Ayuda: atrapado en el trabajo

Facilísimo, habla con la empresa para que te despidan y todos contentos. En realidad se simula el despido puesto que ellos no te van a pagar ninguna indemnización (aunque de cara a la SS se firme que sí) y así tu cobras el paro y todos contentos.
Esto se ha hecho toda la vida.
 
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Estatuto trabajadores.
Art. 41. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo
b) horario y distribución de tiempo de trabajo.

Si el cambio de horario en una empresa de menos de 100 trabajadores, incluye a 10 trabajadores es un cambio colectivo.

Si es individual, tiene que avisar con 15 días de antelación a ti y a tus representantes y si consideras que el cambio no te es bueno, tienes derecho a exigir la rescinsión del contrato con indemnización (aquí pone una pero puede ser superior según diga el convenio colectivo al que esté subscrito la empresa) o a ir a los tribunales que pueden decidir que sigas en el puesto pero no te pueden cambiar de horario.

Eso sólo vale cuando tienes un contrato o un convenio que fija tu horario en una franja determinada. Ahí es aplicable lo que has puesto. La reforma no modifica el ET en este aspecto sino que permite la flexibilización de la jornada parcial en el contrato o en el convenio.

Si ayer trabajaste de mañana y hoy tienes que ir de tarde, eso no supone por si mismo un cambio en las condiciones de trabajo. Todo depende de cómo esté regulada tu jornada en el contrato o en el convenio, porque a los cambios respecto de esto último es a lo que se refiere el ET.
 
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