LEY DE GARANTIAS DE BIENES DE CONSUMO: UN ENGAÑO

  • Autor del tema Roberto el del Nilo
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R

Roberto el del Nilo

Guest
Atención con la ley de marras.
Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.

En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se presuponen
solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
"manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.

Ley abusurda y engañosa donde las haya:
Lo que se entiende por DOS AÑOS GARANTIA no es tal garantía de que, al menos
durante 2 años, el equipo que has comprado va a funcionar correctamente,
sino que "tienes 6 meses para detectar si el equipo venía mal de fábrica
(18 meses mas, si a mí, como fabricante, me caes simpatico y quiero
reparartela sin cargo (...que tururú...)).

Si me compro una hez (con perdon) de aparato, tal que se estropea a los 7
meses, tendré que pagar la reparación (a unos precios, que en productos en
los que sólo el fabricante tiene Servicio Técnico (por ejemplo
videocámaras.) en muchos casos supondrá hasta un 40 % del valor de nuevo).
Esta ley la están aplicando escrupulosamente las marcas que tradicionalmente
hemos clasificado "de calidad": se estropean igual, pero con la diferencia
de que tienes que pagar, mas dinero al comprarlo.

Conclusión: a comprar productos chinos y coreanos. Funcionan igual o mejor
que "los buenos". Si se estropean se tiran y se compran otros. Aun así se
sale ganando.
 
J

Jorge

Guest
La ley de garantías no fue del agrado de los fabricantes que en la
mayoría de los casos dan un año en su documento de garantía que acompaña el
producto.
En la práctica lo que se está haciendo en algunos comercios es que el primer
año la garantía corre a cargo del fabricante y se encarga directamente el
SAT y el segundo año corre a cargo del distribuidor (la tienda) y este se
las apaña como puede.
a mi con una cámara Kodak en su segundo año se me fastidió.LLamé al telefono
de reparaciones (un 902) y me contaron la historia de manifestar la avería
en los 6 primeros meses.
No me convenció.Fui a la tienda con cara de pocos amigos y me dejaron elegir
otra cámara pagando la diferencia (10?)

En las grandes cadenas suelen asumir ese segundo año.

Jorge
"Roberto el del Nilo" <roberto@del.nilo> escribió en el mensaje
news:de723s$ehi$1@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
>
> Atención con la ley de marras.
> Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
> frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
> AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.
>
> En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se

presuponen
> solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
> "manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
> quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.
>
> Ley abusurda y engañosa donde las haya:
> Lo que se entiende por DOS AÑOS GARANTIA no es tal garantía de que, al

menos
> durante 2 años, el equipo que has comprado va a funcionar correctamente,
> sino que "tienes 6 meses para detectar si el equipo venía mal de fábrica
> (18 meses mas, si a mí, como fabricante, me caes simpatico y quiero
> reparartela sin cargo (...que tururú...)).
>
> Si me compro una hez (con perdon) de aparato, tal que se estropea a los

7
> meses, tendré que pagar la reparación (a unos precios, que en productos en
> los que sólo el fabricante tiene Servicio Técnico (por ejemplo
> videocámaras.) en muchos casos supondrá hasta un 40 % del valor de nuevo).
> Esta ley la están aplicando escrupulosamente las marcas que

tradicionalmente
> hemos clasificado "de calidad": se estropean igual, pero con la diferencia
> de que tienes que pagar, mas dinero al comprarlo.
>
> Conclusión: a comprar productos chinos y coreanos. Funcionan igual o mejor
> que "los buenos". Si se estropean se tiran y se compran otros. Aun así se
> sale ganando.
>
>
>
 
G

Gamab EChMotor #211

Guest
Jorge wrote:
> No me convenció.Fui a la tienda con cara de pocos amigos y me dejaron elegir
> otra cámara pagando la diferencia (10?)


