El expolio inmobiliario al que está sometido el hombre divorciado

NODIANO_borrado

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El artículo entereo es para ponerlo todo en negrita, subrayado, y fluorescente...

la expoliación inmobiliaria a los divorciados

en el 89% de las sentencias de divorcio de 2010 de matrimonios con hijos menores de edad, la custodia se concedió a las mujeres, que permanecen en el hogar conyugal hasta que los vástagos tengan al menos 18 años o independencia económica. esto ha provocado que cientos de miles de hombres se encuentren, tras el divorcio, sin un sitio donde vivir, con unos gastos a sus espaldas difíciles de soportar y en claro riesgo de exclusión social

“ya le he dicho a mi hijo que no pienso ayudarle a comprarse una casa. me niego a que se vaya a vivir con su novia, ésta se quede embarazada, que luego se divorcien y se acabe quedando ella con la casa”. una mujer de mediana edad le hace esta confidencia a otra en un restaurante. podría parecer un comentario anodino pero es el reflejo de una situación real y bastante injusta: en españa, en caso de separación o divorcio, el uso de la vivienda familiar se atribuye a los hijos y estos, en la casi totalidad de los casos, se quedan con la madre

¿durante cuánto tiempo disponen de ese uso? hasta la mayoría de edad o independencia económica de los hijos, dependiendo de las sentencias judiciales. Por lo tanto, considerando la edad de emancipación de los jóvenes en españa, eso significa durante muchos años
¿y sus ex cónyuges entre tanto? aunque siguen siendo titulares del bien inmueble, no pueden disfrutarlo (aunque sí pagarlo si aún queda pendiente parte de la hipoteca), por lo que se ven obligados a comprar o alquilar otra vivienda, en el mejor de los casos. también pueden compartir una o regresar con sus progenitores, eso cuando tienen familia

de esta forma, en muchas casos en este país se ha pasado de ser inquilino a ser familia monoparental, formada por mujer e hijos, las que la actualidad están disfrutando del activo tangible. un codiciado objeto de deseo que se llama casa, ¿o era hogar?

un poco de historia

lo de que en este país siempre hemos sido propietarios del ladrillo es una falacia: fue un lúcido ministro de franco, allá por los años 40, el que tuvo la genial idea de convertir a los españoles en propietarios, de esa forma se evitaban conflictos sociales: atado a una hipoteca es más difícil quejarse. desde ese momento, las distintas legislaciones han primado la compra frente al alquiler, lo que ha provocado que la tasa de inquilinos haya ido bajando

en el censo de viviendas de 1970, un 30% de las casas estaba en régimen de alquiler. en 1981, un 20,8%. y en la actualidad, un 16%. los propietarios proliferaron también en los años previos al boom del ladrillo: dinero barato junto con créditos que se extendían como chicles favorecieron la compra de bienes inmuebles. somos uno de los países de la ue con mayor proporción de casas en propiedad pero en los últimos años el disfrute y uso de esa propiedad está cambiando de manos. y de género

la guerra de los rose

a pesar de que las separaciones se han visto frenadas por la crisis, separarse sigue siendo algo común a tenor de los números: en 2010 se produjeron más de 110.300 disoluciones de matrimonios (106.000 en 2009), de los cuales 102.933 divorcios. en casi un 49% de los casos los cónyuges tenían hijos menores de edad y en más de un 83%, la custodia de los hijos se otorgó a la madre según el instituto nacional de estadística (ine)

¿qué tiene que ver esta borrachera de cifras con la casa? pues mucho, porque, en caso de litigio, de que existan o no hijos menores dependerá quién disfrutará de la vivienda. “el artículo 96 del código civil es tajante: cuando hay hijos menores, el uso de la casa se atribuye a estos y por extensión, al progenitor custodio”, comenta gonzalo pueyo, presidente de la asociación de abogados de familia

la custodia de los hijos equivale al uso de la vivienda (que no la propiedad) sin importar de quién sea ésta. se puede dar el caso (y se da) de que la casa haya sido adquirida por un cónyuge y que su uso pase a los hijos y al que se queda con su custodia –habitualmente- la mujer. con menores de por medio, lo mismo da que haya separación de bienes o gananciales
“cuando redactaron ese artículo del código civil pensaron en no perjudicar a los hijos en caso de ruptura, para evitar que tuvieran que irse a vivir a cualquier sitio. se pensó básicamente en darles una estabilidad”, explica ángela cerrillos, de la asociación de mujeres juristas themis. “el texto no permite al juez atribuir el uso de la casa a uno u otro cónyuge o determinar venderla. se atribuye a los menores”, apostilla

