), y la información del hilo me va a ser muy util. Gracias.




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