¿Ley del "chivato" para la VPO?

muyuu

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Tanto hablar de inmi gración me ha recordado a un excompañero del curro que es inmigrante y que vive en una VPO que le están alquilando a 850 eurazos en Alcobendas. Tiene un hijo y necesita las dos habitaciones. Se ve que al dueño de la VPO no le hacía falta y le está sacando un buen rendimiento. No es el único caso que conozco.

Por otro lado, recuerdo el moderado éxito la medida de hace unos años, de ofrecer recompensas y papeles a los ilegales por delatar a los empresarios que los estaban explotando (o no explotando, pero en cualquier caso contratándolos en oscuro).

Pues bien, ¿no se podría hacer algo así?. Recompensas cuantiosas por delatar al jeta que te está alquilando o vendiendo su VPO como si fuera libre. Sería una manera de limpiar un poco la corrupción reinante en la VPO. Por supuesto, los jetas en cuestión tendrían que correr con los gastos de esta medida en forma de multas.

¿Qué os parece esta idea?
 

Renzo

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Habría que tener un poco de cuidado con las denuncias falsas.

Si te premian por denunciar.
 

muyuu

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Siguiendo con el símil, los pagapensiones ilegales que denunciaron a sus jefes también estaban en una situación ilegal. Se sobreentiende una "amnistía" para el que esté alquilando la VPO ilegalmente y denuncie la situación.

Por otro lado es muy común que los pagapensiones desconozcan la normativa y no sepan que es ilegal lo que hacen. En este caso particular que he comentado, se enteró después (ni siquiera sabía que estaba viviendo en una VPO). Por supuesto que esto no les exime de delito, pero sí que contribuye a que se metan más fácilmente en esa situación.

Y siguiendo con el caso que mejor conozco, es fácil demostrar que lleva ya casi tres años viviendo allí, si le conocen todos los vecinos y el niño tiene a todos sus amigos ahí.
 

sr chinarro

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Hijo, pues si te consta que sigue siendo VPO, y que no ha sido desclasificada y ha pasado a libre(que pudiera ser el caso), dirijete al órgano correspondiente en materia de Inspección de Vivienda de la Comunidad de Madrid. Los inspectores dicen que no funcionan con denuncias anónimas, pero sí creo, tendráne n cuenta si les llega un papelito con pelos y señales del fraude.
 

Demostenes

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El alquiler de una VPO, según tengo yo entendido, por la info que me dió la Oficina de la Comunidad de Madrid, es perféctamente legal si se ajusta a ciertos parámetros de cuantías. Y, si por ejemplo es en madrid o provincia, puede que entre perféctamente en los amplios límites de su zona. Por ejemplo, con unos 100 metros (no recuerdo si construído o útiles), garaje y trastero, en Las Tablas/Sanchinarro/Montecarmelo/Alcobendas/Sanse ..., puede estar más o menos por 800/900/1000 euros.

Otra cosa es si hay algún requisito que yo desconozca, porque reconozco que yo sólo pregunté por este aspecto. Por ahí he oído que hay que esperar unos 3 años y no sé si es verdad.
 

muyuu

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Demostenes dijo:
El alquiler de una VPO, según tengo yo entendido, por la info que me dió la Oficina de la Comunidad de Madrid, es perféctamente legal si se ajusta a ciertos parámetros de cuantías. Y, si por ejemplo es en madrid o provincia, puede que entre perféctamente en los amplios límites de su zona. Por ejemplo, con unos 100 metros (no recuerdo si construído o útiles), garaje y trastero, en Las Tablas/Sanchinarro/Montecarmelo/Alcobendas/Sanse ..., puede estar más o menos por 800/900/1000 euros.

Otra cosa es si hay algún requisito que yo desconozca, porque reconozco que yo sólo pregunté por este aspecto. Por ahí he oído que hay que esperar unos 3 años y no sé si es verdad.
Pues estaría cachondo que fuera legal, porque está pagando ni más ni menos que precio de mercado y está haciendo un negocio redondo comprando por debajo de mercado y luego alquilando como si fuera libre. Vamos, que estamos financiando todos el negocio de terrateniente del dueño. Yo pago más o menos lo mismo por metro cuadrado y estoy en zona A (Arganzuela).