Mas bien no. durante el primer año son las propias tiendas las que se
encargan de las reparaciones, al pasar el primer año los mandamos al
fabricante. En las grandes superficies desde el corte ingles, fnac o
similares se sigue la politica de dar solo la garantia del fabricante.
asi que si tu camara tiene 1 año de garantia ellos, te van a dar un año.
Otra cosa es que hagan una excepcion, o que tengan algun tipo de acuerdo
con el fabricante.
 
J

Jorge

Guest
yo precisamente trabajo en El corte inglés.
El primer año les decimos a los clientes que acudan directamente al SAT o a
nosotros.
El segundo año les decimos que nos lo traigan a nosotros.Luego nosotros lo
enviamos al SAT.este nos cobra por ello,al cliente no se le cobra nada, y
luego el corte ingles se entiende con el fabricante con su departamente
comercial para cobrar esa factura del SAT.
Imagino que las demás grandes cadenas tambien ejercerán este tipo de presion
a los fabricantes ......

Si se manda al cliente el segundo año al fabricante (al SAT) este le dice
automáticamente que le va a cobrar y automáticamante al cliente en la tienda
cabreado por tal motivo.

Jorge
PD:la cámara Kodak no la compré en el corte ingles sino en otra gran cadena
de la competencia que me dio una solución parecida.






"Gamab EChMotor #211" <gamab@NOKIERESPAMgamab.com> escribió en el mensaje
news:3moogiF16cac6U2@individual.net...
> Jorge wrote:
> > No me convenció.Fui a la tienda con cara de pocos amigos y me dejaron

elegir
> > otra cámara pagando la diferencia (10?)

>
> Mas bien no. durante el primer año son las propias tiendas las que se
> encargan de las reparaciones, al pasar el primer año los mandamos al
> fabricante. En las grandes superficies desde el corte ingles, fnac o
> similares se sigue la politica de dar solo la garantia del fabricante.
> asi que si tu camara tiene 1 año de garantia ellos, te van a dar un año.
> Otra cosa es que hagan una excepcion, o que tengan algun tipo de acuerdo
> con el fabricante.
 
G

Gamab EChMotor #211

Guest
Jorge wrote:
> yo precisamente trabajo en El corte inglés.
> El primer año les decimos a los clientes que acudan directamente al SAT o a
> nosotros.


En informatica, seccion la cual conozco muy bien, las cosas se recogen
en el departamento y se envian a los respectivos fabricantes a reparar.
una vez pasado el primer año, es el cliente quien se encarga.

En otros departamentos no lo se, pero por lo menos en informatica en
todas las grandes superficies y tiendas especializadas hacen lo mismo.
 
S

Sumo

Guest
Son unos chorizos
"Roberto el del Nilo" <roberto@del.nilo> escribió en el mensaje
news:de723s$ehi$1@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
>
> Atención con la ley de marras.
> Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
> frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
> AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.
>
> En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se
> presuponen
> solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
> "manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
> quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.
>
> Ley abusurda y engañosa donde las haya:
> Lo que se entiende por DOS AÑOS GARANTIA no es tal garantía de que, al
> menos
> durante 2 años, el equipo que has comprado va a funcionar correctamente,
> sino que "tienes 6 meses para detectar si el equipo venía mal de fábrica
> (18 meses mas, si a mí, como fabricante, me caes simpatico y quiero
> reparartela sin cargo (...que tururú...)).
>
> Si me compro una hez (con perdon) de aparato, tal que se estropea a los
> 7
> meses, tendré que pagar la reparación (a unos precios, que en productos en
> los que sólo el fabricante tiene Servicio Técnico (por ejemplo
> videocámaras.) en muchos casos supondrá hasta un 40 % del valor de nuevo).
> Esta ley la están aplicando escrupulosamente las marcas que
> tradicionalmente
> hemos clasificado "de calidad": se estropean igual, pero con la diferencia
> de que tienes que pagar, mas dinero al comprarlo.
>
> Conclusión: a comprar productos chinos y coreanos. Funcionan igual o mejor
> que "los buenos". Si se estropean se tiran y se compran otros. Aun así se
> sale ganando.
>
>
>
>
 
M

Migan

Guest
Pos tiu, no llevas razón. Lee la Ley. No dice nada de lo que dices. Para bienes de consumo nuevos, lo deja claro:
Artículo 9. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Te habrás liado con éste párrafo, pero léelo despacio y verás que el fabricante o vendedor no se puede agarrar a él para echar balones fuera, salvo que hayas sido un manazas y te hayas cargado tú la cosa. Aquí te lo pongo:

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.

