Si tienes fuera de España más de 50000 euros a 31 de diciembre o una media del último trimestre superior también a 50000, lo has de comunicar a Hacienda en los tres meses siguientes (Enero a Marzo) en el infame documento 720.
Si no, multazo, y no prescribe por lo que las multas se acumulan si lo dejas estar. Y se te puede ir mucho patrimonio con esa hez. Obviamente ese dinero ahora iría a las arcas del nuevo Estado bolivariano.
La cuenta de NN está bien si quieres dinero fuera y total liquidez. OTras alternativas las tienes en depósitos a través de Raisin: hacen de intermediarios entre bancos europeos y los depositantes.
Miraré eso que dices del IBAN español, igual lo han hecho ahora. Ojo que no es lo mismo eso, un banco (o aseguradora en este caso) europea que tenga sucursal en España (pero protegida por un fond de garantia de otro pais, el de la matriz) que un banco extranjero. En el primer caso declaras por rendimientos ya en el borrador porque se lo comunican a Hacienda, en el segundo lo has de poner tú y decirle al banco que no te retenga conforme a la agencia tributaria de su país si tienes convenios de doble imposición (en Europa es eso)
Si no, multazo, y no prescribe por lo que las multas se acumulan si lo dejas estar. Y se te puede ir mucho patrimonio con esa hez. Obviamente ese dinero ahora iría a las arcas del nuevo Estado bolivariano.
La cuenta de NN está bien si quieres dinero fuera y total liquidez. OTras alternativas las tienes en depósitos a través de Raisin: hacen de intermediarios entre bancos europeos y los depositantes.
Miraré eso que dices del IBAN español, igual lo han hecho ahora. Ojo que no es lo mismo eso, un banco (o aseguradora en este caso) europea que tenga sucursal en España (pero protegida por un fond de garantia de otro pais, el de la matriz) que un banco extranjero. En el primer caso declaras por rendimientos ya en el borrador porque se lo comunican a Hacienda, en el segundo lo has de poner tú y decirle al banco que no te retenga conforme a la agencia tributaria de su país si tienes convenios de doble imposición (en Europa es eso)