Como dicen más arriba podría perfectamente denunciarlo, pero entonces estaría jodiéndole la vida al colega como si denuncio al bar de la esquina que tiene la camarera ilegal. Jodo al jefe pero también jodo a la camarera.
 

Demostenes

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Lo que pasa es que en Madrid los pisos que no se venden por las promotoras, los pasapiseros e incluso los padres de familia especulando con el segundo piso, se alquilan, para paliar algo la megacipoteca, pero el problema es que, aunque los alquileres son bajos comparados con las cipotecas (actualmente una cipoteca es un 150% a 200% del alquiler en Madrid), están en los máximos que la gente puede/está dispuesta apagar por el servicio, ya que los pepitos buscan cipotecarse ante todo y no "tirar el dinero".

Además de esta restricción (inelasticidad) al alza de los precios, la oferta es masiva, lo que mantiene los precios bajos. De ahí que los precios de alquiler protegido sean iguales a los de mercado. No es que los protegidos sean muy altos, sino que la CAM estimaba (y si no fuera por lo antedicho, así sería) que los de mercado serían el doble, que sería la única forma de sacar una rentabilidad en el entorno del 5% a los de mercado y/o a los de protección.
 

Demostenes

HiperSuperMadmaxista Calvopezfobo
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En concreto:

http://blog.enalquiler.com/2007/inquilinos/alquilar-piso-proteccion-oficial/

¿Se puede alquilar un piso de protección oficial?

1. El plazo de duración del régimen legal de las viviendas de protección oficial, que se califiquen para arrendamiento a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, concluirá al transcurrir totalmente el período establecido en la normativa aplicable para la amortización del préstamo cualificado obtenido para su promoción o, en caso de no existir dicho préstamo, transcurridos veinticinco años a contar desde la fecha de la correspondiente calificación definitiva.

2. La renta máxima inicial por metro cuadrado útil de las viviendas de protección oficial a que se refiere el apartado anterior, será el porcentaje del precio máximo de venta que corresponda de conformidad con la normativa estatal o autonómica aplicable.

3. En todo caso, la revisión de las rentas de las viviendas de protección oficial, cualquiera que fuera la legislación a cuyo amparo estén acogidas, podrá practicarse anualmente en función de las variaciones porcentuales del Indice Nacional General del Sistema de Índices de Precios de Consumo.

4. Además de las rentas iniciales o revisadas, el arrendador podrá percibir el coste real de los servicios de que disfrute el arrendatario y satisfaga el arrendador.

5. Sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedan, serán nulas las cláusulas y estipulaciones que establezcan rentas superiores a las máximas autorizadas en la normativa aplicable para las viviendas de protección oficial.

6. Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a las viviendas de promoción pública reguladas por el Real Decreto-Ley 31/1978.

7. Lo dispuesto en los apartados anteriores será de aplicación general en defecto de legislación específica de las Comunidades Autónomas con competencia en la materia.

8. El arrendamiento de viviendas de protección oficial de promoción pública se regirá por las normas particulares de éstas respecto del plazo de duración del contrato, las variaciones de la renta, los límites de repercusión de cantidades por reparación de daños y mejoras, y lo previsto respecto del derecho de cesión y subrogación en el arrendamiento, y en lo no regulado por ellas por las de la presente ley, que se aplicará íntegramente cuando el arrendamiento deje de estar sometido a dichas disposiciones
particulares.

La excepción no alcanzará a las cuestiones de competencia y procedimiento en las que se estará por entero a lo dispuesto en la presente Ley.”

Es decir, la ley da unos mínimos, pero lo deja a la regulación de las CCAAs. Y en la Oficina de Vivienda por internet de la CAM, al menos hoy no he podido encontrar más sin profundizar mucho.
 

muyuu

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Flipo con lo fácil que es hacer negocio y especular con el dinero de todos. VPOs para subarrendar... esa no me la sabía.
 