No obstante, te recomiendo que, si se te ha dado una situación con la que no estés conforme, acudas a una Oficina de Defensa del Consumidor, y allí te aconsejarán y defenderán tus derechos.



salu2 y buen rollo





"Roberto el del Nilo" <roberto@del.nilo> escribió en el mensaje news:de723s$ehi$1@nsnmpen2-gest.nuria.telefonica-data.net...
>
> Atención con la ley de marras.
> Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
> frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
> AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.
>
> En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se presuponen
> solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
> "manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
> quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.
>
> Ley abusurda y engañosa donde las haya:
> Lo que se entiende por DOS AÑOS GARANTIA no es tal garantía de que, al menos
> durante 2 años, el equipo que has comprado va a funcionar correctamente,
> sino que "tienes 6 meses para detectar si el equipo venía mal de fábrica
> (18 meses mas, si a mí, como fabricante, me caes simpatico y quiero
> reparartela sin cargo (...que tururú...)).
>
> Si me compro una hez (con perdon) de aparato, tal que se estropea a los 7
> meses, tendré que pagar la reparación (a unos precios, que en productos en
> los que sólo el fabricante tiene Servicio Técnico (por ejemplo
> videocámaras.) en muchos casos supondrá hasta un 40 % del valor de nuevo).
> Esta ley la están aplicando escrupulosamente las marcas que tradicionalmente
> hemos clasificado "de calidad": se estropean igual, pero con la diferencia
> de que tienes que pagar, mas dinero al comprarlo.
>
> Conclusión: a comprar productos chinos y coreanos. Funcionan igual o mejor
> que "los buenos". Si se estropean se tiran y se compran otros. Aun así se
> sale ganando.
>
>
>
 
L

Lars Hoffmann

Guest
Roberto el del Nilo wrote:
> Atención con la ley de marras.
> Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
> frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
> AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.
>
> En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se presuponen
> solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
> "manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
> quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.


No veo donde esta el problema. Tienes tus 2 años de garantía y sí,
despues de 6 meses, la carga de mostrar que el defecto estaba presente
desde la fabricación cae sobre el comprador. ¿Donde está el "gato
encerrado" en eso? Alternativamente solo tendríamos 1 año de
reclamación como antes. No es una letra pequeña - es una cosa
perfectamente obvio en la ley de garantías.

Tienes cosas en la nueva ley que te beneficia directamente:

1) Siempre el responsable de cumplir con la garantía es el vendedor.
Antes te podian marear entre el fabriante, un servicio técnico, la
tienda un distribuidor etc. Pues ahora no. Siempre el responsable es
donde hayas realizado la compra. Asi es mucho mas fácil para cualquier
consumidor.

2) Tienes 2 años en vez de 1. Independientemente de quien tiene que
mostrar que el defecto de un producto es de la produccion o no, tienes
tus 2 años.

3) Puedes elegir entre reparar y substituir un producto. Sólo si la
reparación o sustitución no fuesen posibles, o fuesen
desproporcionadas, el consumidor podrá ELEGIR una REBAJA en el precio,
o DEVOLVER el producto y recuperar su dinero (resolución del
contrato).

Además, esta ley es una adaptación de un decreto de la UE y por lo
tanto sabes que vas a tener los mismos derechos en toda europa.