así, en los juicios de divorcio, fiel reflejo de lo que sucedía en la película la guerra de los rose, el juez atribuye el uso y disfrute de la casa (que no la propiedad, cuya titularidad seguirá siendo de los dos) al progenitor custodio. Generalmente, la mujer. ¿eso en qué se traduce? con un par de ejemplos se entiende mejor:

j. tiene 39 años y dos hijas de 8 y 4 años. desde que se divorció vive con sus padres. aparte de la pensión por alimentos de sus hijas (400 euros), tiene que abonar la mitad de la hipoteca de su casa (600 euros), junto con la mitad del crédito al consumo que solicitaron por el coche de su ex pareja. más los impuestos de la vivienda o las derramas de la comunidad cuando las hay. total al mes: 1.200 euros. su sueldo de autónomo no le permite, de momento, alquilarse una casa y es en la de sus progenitores donde convive con las niñas cuando le corresponden según el régimen de visitas

otro caso:

m. es asturiano. tiene una hija de 5 años y se divorció hace dos. vive con su madre, jubilada, justo enfrente de la que antes era su casa: “es un chalet adosado que me compré de soltero. y cuando me casé hice separación de bienes. pero no sirvió de nada. el juez ha dado el uso de la casa a la niña y como no me han concedido la custodia compartida, allí quién vive es mi ex. con sus padres que se han trasladado hace poco”, cuenta. la hipoteca, al tratarse de un bien privativo, la paga él. junto con una pensión que en los primeros años ascendía a 750 euros y que se quedó en 500 euros después de recurrir la sentencia. “todos los días veo como mi ex suegro, que tiene casas repartidas por toda españa, mete su audi a8 en mi garaje”, añade con mezcla de rabia y pesar este empleado de banca

uso y disfrute y sociedad de gananciales

“la madre es quien está disfrutando del piso, el hombre se ve obligado a salir de la casa de la noche a la mañana y a pasar a vivir muchas veces en situaciones muy complicadas. la principal medida a tomar sería la de que se liquidase los bienes gananciales en el momento del divorcio”, comenta luisma lópez, de la asociación de padres de familia separados, apfs. “la sociedad de gananciales se disuelve tras la sentencia de divorcio pero como suele haber una vivienda adquirida entre los dos, hay un patrimonio ganancial y ese es el que se liquida o no”, aclara el abogado javier blanco

esa liquidación del bien inmobiliario se haría por tres vías: "a" le compra a "b"; "b" le compra a "a" (no son ventas propiamente dichas sino adjudicaciones a modo de compensar al otro), o se vende a un tercero. “ninguno de los cónyuges podría oponerse, en teoría, a la liquidación del bien ganancial si el otro se lo exige judicialmente. esto en teoría porque hay un condicionante importante que es el derecho al uso del bien”, añade. “en la práctica el derecho al uso impide que pueda venderse ese bien. el derecho al uso es un gravamen (aunque legalmente no sea un gravamen real), por eso es necesaria una reforma que posibilite que la sociedad de gananciales se liquide de forma simultánea en el divorcio”, dice blanco

y es que, parece que nadie quiere meterle mano al tema del uso de la casa, a pesar de que esté provocando grandes injusticias sociales. ¿por qué? algunos apuntan que por el coste político que pudiera tener: “y además, las asociaciones feministas tienen mucha fuerza”, cuenta luisma lópez

las artimañas y los actores: hombres y mujeres

en españa lo que se impone es la custodia monoparental, a diferencia de otros países como francia o eeuu. en el caso de que se concediese una custodia más parecida a la de este tipo de países, los ex cónyuges tendrían o bien que vender la casa o ir rotándose dentro ella para estar con los hijos en los tiempos correspondientes

“a la custodia compartida no se debe acceder para vender la casa, como buscan muchos padres, porque una cosa es la casa y otra la custodia de los hijos”, explica cerrillos, de la asociación de mujeres juristas themis. “para las mujeres sería estupendo este tipo de custodia porque es una liberación y porque quien asume la custodia muchas veces la pensión de alimentos suele ser insuficiente”, añade

