Que palo de Hacienda me espera??

ventapisoheredado

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Hola a todos.

Hace unos meses puse en venta un piso heredado que no me podía quedar debido a que resido en otra ciudad. Yo vivo en otro con hipoteca.

Aquí se ha hablado de que los beneficios los puedes invertir en la compra de otro piso para que hacienda te maltrate lo menos posible y que tienes de plazo dos años para hacerlo.
En mi caso, puedo quitarme la hipoteca con los beneficios que obtenga de la venta y eso me computaría como si hiciera la compra de uno nuevo?.
Cuando se hizo la escritura a mi nombre ya pusimos un posible precio de venta acorde con el mercado actual por lo que entiendo que cuando lo venda el palo será menor que si lo tuviera declarado por el valor catastral.

Soy un Burbujista convencido, y como experiencia os puedo decir que a pesar de que el piso está muy bien, no hay forma de venderlo. Ya voy por la segunda bajada y ni por esas.
 

El paleto

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En mi opinión, la venta de pisos de segunda mano va a quedar muy perjudicada por el nuevo tratamiento fiscal. Si te dan dinero en oscuro malo porque no lo puedes invertir, y si lo declaras igual de malo.

La cuestión ha sido la sutileza de eliminar en el concepto de actividad inmobiliaria la necesidad de tener local propio y empleado. Por ello, si vendes ahora un piso se considera una actividad empresarial o profesional normal.
 

UNTROLL

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! no te entiendo, muy bien ¡

ventapisoheredado dijo:
Hola a todos.

Hace unos meses puse en venta un piso heredado que no me podía quedar debido a que resido en otra ciudad. Yo vivo en otro con hipoteca.

Aquí se ha hablado de que los beneficios los puedes invertir en la compra de otro piso para que hacienda te maltrate lo menos posible y que tienes de plazo dos años para hacerlo.
En mi caso, puedo quitarme la hipoteca con los beneficios que obtenga de la venta y eso me computaría como si hiciera la compra de uno nuevo?.
Cuando se hizo la escritura a mi nombre ya pusimos un posible precio de venta acorde con el mercado actual por lo que entiendo que cuando lo venda el palo será menor que si lo tuviera declarado por el valor catastral.

Soy un Burbujista convencido, y como experiencia os puedo decir que a pesar de que el piso está muy bien, no hay forma de venderlo. Ya voy por la segunda bajada y ni por esas.

De todas formas no entiendo que digas que un piso en en el cual no has puesto un solo €, porque es heredado y no lo puedes o quieres habitar, te este comiendo tanto la cabeza con lo que te quite hacienda, ojala todo el mundo pudiera quitarle ese pico hacienda, otra cosa que no entiendo es que dices que tienes el piso escriturado por un valor de venta con referencia la mercado y que si lo vendes el palo sera menor que si lo declaras por el valor catastral, ¿¿¿¿¿me lo expliques??????, no lo entiendo el valor catastral siempre es muchiiiisimo menor que el precio de tasación.

Pero vamos volviendo al tema esta claro que las ventas estan muy, pero que muy paradas.
 
Última edición:

ventapisoheredado

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palo de hacienda

Me referia a que si la escritura se hubiera hecho por valor 100.000 y la venta la hago por 200.000 entre lo escriturado y lo realmente percibido se consideraría ganancia con respecto a lo que ya tuve que pagar a hacienda. Y esos 100.000 de beneficio tendria que aplicarle más de un 18% de retención.

Espero haberme explicado.

En cuanto a que la venta que hace un particular como yo que no estoy metido en este negocio, ni pretendo especular, se considere una actividad empresarial no lo tengo muy claro. Es seguro eso?

saludos
 

UNTROLL

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ventapisoheredado dijo:
Me referia a que si la escritura se hubiera hecho por valor 100.000 y la venta la hago por 200.000 entre lo escriturado y lo realmente percibido se consideraría ganancia con respecto a lo que ya tuve que pagar a hacienda. Y esos 100.000 de beneficio tendria que aplicarle más de un 18% de retención.

Espero haberme explicado.

En cuanto a que la venta que hace un particular como yo que no estoy metido en este negocio, ni pretendo especular, se considere una actividad empresarial no lo tengo muy claro. Es seguro eso?

saludos
Te entiendo, lo que dices, pero lógicamente nadie escritura el piso por el valor catastral, eso tambien te lo digo, por otra parte yo no te digo que especules por vender un piso heredado o propio, eso es cosa de cada cual.

Bueno sobre el tema de que hacienda considere la venta de un piso por parte de un particular como actividad económica, pues esa consideración esta en el aire por parte de hacienda con la nueva ley del IRPF de 2007, si el piso es el propio y es el único, no creo que estimen esa valoración, pero la pueden considerar si quieren como actividad económica, aunque en estos casos no lo creo.

Un saludo.
 

carpanta

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Puedes estar tranquilo, tributarás como ganancia patrimonial al 18%.
El problema que se plantea, como bien dice EL pueblerino, es que en la nueva Ley ha desaparecido la necesidad de tener local propio para considerar como actividad económica la venta de inmuebles. Se define como rendimientos de actividad económica “aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.”
Esta definición lleva implícita la “habitualidad”.
¿Cuándo se considerará que un particular ejerce habitualmente como actividad económica la venta de inmuebles? ¿Cuándo en un ejercicio venda 1, 2, 3, 5 ó 10 inmuebles? Parece claro que la venta de un solo inmueble no cumple la definición de actividad.
Esperemos la llegada del Reglamento y veremos si nos aclara algo más
 
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respecto la reinversion en vivienda creo que no puedes acogerte a ella porque es requisito para que la ganancia patriponial no tribute que la vivienda que vendas (en este caso la que has heredado) tendria que ser tu anterior vivienda habitual, ademas de cumplir el plazo de -2 o +2 años. es cuando vendes tu vivienda y lo que obtienes en esa venta lo reinviertes en otra vivienda cuanto no pagas impuestos por la plusvalia obtenida con la venta de la primera. Ejemplo:
- 1ªvivienda (la que vendes): Pv de adquisicion=100.000 Pventa=200.000, Bº=100.000
- 2ªvivienda (la nueva que compras): Padquisicion=200.000
en este caso el Bº de 100.000 no tributa porque has reinvertido todo lo obtenido con la venta de la primera.

Lo que vas a pagar a hacienda cuando vendas el piso heredado, va a ser el 18% sobre la plusvalia, y esta se calcula restando al precio de venta el precio de adquisicion, pero como tu adquisicion es a titulo gratuito se toma el valor al que hayas declarado la vivienda en el impuesto de sucesiones y donaciones