Inminente cancelación contrato Carnica por cliente, paso a freelance(mismo cliente), consejos?

  • Autor del tema Autor del tema urano
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Faltan datos, lo más importante lo que paga la empresa por tí de SS, calculemos que sean sobre 500€ al mes que eso ya son 6000€ al año más el mes de vacaciones; si comentas que son 10.000€ netos al año en la nueva empresa no lo veo. A tener en cuenta que mínimo de tú nuevo sueldo vas a tener que pagar de SS 3.500€ al mes más como te dicen arriba las vacaciones corren de tú cuenta, suponemos también que el IVA es a parte. La capitalización del paro ten en cuenta que has de justificar la inversión que realices.
Si pones los datos que faltan se puede ver como queda la cosa pero así a priori a mí no me salen los números.
 
Paga a un abogado amigo. Estas preguntando cuestiones profesionales en un foro de internet de tarados. Es poco serio cuanto menos.
 
Tu jefe dirá a la subcontrata que ya no quiere sus servicios.

La subconcrata entices podrá buscarte otro trabajo (ejemm ejemm) o despedirte.

Si te despide tienes derecho a indemnización (solo 10 días pir año al ser contrato por obra) y prestación pir desempleo.

Una vez en el paro devides si te haces autonomo frelance.
 
Gracias....a que te refieres con abogado "amigo"?

A que preguntes a un profesional jurista por tus cuestiones, es más barato y además el hecho de solicitar sus servicios y pagarlos, constituye un seguro en la mayoría de ocasiones. Si al seguir las recomendaciones del profesional sufres un perjuicio, el seguro de responsabilidad civil del profesional te cubre el agujero que te haya podido ocasionar. Por el contrario si sigues las recomendaciones de un tarado de internet el único perjudicado eres tú.
 
Jajaja, tengo claro que voy a contratar asesoramiento....pero aquí no todos son unos tarados, aunque pude ser una minoría minoritaria...sobre todo en estos subforos...hay foreros que te dan buenos consejos...como tú en este caso ...

Por cierto, no tengo ni idea, ni contactos... para buscar un buen abogado laboral...conocéis alguna pagina sería donde se listen por ciudades por ejemplo, los mejores valorados?

Algo parecido a un TripAdvisor por ejemplo ...

Yo te recomiendo el ferrari y así no te quejas de que te recomiende al pobretón de la esquina o al latún de oferta.

Mira sagardoy. Ya bajarás tu el listón si quieres.
 
Gracias por tu tiempo en responder.

Lo que te digo es que mi contrato es de Febrero del 2010 y la norma del límite de los 3 años es de Junio.


"...debemos tomar como referencia la fecha de entrada en vigor de la Reforma, esto es, el 18 de Junio de 2010. De esta manera, los contratos cuya fecha de formalización sea anterior al 18 de Junio de 2010, no será de aplicación el límite temporal de los tres años, no pudiendo los trabajadores que se encuentren contratados bajo esta modalidad, superándose los tres años de vigencia del contrato, adquirir la condición de trabajadores fijos por la vía del actual artículo 15.1 a) del Estatuto de los Trabajadores."

Esa disposición quedó derogada con la entrada en vigor de la reforma del estatuto de los trabajadores de 2015.

"Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto legislativo y en el texto refundido que aprueba y, en particular, las siguientes:

4. Las disposiciones adicionales primera y tercera y las disposiciones transitorias primera, segunda y duodécima de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo."

Y aunque no estuviese derogada, ¿A no ser que estés construyendo una pirámide, que obra o servicio justifica una duración de más de 11 años delante de un juez?
 
Gracias por la info...de todas formas...a no ser me toquen las narices con la competencia desleal...prefiero no dejar cadáveres por el camino ...y con la indemnización de 10 días y la capitalización del paro me doy por satisfecho....
La indemnización por fin de obra son 12 días por año trabajado. Yo intentaría llevarme 20 días por año negociando de buen rollo con la cárnica.
 
¿Competencia desleal? ¿Tu has firmado alguna clausula de no competencia tras el final de tu contrato?

Tu contrato por ley es indefinido, te corresponden 45 días de indemnización por año trabajado hasta verano de 2012 y el resto de tiempo a 33 días por año, eso se lo explicas muy claramente a tu empresa para que vean que estas informado, y les dices que no te gustaría tener que demandarlos y que con el doble de la indemnización que te ofrecen te das por satisfecho. Ellos saben que un juicio lo tienen perdido así que serán simple si no lo aceptan.
 

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