pero, ¿no disfruta quien se queda con el uso del bien de una situación más cómoda puesto que no asume totalmente la hipoteca? “los casos hay que analizarnos uno a uno pero es verdad que el que se queda no tiene que pagar la casa aunque la venta no soluciona la situación de los niños, habría que ver en qué situación se quedarían después y dónde vivirían”, continúa. “además, actualmente la carga hipotecaria suele ser superior al valor de la vivienda y si se vende, el dinero que recibirían los ex cónyuges sería menor. ¿en qué condiciones vivirían esos niños?”, añade cerrillos. cierto, aunque cabe preguntarse en qué situación económica se quedan muchos padres tras el divorcio

con este panorama y siguiendo con el argumento de la guerra de los rose, los ex cónyuges pueden intentar salirse con la suya, en ocasiones con estrategias de dudoso gusto. por denominarlas de alguna manera. “hay padres no custodios que dejan de pagar su parte de la hipoteca para acumular una determinada deuda y que el banco proceda a la subasta de la casa. así esos niños se ven en la calle”, explica la abogada. esta sería la estrategia de los padres para intentar desprenderse de la carga hipotecaria de un bien del que ya no disfrutan y que podrán vender cuando sus hijos se emancipen. en 30 ó 40 años, por ejemplo

las de la parte opuesta, o sea, las de algunas mujeres, no es más elegante: por ejemplo, poner denuncias falsas (acto que, hasta ahora y salvo cambios en la legislación, no les acarrea ningún tipo de castigo) a sus ex cónyuges para impedir que les concedan la custodia compartida. porque, en el supuesto de violencia de género, ésta no se acuerda y si no la hay, tampoco hay posibilidad de vender la morada

“¿sabes quién está sufriendo la principal injusticia? he asistido a muchos juicios y en la mayoría las mujeres se pelean por lo económico y los hombres, por lo afectivo, por los hijos. la principal injusticia se está cometiendo con los niños”, finaliza lópez. conclusión: mejor nos valdría vivir de alquiler y además, aprender a divorciarnos
 

tocatejistaextremo

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Si no existen derechos de propiedad de inmuebles la conclusión es clara: NO HAY QUE COMPRAR INMUEBLES.

Inviertan en bonos, en oro o en lo que sea. Las viviedas son todas del estado, en última instacia, pues que las compre el estado con su dinero.
 

Han Solo

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Si eres hombre lee esto:


SI ERES PADRE Y TIENES UN PISO EN PROPIEDAD, LA MADRE PUEDE ECHARTE DE TU PISO VIA DIVORCIO/ SEPARACION SIN QUE TU PUEDAS EVITARLO. RECUPERARAS EL PISO CUANDO TU HIJOS SE INDEPENDICEN ECONOMICAMENTE (25 AÑOS APROXIMADAMENTE).

No os dejeis engañar. Es tan duro como suena

Añado:

- No hace falta estar casado
- No importa si estas casado en saparacion de bienes o gananciales
- No importa que el piso sea 100% tuyo
- No importa si el piso es una herencia
- No importa que lo compraras antes del matrimonio

SI ERES PADRE TE ECHAN DE TU PISO
 
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FreeBird

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Por eso el feminismo se opone de facto a la CUSTODIA COMPARTIDA. Si ésta se implanta, la cónyuge pierde el usufructo perenne de todo lo que él ha provisto durante el "ejercicio de su paternidad". "Ejercicio paterno" que deja de existir como tal, y que pasa por convertirse en "ejercicio de manutención" bajo la tutela y el juicio de ella, que ejerce su papel preponderante, en TODO proceso de divorcio, durante y después.

Por eso, cuando el feminismo reivindica el papel activo de la mujer en el mundo laboral, y proclama la conciliación familiar y laboral, culpando al hombre de que esto no se pueda llevar a cabo, incurre en una contradicción absoluta; si se oponen a la CUSTODIA COMPARTIDA, la medida más ecuánime y que mejor se conjuga con la conciliación familiar y laboral de hombre y mujer, si se oponen a que los niños puedan acceder en igual condición a su padre y su madre, lo hacen por verdaderos fines pecuniarios.

Al feminismo le importa una higa la conciliación de nada, lo que le importa es el dinero y las cuotas de poder.
 
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Han Solo

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Yo siempre he tenido la duda de lo que pasaría si la vivienda está a nombre de los abuelos del nuevo nieto. Quiero decir, que el hombre mete a vivir a su mujer embarazada en la casa de los padres del hombre. Porque que yo sepa, uno se divorcia de su pareja y en ningún momento ha establecido ningún contrato civil con los suegros.

Edito: Se entiende que el matrimonio conviviría con los padres de él, los abuelos paternos del niño.
Reed-Solomon

Si en la vivienda de los abuelos solo vive el padre, la madre y los hijos (es decir los abuelos viven en otro domicilio), ECHAN AL PADRE.

