Pago único prestación de desempleo

cepheusnet

Pompero
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Buenas a todos.

Estoy interesado en solicitar el pago único (capitalización del paro) para hacerme autónomo.

Tengo varias dudas que no he conseguido resolver.

1) Si solicito el 100% para cuotas de autónomo, ¿hay algún límite de tiempo, o el límite lo marca mi capitalización? Es decir, si tengo 15000€, esos 15k son para cuotas tarden los años que tarden, o hay un límite de años?

2) Si al cabo de X meses me contratan por cuenta ajena y yo sigo con mi negocio como autónomo, ¿incurro en alguna incompatibilidad para seguir cobrando esa capitalización? Si fuese compatible, y al estar cotizando con ese nuevo trabajo con cuenta ajena, si en 5 años vuelvo al paro, esos 5 años me contabilizarían para el desempleo aun habiendo estado recibiendo esa capitalización por el paro anterior?

3) ¿Es compatible con la "tarifa plana" de autónomo? ¿Qué gestión debo realizar antes, autónomo o el pago único?

4) ¿Tardan mucho en responder el pago único o es automático?

Gracias de antemano.
 

EnriquePC

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No me voy a poner a pontificar porque no soy experto, ni mucho menos, pero va a depender bastante de la edad que tengas, 30 si eres hombre 35 si eres mujer (cosas de la igualdad ya sabes) para la tarifa plana de autónomos de 50 pavetes para la juventud, es de hasta tres años en lugar de ser dos como para los mayores de estas edades, con las correspondientes subidas por tramos cada x meses.
 

cepheusnet

Pompero
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19 Ene 2017
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Sí, sobre la tarifa plana si lo tengo ya claro.

Las dudas vienen por el "pago único" y futura compatibilidad con trabajo por cuenta ajena (manteniendo mi negocio como autónomo).
 

Bobesponjista

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Mmm deberías pedir cita en el SEPE o navegar un poco por su página que tiene información al respecto casi de seguro.
Y también ir a oficinas de ventanilla única, que te hacen muchas gestiones gratis y te resuelven dudas.
No hagas nada hasta tenerlo todo claro, en su día había requisitos para el pago único.
 

cepheusnet

Pompero
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Mmm deberías pedir cita en el SEPE o navegar un poco por su página que tiene información al respecto casi de seguro.
Y también ir a oficinas de ventanilla única, que te hacen muchas gestiones gratis y te resuelven dudas.
No hagas nada hasta tenerlo todo claro, en su día había requisitos para el pago único.
En el SEPE no me aclaran nada. Se les ve muy perdidos...
 

EnriquePC

Madmaxista
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En el SEPE no me aclaran nada. Se les ve muy perdidos...
Ese es el problema, que éstos básicamente están para luego pedir subidas salariales, por tanto, te va a tocar moverte bastante, y como ya te han dicho más arriba, no se te ocurra mover un dedo antes, y además infórmate bien que ocurre si el chiringuito que montas no va bien a los pocos meses y tienes que cerrarlo, porque luego te hacen devolver parte de la pasta. Repito, soy neófito en la materia, solo de leer cosas aquí o allá.
 
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Buenas a todos.

Estoy interesado en solicitar el pago único (capitalización del paro) para hacerme autónomo.

Tengo varias dudas que no he conseguido resolver.

1) Si solicito el 100% para cuotas de autónomo, ¿hay algún límite de tiempo, o el límite lo marca mi capitalización? Es decir, si tengo 15000€, esos 15k son para cuotas tarden los años que tarden, o hay un límite de años?

2) Si al cabo de X meses me contratan por cuenta ajena y yo sigo con mi negocio como autónomo, ¿incurro en alguna incompatibilidad para seguir cobrando esa capitalización? Si fuese compatible, y al estar cotizando con ese nuevo trabajo con cuenta ajena, si en 5 años vuelvo al paro, esos 5 años me contabilizarían para el desempleo aun habiendo estado recibiendo esa capitalización por el paro anterior?

