casero no me devuelve la fianza

elima21

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Hola alquilé un piso en julio 2010 el contrato fue de 1 año,dejamos una fianza de 550 euros.El 31 de julio de 2011 dejamos el piso,ese mismo día vino el casero para entregarles las llaves y recibir la fianza.Revisó el piso y nos dijo que estaba en perfectas condiciones y lo único que no estaba bien era una parte del suelo porque se estaba levantando una tarima,cosa que nos dimos cuenta el día anterior porque estuvimos de vacaciones hasta ese día.Nos dijo que no nos preocupásemos que eso se encargaría el seguro.Nos dijo que la fianza nos la entregaría cuando vinieran las facturas pendientes.A día de hoy(pasados mes y medio) todavía no tenemos la fianza, diciendo que han dado parte al seguro y que el perito ha tardado en ir a casa (YA VIven otras personas que se lo han alquilado),así hasta el día de hoy,y me dicen que eso fue culpa nuestra según el perito de habérsenos caído agua cosa que es falsa,que han tenido que levantar la tarima entera para ver si había agua,cuando ha pasado ya más de 1 mes,diciendo que no nos da la fianza y que me mandará el presupuesto por correo.Decir también que no tengo justificante alguno del parte que dieron.Qué solución hay?gracias:8:
 

terelu

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Ossau
tu comunidad autonoma debe tener un servicio de atencion para inquilinos y propietarios

es donde tiene que depositar la fianza, comentales la jugada,
 

Avila256

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Que te enseñe la factura, del pago que hizo por no entrar en el seguro " porque había caído agua ácida " . ( Podría haberse encontrado otra excusa mas creíble :ouch: )
 

fayser

Será en Octubre
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7 Feb 2008
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Los procesos judiciales civiles y penales en España. El abogado informa | iAbogado

Se tramitan por el juicio verbal aquellos asuntos en los que:

Se trate de recuperar la posesión de una finca por impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario o por la extinción del contrato de arrendamiento.
Se pretenda recuperar la posesión de una finca rústica o urbana, cedida en precario, por el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer dicha finca.
Se solicite del tribunal que otorgue la posesión de bienes a quien los adquiriese por herencia si no los estuviese utilizando nadie.
Se pretenda la protección de la tenencia o de la posesión de una cosa o derecho por quien haya sido despojado de ellas o perturbado en su disfrute.
Se pretendan que el tribunal resuelva sobre la solicitud de suspensión de una obra nueva o sobre la demolición o derribo de una obra, un edificio, un árbol, una columna o cualquier otro objeto que se encuentre en esta de ruina, si se pueden derivar daños para el demandante.
Los que, instados por quienes figuren como titulares de derechos reales en el Registro de la Propiedad, demanden la efectividad de esos derechos frente a quienes se opongan a ellos o perturben su ejercicio.
Los que soliciten alimentos debidos por disposición legal o por otro título.
Los que supongan el ejercicio de la acción de rectificación de hechos inexactos y perjudiciales.
Los que pretendan que el tribunal resuelva sobre el incumplimiento por el comprador de las obligaciones derivadas de los contratos inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles y formalizados en el modelo oficial para obtener una sentencia condenatoria que permita ejecutar sobre el bien o bienes adquiridos o financiados a plazos, e igualmente en el caso de contratos de arrendamiento financiero o de venta a plazos con reserva de dominio.
También se tramitan por el juicio verbal las demandas cuya cuantía no supera 6.000 € y no se refieran a ninguna de las materias anteriores.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
 

gañan

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Si el alquiler lo pagabas a traves de un banco o caja a lo mejor todavia estas a tiempo de devolver el ultimo recibo.
Yo estuve en la misma situacion que tu y asi lo hice.En cuanto la inmobiliaria se dio cuenta ,me llamaron diciendome que eso no lo podia hacer,que no eran formas etc etc
De esto hace un año ,no he vuelto a saber nada de ellos.
 

España1

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ya sólo es cuestión de saber quien miente
 

kerberos

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Este es el cuento de siempre con los caseros y las fianzas.

Yo perdi 180 euros (de 3000, 2 mensualidades completas) en mi ultimo cambio de piso porque segun el casero "el piso estaba sucio", a pesar de que el dia antes de la entrega de llaves mis compañeros y yo lo limpiamos de cabo a regazo. Y en el peor de los casos ¿una limpieza 180 euros? Salvo que contraten a los barrenderos de Alcorcon (esos de los 32000 euros de sueldo) para limpiarlo...