RAZONAMIENTO DEL SISTEMA LEGAL feminista radical: los abuelos "han cedido el piso" con todas las consecuencias, y si ahora hay divorcio/ separación, se queda a vivir el "nieto" y quien tenga su costodia, es decir la MIEMBRA >> ECHAN AL PADRE

En estos casos se recomienda hacer siempre un contrato de alquiler de los abuelos al padre... asi la jueza no puede entender que los abuelos "han cedido la vivienda con tadas las consecuencias". SI LA MIEMBRA SE QUEDA AL MENOS PAGA EL ALQUILER.
____

Si viven en la misma casa con los abuelos, no te puedo decir. Porbablemente decida el juez en función de varias circunstancias. PERO NO CONFIES AL 100% QUE LA MIEMBRA SE VA. Es lo que decida la jueza de turno. OJO
 

ferjt

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Un caso cercano:
Hace años un amigo mío se casó y adoptó a la hija de su nueva mujer. Comienzan a vivir en la casa de los padres de el. Sus padres compran el piso de enfrente para vivir su vejez (mismo rellano, solo hay dos puertas por rellano). En resumen, viven las dos familias en el mismo rellano.

Al tiempo se separan por motivos "cornamentales"... por descontado la mujer se ha quedado a vivir en el piso de los padres de mi amigo como si fuera suyo con su hija y otro hijo habido en el matrimonio... imaginad la estampa para los abuelos, puerta con puerta y con el piso de sus padres ocupado por la mujer que "corneaba" a su hijo (mi amigo).

Por descontado vendieron hace años y se mudaron para no verla, a pesar de que su nieto vivía enfrente.

En resumen, mi amigo ha sido utilizado, corneado y expoliada su familia, proviene de una familia sin grandes recursos en aquel momento, imaginaos ahora.

No se que puede pagar de manuntención ya que no es un tema del que mi colega quisiera hablar, a parte de que socialmente desapareció hace años. Es una pena que la justicia actúe por estereotipos y no se dedique a ver que pasa en cada situación.

Sinceramente, mi amigo es simple y todos vimos que en esa pareja traería problemas, pero la verdad es que esperabamos que la justicia protegería a los simples, a pesar de ser hombres.

Por descontado la mujer no ha trabajado mas de 5 días seguidos en ninguna parte y era como que MUY VAGA. Recuerdo cuando les ayudé a hacer la mudanza, la muy perra ni se levantó de la cama... pero es que ni se había molestado en vaciar los muebles que había que bajar a pulso por la escalera... y mi colega trabajando dos jornadas para que la tia tuviera el chichi bien asentadito en la cama.

Que cosa mas perra y que amigo mas simple y que justicia mas fruta...

Por cierto, la chica ni guapa ni simpatica. Lo dicho simple del trastero

Hay casos que claman al cielo, esto ha arruinado a mi colega y como no a padres y hermano.
 

Ramonk

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Me refiero al segundo supuesto, el primero ya lo tengo más que claro y asumido como algo "natural". A mí me da también que algún juez (o más bien jueza) es incluso capaz de ordenar que se expulse a los abuelos (los padres del hombre) de su propia casa, alegando que es por el bien del menor.

A mí personalmente es algo que me ha preocupado mucho, muchísimo, porque mi hermano tuvo la ocurrencia de traer a la casa donde yo vivo con mi madre a su mujer embarazada, y siempre tuve la preocupación (llegando incluso a sentir pánico en ocasiones) de que algún día se le hubiera ido la olla (porque sí que hubo discusiones por diferencias, como en todo matrimonio) y nos hubiera metido en un lío sin comerlo ni beberlo. Tanto como que estuve presionando y presionando para que hicieran al final lo correcto, que es irse a vivir a una vivienda independiente de alquiler, y entonces ya volvió la calma.
Me has dado miedo , mi hermana se vino donde mis padres con el marido y dos hijos , se han separado y el reclama la custodia compartida (todavía nada legal) se llevan medio bien pero son dos elementos de cuidado , si llegan a hacerlo ,según lo que dices el "fenómeno" podrían echar a mis padres de casa????
 

ferjt

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Me has dado miedo , mi hermana se vino donde mis padres con el marido y dos hijos , se han separado y el reclama la custodia compartida (todavía nada legal) se llevan medio bien pero son dos elementos de cuidado , si llegan a hacerlo ,según lo que dices el "fenómeno" podrían echar a mis padres de casa????
La vivienda para los menores prima en derecho. Da igual de quien sea la vivienda, si los niños viven en esa casa la disfrutarán junto al progenitor que tenga su custodia y los dueños legales habrán de esperar el plazo que el juez decida para volver a reclamar la vivienda.