3) ¿Es compatible con la "tarifa plana" de autónomo? ¿Qué gestión debo realizar antes, autónomo o el pago único?

4) ¿Tardan mucho en responder el pago único o es automático?

Gracias de antemano.
Estimado sufridor

Voy a intentar explicarle lo que es solicitar el pago único del paro

1 usted ha sido trabajador por cuenta ajena para poder cobrarlo
2 usted pagará (si entra dentro de las condiciones) muy poco de seguros sociales durante unos meses, en cambio, si alquila un local, tendrá que pagar el 20% del alquiler cada trimestre (vaya sumando)
3 usted ingresará el dinero de su paro a las arcas públicas, pero sin retorno, es decir, no recibirá paro, ni cuando se ponga enfermo llegado el caso (hay que pasar por las mutuas, y lo ponen muy dificil) tampoco recibirá dinero de la baja laboral.
4 usted quedará sin un euro y sin derecho alguno (llegado el caso) de cobertura social de ningún tipo.


Un saludo

le dejo este enlace

La burbuja que viene será emprendedora: el 80% de las startup mueren en tres años
El número de altas netas de autónomos en la Seguridad Social en 2017 es de solo 14.000 frente a las 65.000 previstas por el Gobierno.


¿Existe una burbuja emprendedora? Sí, y puede ser más peligrosa que la de 2008 - Empresas - Diario La Informacion
 
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cepheusnet

Pompero
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Dejando de lado esto, mi duda sigue siendo la misma.

Si capitalizo y mientras sigo como autónomo me contratan por cuenta ajena, ¿incumplo alguna incompatibilidad?

¿Cotizaría para un paro posterior estando contratado por cuenta ajena aunque esté con la capitalización?
 

JoseGZ

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Dejando de lado esto, mi duda sigue siendo la misma.

Si capitalizo y mientras sigo como autónomo me contratan por cuenta ajena, ¿incumplo alguna incompatibilidad?

¿Cotizaría para un paro posterior estando contratado por cuenta ajena aunque esté con la capitalización?
Lo que ha hecho algun conocido mio es capitalizar autonomos, cuando le sale algo en lugar de entrar como empleado, factura como autónomo.
 

paketazo

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Dejando de lado esto, mi duda sigue siendo la misma.

Si capitalizo y mientras sigo como autónomo me contratan por cuenta ajena, ¿incumplo alguna incompatibilidad?

¿Cotizaría para un paro posterior estando contratado por cuenta ajena aunque esté con la capitalización?
Puedes trabajar por cuenta propia, y al tiempo trabajar por cuenta ajena, no es incompatible, es más común de lo que parece.

Ten en cuenta la fiscalidad de dos pagadores para analizar si te compensa.

Puedes dedicar la capitalización a cuotas.

Lo que dice un compañero de que no tienes derecho a seguro de baja, no sé de dónde lo ha sacado, no tiene sentido...para eso pagas tu cuota de la SS como autónomo.

Puedes dedicar un % a cuotas y otro a capitalizar la empresa (irás adjuntando facturas de gastos de constitución, empleados, locales, notarios...)

Los del SEPE generalmente no tienen idea, pero en las capitales de provincia suele existir una división del SEPE dedicada al pago único dónde sí te informarán.

para solicitarlo has de hacer una memoria de la empresa que vas a constituir y de los gastos que preveas...es un borrador sencillo de provisiones.

Luego en unos días si cumples requisitos (todos cumplen prácticamente), se te ingresa el dinero que solicites y se te descuenta del total, y el resto para cuotas.

