No sé si todo el mundo sabe que los estados alterados del 116 y de la Ley 4/1981 son el sucesor de la figura de la dictadura romana.
Viene a ser un supuesto de «dictadura democrática» en la que se le otorgan al Ejecutivo poderes casi plenipotenciarios, al amparo de que el órgano de representación popular «consiente» con este nuevo equilibrio de poderes, por razones de coyuntura extrema.
Tampoco se pueden disolver las Cortes, con lo cual el Gobierno está blindado.
En los estados citados, se limitan (alarma) o suspenden (excepción y sitio) algunos derechos fundamentales, y el Gobierno puede exceder su potestad coactiva, haciendo uso no sólo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que es lo que puede usar en una situación «normal», sino también de las Fuerzas Armadas, cuya función es otra en situación de normalidad.
Saluc.