¿Habéis visto el Ibex 35...? Agosto 2012 +

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Yo tengo el antiguo... caducado hace años.

Un día de estos tengo que pasarme por allí para sacarme el nuevo, porque ya no puedo ni cambiarme de compañía telefónica. Pero es que me da una pereza atroz. Espero que no haya una multa que se pague a tanto el día por tenerlo caducado, porque si no arreglo el déficit yo solito.


Y yo que creia que era lonchafinista por llevar una foto de unos mesecillos ..... (60 meses) pero veo que usted .....me gana
 
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En timeframe de minutos, el IBEX lo está haciendo muy bien. Ahora debería irse para arriba salvo salirse perdiendo los 90-88.
 
Por cierto, ya anunció resultados la tan "apreciada" por mí, Linkedin. Preveo que baje hasta abajo del todo y desaparezca.

Adelanto que en el after iba subiendo un 8% que coincide con el nivel de 100 que es resistencia. Recuerden que había un rectángulo entre 100 y 110.

Básicamente ha incrementado los revenues year over year un 88% pero gana un 37%. Es decir, hace el doble y deja de ganar un tercio. Tanta historia para ganar 2,8 millones de us$ y cotizar en 10.000 millones de us$.
 
El lunes vuelvo a las islas...

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Os traeré otro poquito de picante light...
 
No sé si entrarle o algo....😛ienso:

Si no quieres arriesgarte metele al cac o eurostoxx (bxx -2x). Si no estas seguro mejor no hagas nada , creo que estamos baratos (al menos en el eurostoxx) Yo desde ayer he empezado a acumular
 
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Entendido! Pero entonces la culpa es del que hizo el procedimiento. ¿En qué cabeza cabe que un pasaporte en vigor no sea identificación suficiente para sacarse un nuevo pasaporte? :roto2:
Sí y no, de nuevo, porque si se renueva el DNI, y dada la importancia de ese documento, lo lógico (o eso me parece por mi profesión y visto lo que puede llegar a ocurrir con los datos de otra persona en la mano) es saber que ha ocurrido con el anterior, para anularlo en el momento de su renovación o para dejar constancia de su pérdida o sustracción si no se ha hecho antes. Edito: Ups, que quería renovar el pasaporte, entonces sí, toda la razón para ud. con pasaporte en vigor es ridículo no poder usarlo para renovarlo.
Igual que nadie dice, aunque está en el enlace que puse, que si la renovación es por cambio de domicilio, no se pagan tasas (siempre que el documento no estuviera ya caducado) y no estoy seguro, pero supongo que con la compra del pisazo, habrá cambiado de domicilio, ¿no? Edito: No se aplica al pasaporte
Por lo demás, minipunto para Vd.
Pues no ví el thanks, oiga 😛
 
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Sí y no, de nuevo, porque si se renueva el DNI, y dada la importancia de ese documento, lo lógico (o eso me parece por mi profesión y visto lo que puede llegar a ocurrir con los datos de otra persona en la mano) es saber que ha ocurrido con el anterior, para anularlo en el momento de su renovación o para dejar constancia de su pérdida o sustracción si no se ha hecho antes. Edito: Ups, que quería renovar el pasaporte, entonces sí, toda la razón para ud. con pasaporte en vigor es ridículo no poder usarlo para renovarlo.Igual que nadie dice, aunque está en el enlace que puse, que si la renovación es por cambio de domicilio, no se pagan tasas (siempre que el documento no estuviera ya caducado) y no estoy seguro, pero supongo que con la compra del pisazo, habrá cambiado de domicilio, ¿no? Edito: No se aplica al pasaporte
Pues no ví el thanks, oiga 😛



Pese a todo, en la web de la Policía sí pone que es obligatorio. 😡:
 
Pese a todo, en la web de la Policía sí pone que es obligatorio. 😡:
Sí, lo sé, por eso digo que me parece ridículo, no que no sea cierto. Aunque por el mero placer de hacer de abogado del diablo se me ocurre un motivo: Evitar que alguien que no puede renovar el DNI (por pérdida o renuncia de nacionalidad, por ejemplo) pueda seguir renovando el pasaporte y disfrutando de su uso...

De todos modos y contra-argumentando, se me ocurre que el propio CNP debe conocer si el DNI se encuentra en vigor así que no debe pedirlo como requisito para renovar el pasaporte si el pasaporte está en vigor:
" El REAL DECRETO1553/2005, de 23 de diciembre, que regula el DNI incorpora un principio esencial en el enfoque de atención al ciudadano: que la documentación necesaria para la expedición no será exigible cuando sea posible remitir ésta desde los órganos competentes por medios telemáticos a la Dirección General de la Policía.

Tan pronto como se establezcan los Convenios, evitaremos al ciudadano la incomodidad y pérdida de tiempo que supone tener que aportar una información que ya está en la propia Administración "
Así que, finalmente tenía ud. razón. Debería haber solicitado el libro de quejas y sugerencias, yo tengo que renovar el pasaporte el año que viene, a ver si me acuerdo de hacer la queja 😀 (Ningún procedimiento cambia si no se da un poco por saco)
 

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