Un saludo y suerte con la singladura...hoy en día es muy duro en este país ser trabajador por cuenta propia...notarás que te clavan tortas por todos lados, y ese paro capitalizado se lo devorarán en meses sin enterarte de como ha sucedido.
 

nominefi

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hace como 8 años cuando quedé al paro intenté hacer esto y me dijeron en el inem que no se podía,que el paro se podía capitalizar para pagar facturas,de adecuación de local y lo que se necesitara para empezar el negocio,pero que había que gastarlo y presentar facturas. Yo pregunté especificamente esto,si lo podía meter en una cuenta pa pagar autonomos y me dijeron que no, que tenía que presentar facturas de en que lo había gastado. Esto me lo dijo más de una persona.
 

samaruc

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Lo que dice un compañero de que no tienes derecho a seguro de baja, no sé de dónde lo ha sacado, no tiene sentido...para eso pagas tu cuota de la SS como autónomo
Lo de los autónomos sin derecho a cobrar la baja es pura leyenda urbana. Cuando hay necesidad bien que la cobran (algunos incluso se suben la base -al doble o el triple del mínimo- con vistas a tener una mayor prestación cuando la baja es previsible en el tiempo -operación programada, maternidad...- con la sana intención de volver al mínimo cuando se agote la prestación con tan mala pata que los pillamos a todos en el renuncio :roto2: ). Todavía no conozco un solo autónomo que haya renunciado a cobrar la baja cuando le ha hecho falta. Es más incluso hay ex autónomos que continúan cotizando una vez han echado el cierre (suscribiendo un convenio especial) con vistas a cobrar una incapacidad o la misma jubilación.
 

Miskatonic

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Aprovecho este hilo para lanzar una pregunta relacionada con el tema en cuestión. Si no es el sitio adecuado decídmelo y abro un nuevo hilo:

Dada la inviable situación de la empresa en la que trabajo, estoy dándole vueltas a la idea que me han propuesto otros 2 compañeros de, una vez seamos despedidos (atrasos, liquidación e indemnización a cargo del FOGASA), crear una sociedad limitada y empezar a desarrollar por nuestra cuenta la actividad (industrial) que hasta ahora veníamos desarrollando por cuenta ajena en la actualidad.
La idea es pedir cada uno el pago único de la prestación por desempleo y aportarlo al capital social, para afrontar las inversiones necesarias para la puesta en marcha de la empresa.
Seríamos socios a partes iguales (1/3) y mi duda está en si podemos estar en el régimen general cobrando las nóminas correspondientes o tenemos que estar dados de alta como autonomos (no sé si en este caso se cobra como nómina) y pagando la cuota mínima de autónomo societario que es actualmente 357€ creo.

Gracias.

Enviado desde mi MotoE2(4G-LTE) mediante Tapatalk
 

samaruc

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Lo de la SL si tienes que ser autónomo o Régimen General pues depende...

¿Vais a constituir una SL o una SLL (sociedad limitada laboral)?

Si constituís una SL con 1/3 de participaciones sois autónomos societarios y si constituís una SLL con 1/3 de participaciones sois régimen general (salvo que 2 de los socios sean matrimonio en cuyo caso estos dos serían autónomos y el otro régimen general) sin exclusiones de cotización excepto los socios administradores (excluidos de FOGASA y desempleo)

Sobre las cuotas pagaréis más si estáis en RG que en autónomos aunque os pongáis de nómina el SMI, o sea que si era por eso... :roto2:

Preguntad al gestor las posibles ventajas e inconvenientes de la SLL sobre la SL y suerte con la aventura decidáis lo que decidáis.
 

Miliki99

Pompero
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Al hilo de lo que pregunta el creador del hilo, yo me estoy planteando en un futuro no muy lejano hacer lo mismo que el, y me surge una duda

Por lo que tengo entendido me corresponden 2 años de paro y mientras dure el paro también tengo cubierta la cotización a la SS, en el computo del pago único estarían incluida esa cantidad que el estado dedica a pagar mis cotizaciones a la SS?

En mi caso la actividad que deseo llevar a cabo la puedo llevar a cabo como persona física , por lo q me estoy planteando hacerlo asi durante esos 2 años y luego en función de como me vaya hacerme autónomo.

Animo y suerte con la aventura.