Y hace unos dias me comentaba un compañero que en sus 2 ultimos cambios de piso la misma historia: excusas peregrinas para trincar la pasta.

Leccion aprendida de todo esto: la proxima vez que me vaya de un piso, el ultimo mes que lo cobre de la fianza.
 

Arson

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red tor
lo único que no estaba bien era una parte del suelo porque se estaba levantando una tarima,cosa que nos dimos cuenta el día anterior porque estuvimos de vacaciones hasta ese día
¿Y no os devuelven la fianza por eso? brase visto
 

mecaweto

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Las fianzas deben ser depositadas por el casero en un organismo publico dependiente de la Comunidad Autónoma. En el caso de Madrid es el IVIMA,
en otras comunidades será otro organismo. Mira los enlaces que pongo al final.

En el caso de que tu casero no la haya depositado alli le caerá una sanción dolorosa. Es casi seguro que no lo haya depositado.

Habla con tu casero y amenazale con denunciarlo al organismo en cuestión. Normalmente, y hablo por experiencia cercana, se vienen abajo y te devuelven todo sin rechistar.

Mas información:

Depósito de fianzas de arrendamientos urbanos. Régimen General - Portal de Vivienda

Preguntas más frecuentes sobre fianzas - Portal de Vivienda

Fianzas de arrendamiento
 

kerberos

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Madrid
Las fianzas deben ser depositadas por el casero en un organismo publico dependiente de la Comunidad Autónoma. En el caso de Madrid es el IVIMA,
en otras comunidades será otro organismo. Mira los enlaces que pongo al final.

En el caso de que tu casero no la haya depositado alli le caerá una sanción dolorosa. Es casi seguro que no lo haya depositado.

Habla con tu casero y amenazale con denunciarlo al organismo en cuestión. Normalmente, y hablo por experiencia cercana, se vienen abajo y te devuelven todo sin rechistar.

Mas información:

Depósito de fianzas de arrendamientos urbanos. Régimen General - Portal de Vivienda

Preguntas más frecuentes sobre fianzas - Portal de Vivienda

Fianzas de arrendamiento
Pues mira eso de que el casero debe depositar la fianza en el IVIMA, yo no lo sabia... eso es aplicable tambien para alquileres particulares, que no tengan nada que ver con el IVIMA? Pq yo recuerdo que el mio, el dia de la devolucion de la fianza vino con el fajo de billetes, a la antigua usanza.
 

luiso350

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Tan dificil es no pagarle el último mes y decirle que se quede la fianza?.....no os entiendo eh.
 

Elena.Madrid.VK

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"El depósito de fianzas de arrendamientos de viviendas y otras fincas urbanas es obligatorio para el arrendador, gratuito (sin devengo de interés) y en metálico. Dicho depósito se puede realizar en el IVIMA, en la Oficina de Vivienda y en la Oficina de Información de Vivienda Pública.
La fianza arrendaticia es una garantía que el arrendatario entrega al arrendador para garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento.
Es obligatoria, según dispone el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y debe ser entregada en metálico"


Yo cuando me voy de un piso siempre firmo un documento de fin de contrato de arrendamiento (hay modelos en internet), donde se detallan los desperfectos si los hubiere, incluso si hay que tomar fotografías se toman, (yo las tomé nada más entrar, estando ella dándome las llaves, y eso me sirvió para demostrar a mi casera una cosa que ella decía que estaba puesta y que yo había quitado, y que realmente nunca estuvo),y se apuntan las lecturas de los contadores en ese momento, para dar la parte que corresponda, y donde se habla tb de la devolución de la fianza. Todo muy claro. Y por escrito. Y firmado por ambos. De palabra nada, pq donde dije digo, digo Diego...
Y si sigue sin devolverla, denuncia. seguro que nunca la registró en el IVIMA y le puede caer una multa. Lo malo tb es que si no registra la fianza en el ivima y tienes derecho a desgravación por alquiler, no puedes desgravarte...
 
Última edición:

luiso350

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¿ Donde se especifica eso?.....el casero no va a perder dinero, simplemente yo me aseguro de que no me va a estafar, como es normal que pase. Yo hace tiempo que dejé de creer en la justicia, lo siento.