Raro es que sea de otra manera, creo yo.
 

manottas

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Yo tenia un trabajador que se le "ocurrio" la valiente idea de casarse con una chica que tenia 2 hijos de 2 relaciones anteriores... si no recuerdo mal creo que una tenia 7 años y el otro 4 años.

Pues depues de una corta relacion a los 2 años no se le ocurre que adoptar a los 2 hijos de ella (no se si era realmente adopcion, o tutela), la cuestion que ellos vivian en la casa que le habia cedido la madre en herencia.... pues al poco tiempo se divorciaron....

¿Como acabo la "bonita" historia de amor?.... Resumiendo... el pasa manutencion por unos hijos que no son suyos.... (pero si adoptados)... la casa de la madre... se ha la ha quedado su ex.... y el vive en una caravana....
 

paco jones

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se le insiste que mejor de alquiler.... y si insiste en plan visillero mejor que comprar.... sospecha lo que pasará...
 

Nefersen

Nuncio Apostólico
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Si los hombres se comportasen como espera el Sistema, no tendrían los problemas que describís. Lo políticamente correcto es que un hombre se case con otro hombre y adopten niños personas de color o chinos. Si os salís de la norma, no os quejéis de las consecuencias.
 

NODIANO_borrado

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El problema de los calzonazos, pagafantas, pagaimpuestos, paga-pagapensiones, maridines domesticados y otros hexpezímenes inexperimentados, es doble:

1- No se han leído la Ley de Matrimonio.
2- No se han leído la Ley de Divorcio.
Pues mira...

Bodas con aviso de discriminación por razón de sesso

Lunes, 30 de Abril, 2012

La conciencia popular de que la legislación española discrimina al varón por el hecho de serlo ha llegado al extremo de que en las bodas se advierta al novio de los peligros a los que se expone debido a la inseguridad jurídica que para el varón supone el contrato matrimonial.


Así, las probabilidades de que tras el posible divorcio el futuro esposo pierda a sus hijos, patrimonio y dignidad, son tan altas, que el concejal que celebra la boda, se ve en la obligación moral de advertir al novio de los riesgos que asume al firmar el contrato nupcial. :Aplauso::Aplauso::Aplauso::Aplauso::Aplauso::Aplauso::Aplauso:


Pues pese a que el artículo 66 del Código Civil establece que “Los conyuges son iguales en derechos y deberes”, la realidad es bien distinta y el futuro marido estará supeditado a que la esposa resulte ser buena persona ya que la ley del divorcio, la ley de violencia de género y la práctica judicial proscriben la igualdad de derechos en beneficio de una “discriminación positiva” basada en mentiras y falsedades, cuya columna vertebral es el derecho penal de autor que ni Hitler ni Stalin se atrevieron a plasmar en sus legislaciones pese a aplicarlo de facto.

Y es que las injustas leyes sexistas basadas en la ideología de género sólo provocan desgracias.

Aquí teneis el acta (ver pag 2 punto 5)... www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/boda-con-aviso/acta-boda-con-aviso-2012-04-28.pdf
 

Ejquelosfajsistassonellos

Resignado ante la victoria de los malvados en Esp.
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Si en la vivienda de los abuelos solo vive el padre, la madre y los hijos (es decir los abuelos viven en otro domicilio), ECHAN AL PADRE.

RAZONAMIENTO DEL SISTEMA LEGAL feminista radical: los abuelos "han cedido el piso" con todas las consecuencias, y si ahora hay divorcio/ separación, se queda a vivir el "nieto" y quien tenga su costodia, es decir la MIEMBRA >> ECHAN AL PADRE

En estos casos se recomienda hacer siempre un contrato de alquiler de los abuelos al padre... asi la jueza no puede entender que los abuelos "han cedido la vivienda con tadas las consecuencias". SI LA MIEMBRA SE QUEDA AL MENOS PAGA EL ALQUILER.
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Si viven en la misma casa con los abuelos, no te puedo decir. Porbablemente decida el juez en función de varias circunstancias. PERO NO CONFIES AL 100% QUE LA MIEMBRA SE VA. Es lo que decida la jueza de turno. OJO
No, también pringa, porque el hombre debería pagar ese alquiler; con lo cual no cambia nada