Saludos
Lars Hoffmann
 
L

Lars Hoffmann

Guest
Jorge wrote:

> En la práctica lo que se está haciendo en algunos comercios es que elprimer
> año la garantía corre a cargo del fabricante y se encarga directamente el
> SAT y el segundo año corre a cargo del distribuidor (la tienda) y este se
> las apaña como puede.


Lo cual no es un comportamiento correcto. SIEMPRE es el vendedor que da
los dos años de garantía oficial. El comprador no ha realizado
ninguna gestion de compraventa con el fabricante o cualquier
distribuidor o servicio oficial entremedio, sino sola y exclusivamente
con el vendedor. El Responsable de cumplir con la ley de garantías es
el vendedor y solamente el.

Saludos
Lars Hoffmann
 
L

Lars Hoffmann

Guest
Jorge wrote:

> Si se manda al cliente el segundo año al fabricante (al SAT) este le dice
> automáticamente que le va a cobrar y automáticamante al cliente en latienda
> cabreado por tal motivo.


Y con razon. Jamas se debe enviar al cliente al SAT (al menos que vaya
por su propia iniciativa), ya que es la tienda vendedora quien debe
ocuparse de cualquier reparación (Y si hay que enviar algo al SAT, lo
debe hacer la tienda y no el cliente).

Saludos
Lars Hoffmann
 
J

Jorge

Guest
pues mal hecho por parte de ese Corte Inglés donde tu trabajas....XDDDD
el cliente no ha de pagar un duro.
El vendedor es el que apechuga con la garantía.
En imagen y sonido nos dijeron que teníamos que hacerlo así y así se hace
desde hace meses.

Jorge
"Gamab EChMotor #211" <gamab@NOKIERESPAMgamab.com> escribió en el mensaje
news:3motsbF16cac6U3@individual.net...
> Jorge wrote:
> > yo precisamente trabajo en El corte inglés.
> > El primer año les decimos a los clientes que acudan directamente al SAT

o a
> > nosotros.

>
> En informatica, seccion la cual conozco muy bien, las cosas se recogen
> en el departamento y se envian a los respectivos fabricantes a reparar.
> una vez pasado el primer año, es el cliente quien se encarga.
>
> En otros departamentos no lo se, pero por lo menos en informatica en
> todas las grandes superficies y tiendas especializadas hacen lo mismo.
 
J

Jorge

Guest
yo recomiendo que el primer año lo haga el cliente por cuestión de
seguridad.
De la tienda al SAT puede llevarse unas cuantas leches el producto,mal
embalado y a veces transportado con poco cuidado.
El propietario seguro que lo lleva con más mimo.
Imagina un giradiscos en una furgoneta envuelto en papel burbuja y cartón.

Jorge
"Lars Hoffmann" <lars@intercambiodvd.com> escribió en el mensaje
news:1124586402.955126.155210@g44g2000cwa.googlegroups.com...

Jorge wrote:

> Si se manda al cliente el segundo año al fabricante (al SAT) este le dice
> automáticamente que le va a cobrar y automáticamante al cliente en la

tienda
> cabreado por tal motivo.


Y con razon. Jamas se debe enviar al cliente al SAT (al menos que vaya
por su propia iniciativa), ya que es la tienda vendedora quien debe
ocuparse de cualquier reparación (Y si hay que enviar algo al SAT, lo
debe hacer la tienda y no el cliente).

Saludos
Lars Hoffmann
 
J

Jorge

Guest
creo que no me has entendido bien o me explicado mal.
Lo que quiero decir es que el coste de la reparacion lo paga el fabricante
al SAT pero la recogida del producto y la reclamacion oportuna del cliente
claro que la asume el vendedor.

Otra cosa es que se le diga al cliente si quiere llevarlo el directamente al
SAT por su comodidad si le pilla cerca de casa y rapidez.

Jorge
"Lars Hoffmann" <lars@intercambiodvd.com> escribió en el mensaje
news:1124586229.103390.7010@f14g2000cwb.googlegroups.com...
Jorge wrote:

> En la práctica lo que se está haciendo en algunos comercios es que el

primer
> año la garantía corre a cargo del fabricante y se encarga directamente el
> SAT y el segundo año corre a cargo del distribuidor (la tienda) y este se
> las apaña como puede.