Aitor Menta

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muyuu dijo:
Tanto hablar de inmi gración me ha recordado a un excompañero del curro que es inmigrante y que vive en una VPO que le están alquilando a 850 eurazos en Alcobendas. Tiene un hijo y necesita las dos habitaciones. Se ve que al dueño de la VPO no le hacía falta y le está sacando un buen rendimiento. No es el único caso que conozco.

Por otro lado, recuerdo el moderado éxito la medida de hace unos años, de ofrecer recompensas y papeles a los ilegales por delatar a los empresarios que los estaban explotando (o no explotando, pero en cualquier caso contratándolos en oscuro).

Pues bien, ¿no se podría hacer algo así?. Recompensas cuantiosas por delatar al jeta que te está alquilando o vendiendo su VPO como si fuera libre. Sería una manera de limpiar un poco la corrupción reinante en la VPO. Por supuesto, los jetas en cuestión tendrían que correr con los gastos de esta medida en forma de multas.

¿Qué os parece esta idea?
Pues que Jeta se va a enfadar por querer delatarle :D No juegues con fuego que te quemas, ya lo sabes :D :D
 

muyuu

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Pues disiento, porque creo que la VPO no es para el derecho a una propiedad o a una inversión, sino a una vivienda. Si tú cumples todos los requisitos pero ya tienes donde vivir pues no creo que tenga yo que subvencionar nada más... Claro está que no se puede demostrar esto, pero si luego te casas y te compras otra vivienda que te viene mejor, pues sinceramente creo que la VPO habría que devolverla a la administración (se devuelve todo lo invertido y ya).

Si no, estamos especulando con VPO simple y llanamente.
 

muyuu

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Que las parejas tengan dos pisos no debería ser el objetivo, ni tampoco que la gente de renta media/alta se empepite a precios disparados incluso como VPO.

No me estoy dirigiendo a nadie en particular, todo esto desde el buen rollo :D pero que me parece fatal que se tire de herario público para satisfacer los instintos pepitiles del personal que no tiene necesidad real, aparte de sus ansias de propiedad. Esto solamente contribuye a inflar más la burbuja.
 

Demostenes

HiperSuperMadmaxista Calvopezfobo
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muyuu dijo:
En el caso particular que conozco mejor, dudo mucho que sea legal, entre otras cosas porque 850 euros en Alcobendas no es ningún chollo. Está bien porque el piso es bastante decente (me llamó la atención que fuera VPO por las calidades) aunque no es tan grande, unos 80 metros cuadrados. Tiene plaza de garaje. Dudo mucho que pague todo en A, aunque tampoco me quiero meter demasiado.

Al parecer al dueño nunca se le pasó por la cabeza vivir ahí pues trabaja lejos. Es una historia de éstas de "pido VPO y luego me caso con mi novio que gana bastante pasta". En fin, que todo esto me reafirma en que la VPO en propiedad nos lleva al buitreo, pero qué otra cosa cabía esperar.
Siento decirlo, pero me acuerdo perféctamente de que Alcobendas estaba en la zona norte (creo que se llamaba Zona A), junto con parte o toda Madrid Capital, y eran los baremos más holgados. En esta zona, por precios, estaría holgadamente dentro.

Otra cosa es que haya otros criterios, como un cierto número de años de uso previo por el arrendatario, ..., que cada CCAA pone a su bola.
 

redbullsevilla2005

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muyuu dijo:
Siguiendo con el símil, los pagapensiones ilegales que denunciaron a sus jefes también estaban en una situación ilegal. Se sobreentiende una "amnistía" para el que esté alquilando la VPO ilegalmente y denuncie la situación.

Por otro lado es muy común que los pagapensiones desconozcan la normativa y no sepan que es ilegal lo que hacen. En este caso particular que he comentado, se enteró después (ni siquiera sabía que estaba viviendo en una VPO). Por supuesto que esto no les exime de delito, pero sí que contribuye a que se metan más fácilmente en esa situación.

Y siguiendo con el caso que mejor conozco, es fácil demostrar que lleva ya casi tres años viviendo allí, si le conocen todos los vecinos y el niño tiene a todos sus amigos ahí.

es desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento