Creo que es del 2006, igual te vale de ayuda
CONSUMER EROSKI ha comparado la cuantía del impuesto de vivienda que ha pagado en 2006 una familia de lo que convencionalmente se define como clase acomodada o alta, otra de clase media, la más numerosa en nuestro país, y una tercera de menos recursos a la que denominaremos, para simplificar, clase baja, que residen en un piso característico (superficie, calidad de construcción, zona de la ciudad) de su nivel económico-social en 18 ciudades de todo el país: La Coruña, Alicante, Barcelona, Bilbao, Burgos, Córdoba, Granada, Madrid, Málaga, Murcia, Oviedo, Pamplona, San Sebastián, Sevilla, Valencia, Valladolid, Vitoria y Zaragoza.
La primera conclusión del informe es que lo que pagan en concepto de IBI los propietarios no sólo varía mucho según la ciudad en que se encuentre su vivienda, sino que las diferencias, ya notables hace cinco años, se acentúan respecto a las constatadas en un estudio similar que esta revista publicó en 2001.
Los datos son elocuentes: una familia de clase media (a la que se asignó a modo de simulación un piso de 100 metros cuadrados) en Barcelona paga 511 euros al año en concepto de IBI mientras que en Madrid ha de desembolsar sólo la mitad, 255 euros. La fiscalidad menos gravosa para este tipo de vivienda, inferior a 200 euros, se encontró en Pamplona, Granada, Murcia y Burgos. Por su parte, San Sebastián fija, con sus 325 euros, el segundo IBI más caro de las 18 ciudades comparadas para esta vivienda de segmento medio; le sigue Vitoria, con 294 euros (casi el doble que en 2001, en una de las subidas más importantes de todo el estudio).
Terminando con las familias de clase media, las de Sevilla, Bilbao y A Coruña pagan una cuota de IBI intermedia, entre 270 y 260 euros, siempre hablando del piso tipo empleado en el informe para estos hogares. Las diferencias, muy importantes, son incluso más acusadas que las que se constataron hace cinco años. Entonces, la tasa del IBI en Barcelona, la más cara también hace cinco años, casi triplicaba a la más baja de las ciudades analizadas (de 390 euros a 149 euros). En 2006, la tasa de la ciudad condal casi cuadruplica a la de Burgos (de 511 euros a 149 euros, por una vivienda similar).
En cuanto a la vivienda de las familias de clase baja (superficie de 83 m2), de nuevo la capital condal encabeza la lista con la cuota de IBI más onerosa, 203 euros, el doble que Bilbao y Pamplona (ambas, 100 euros). También se observa una diferencia abismal entre ciudades del sur y del norte del país, sirva como ejemplo que en Murcia, una vivienda de estas características paga un IBI diez veces más barato que una similar en una zona de la ciudad equivalente en Barcelona.
Para calcular el impuesto de vivienda que pagan las familias de economía desahogada se ha comprobado el que correspondería a un piso de 155 m2 en una zona elegante y céntrica de las 18 ciudades. El análisis revela que Valencia es la capital donde se paga una cuota más alta, 1.175 euros, el doble que en Madrid (563 euros) y casi tres veces más que en Granada (380 euros) por una vivienda, no lo olvidemos, de características muy similares. La cuota a pagar en Barcelona es la segunda más cara, 997 euros y La Coruña ocupa la tercera posición, con una cantidad que asciende a 746 euros.La cuota de IBI a pagar por cada metro cuadrado de superficie de los pisos y casas aumenta según lo hace el tamaño, la calidad de la vivienda y de los materiales de construcción y la revalorización de la zona urbana en que se encuentran.
¿Cómo se fija la cuota del IBI?La cuota que finalmente paga el ciudadano en concepto de IBI depende de dos variables, el valor catastral (el valor del suelo más el valor de construcción; normalmente, representa en torno a la mitad del valor de mercado de la vivienda) y el tipo o coeficiente impositivo. Para hacer el cálculo de la cuota íntegra que el propietario debe abonar cada año, se multiplica el valor catastral por un tipo impositivo cuyos mínimos y máximos están marcados por la Ley Reguladora de Haciendas Locales de 1988, y su ley de reforma 51/2002.
Para saber si la política fiscal de un ayuntamiento en materia de vivienda es más o menos gravosa, el usuario debe fijarse (además de, por supuesto, en la cuota final que paga), en el valor catastral de su vivienda y en el tipo impositivo que aplica el ayuntamiento. Es preciso contemplar los dos datos al mismo tiempo.Según afirman expertos en vivienda e impuestos consultados por CONSUMER EROSKI, se llega al tipo impositivo aplicando porcentajes sobre la cuota y ejecutando un cálculo de los ingresos y los gastos municipales que se han ido recaudando. De este modo, se entiende que algunos ayuntamientos incrementen en un determinado año este tipo impositivo en un 30% mientras que en otros años apenas lo modifiquen.