Lo cual no es un comportamiento correcto. SIEMPRE es el vendedor que da
los dos años de garantía oficial. El comprador no ha realizado
ninguna gestion de compraventa con el fabricante o cualquier
distribuidor o servicio oficial entremedio, sino sola y exclusivamente
con el vendedor. El Responsable de cumplir con la ley de garantías es
el vendedor y solamente el.

Saludos
Lars Hoffmann
 
J

Jorge

Guest
pues lo que yo decía.....
yo como vendedor de una tienda tengo que responder durante dos años ante al
comprador.
El primer año lo tengo facil.Lo envio al SAT y este no cobra o le digo al
cliente si quiere acercarse el por si le es más cómodo y rápido.
El segundo año me encargo yo de llevarlo al SAT y no le cobro nada al
cliente pero el SAT si que me cobra a mi.
Es una frutada para la tienda pero es así.
No obstante lo que decía..... esas facturas que el SAT pasa a la tienda, en
el caso de grandes cadenas, seguro que por algun lado son resarcidas pero el
caso es que llevamos haciéndolo así desde que pasó el primer año de ponerse
en vigor lo de la ley de garantías (es decir desde septiembre del 2004).
En todos estos meses han sido muchas facturas que el SAT ha cobrado al Corte
inglés e imagino que almas pensantes del mismo no van a dejar que se pierda
dinero.así que entiendo que por otro lado se lo cobran.
Ya sabeis que el corte ingles con los proveedores tiene unas condiciones de
compra muy "especiales" paga a 3 meses y con las condiciones que más le
interesa.

Jorge
"Lars Hoffmann" <lars@intercambiodvd.com> escribió en el mensaje
news:1124585982.445215.115460@g44g2000cwa.googlegroups.com...

Roberto el del Nilo wrote:
> Atención con la ley de marras.
> Aunque dice que el vendedor o en su defecto el fabricante debe responder
> frente a las faltas de conformidad QUE SE MANIFIESTEN en el periodo de DOS
> AÑOS desde la fecha de compra, ESTO TIENE GATO ENCERRAO.
>
> En "letra pequeña" te aclara que "estas faltas de conformidad se

presuponen
> solo si se comuncan durante los 6 primeros meses". Para las que se
> "manifiesten" durante los restantes 18 meses, tiene que ser el consumidor
> quien debe demostrar que la avería ya venia con el equipo al comprarlo.


No veo donde esta el problema. Tienes tus 2 años de garantía y sí,
despues de 6 meses, la carga de mostrar que el defecto estaba presente
desde la fabricación cae sobre el comprador. ¿Donde está el "gato
encerrado" en eso? Alternativamente solo tendríamos 1 año de
reclamación como antes. No es una letra pequeña - es una cosa
perfectamente obvio en la ley de garantías.

Tienes cosas en la nueva ley que te beneficia directamente:

1) Siempre el responsable de cumplir con la garantía es el vendedor.
Antes te podian marear entre el fabriante, un servicio técnico, la
tienda un distribuidor etc. Pues ahora no. Siempre el responsable es
donde hayas realizado la compra. Asi es mucho mas fácil para cualquier
consumidor.

2) Tienes 2 años en vez de 1. Independientemente de quien tiene que
mostrar que el defecto de un producto es de la produccion o no, tienes
tus 2 años.

3) Puedes elegir entre reparar y substituir un producto. Sólo si la
reparación o sustitución no fuesen posibles, o fuesen
desproporcionadas, el consumidor podrá ELEGIR una REBAJA en el precio,
o DEVOLVER el producto y recuperar su dinero (resolución del
contrato).

Además, esta ley es una adaptación de un decreto de la UE y por lo
tanto sabes que vas a tener los mismos derechos en toda europa.

Saludos
Lars Hoffmann