La Reforma laboral "RETROACTIVA" es Anticonstitucional.

Burgues

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Del mismo Burgos
Un detalle que parece que está siendo pasado por alto, es que la reforma laboral afecta retroactivamente a los derechos ya adquiridos por los trabajadores.

Un trabajador con más de 18 años (creo) de contrato en la misma empresa, si se viese afectado por un despido improcedente le tendría que indemnizar con hasta un máximo de 42 mensualidades y se ha reducido con la reforma a 24 mensualidades como máximo.

Es decir, si a un trabajador con la suficiente antigüedad el viernes lo ponían el la calle por 150.000 euros el lunes lo ponen en la calle por 75.000euros.

Esto afecta retroactivamente a un derecho adquirido por lo que es anticonstitucional.

Los que tienen más de 45 años son el objetivo de la reforma, ponerlos en la calle lo más barato posible y después poder contratar a otro pagándole menos de la mitad, por lo que el despido se amortiza en un par de años.

Yo a esto le llamo medidas para la devaluación interna, ya que como no tienen el control de la moneda, empobreciéndonos a todos lo que pretenden es hacernos más competitivos.

Vamos directamente a una sociedad Low Cost, y esto afecta cada día a un colectivo diferente.

Primero a los empleados de empresas privadas, después a los funcionarios y por último a los pensionistas.

Si el sector privado no genera Ingresos en sus trabajadores suficientes como para soportar ls facturas del estado, no quedará más remedio que bajar escalones en la calidad de vida de todos los ciudadanos, sean estudiantes, pensionistas, funcionarios.....

Nos están empobreciendo a todos para que las empresas sean más competitivas y en vez de 10 ganen 1.000

Mientras tanto la precariedad laboral y la bajada del coste del factor trabajo lo que hará será contraer otra vez la demanda interna, y de ese modo los comercios venderán menos y se necesitará que las empresas produzcan menos.

Así que ya tenemos organizado otro circulo vicioso del que será imposible salir.

Disfruten lo votado
 

Coronel Kurtz

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Tardaron una semana en "toquetear" la Constitucion. Y tienes terroristas y adlateres gobernando con la ayuda del Tribunal Constitucional. Asi que ya sabes lo que va a pasar...Se la pasaran por el forro de los gayumbos, ordenes de arriba.
¿No me digas te has creido eso de que tienes derechos?
 

jaimegvr

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Eso no pasaría si en España no hubiesen 8 millones de pagapensiones. Eso para todo aquel que los apoya y vá de progre.
 

el segador

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La propia constitución es anticonstitucional, es lo que tiene hacer refritos corta y pega de otras constituciones y de la declaracion universal de los derechos humanos.
 

DonCrisis

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El importe indemnizatorio resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que del cálculo de la indemnización por el periodo anterior a la entrada en vigor de este real decreto-ley resultase un número de días superior, en cuyo caso se aplicará éste como importe indemnizatorio máximo, sin que dicho importe pueda ser superior a 42 mensualidades, en ningún caso.
Esto es lo que pasa cuando vamos de juristas pero no nos leemos ni las leyes...
 

H4ckn0ri0

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Tranquilos, ya tienen una Constitución "ad hoc" por si fuera menester.
 

Romeo Montague

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Está usted equivicado, la Reforma no es retroactiva en lo que respecta a los despidos improcedentes. Los trabajadores con contrato a fecha de Reforma, mantendrán el tope de 42 mensulaidades, si bien a partir del día de entrada en vigor el cálculo será la suma del periodo anterior por 45 días y de 33 para el posterior.

Así que, son 42 mensualidades con 45 días hasta sábado 11 de febrero de 2012 y 42 mensualidades de tope y 33 días por año a contar desde el domingo.

Un saludo
 

wolfy

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Está usted equivicado, la Reforma no es retroactiva en lo que respecta a los despidos improcedentes. Los trabajadores con contrato a fecha de Reforma, mantendrán el tope de 42 mensulaidades, si bien a partir del día de entrada en vigor el cálculo será la suma del periodo anterior por 45 días y de 33 para el posterior.

Así que, son 42 mensualidades con 45 días hasta sábado 11 de febrero de 2012 y 42 mensualidades de tope y 33 días por año a contar desde el domingo.

Un saludo
Pero un Despido por Caida de Beneficios durante 9 Meses no es Improcedente :8:

Cuantas empresas no han tenido caidas de Beneficios en los últimos meses????? y de esas cuantas no podran maquillar los resultados????? :tragatochos:
 

jaimegvr

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Y el aborto es inconstitucional ,el divorcio también, la ley de arrendamiento urbanos del 94, la propia constitución, etc...

Ejemplos:

1.- Si yo me caso en 1971, me caso con una legislación, con unas reglas, porque si sí que hay o vá a ver divorcio, a l omejor NO ME CASO, y si en 1981 se cambian las reglas del juego retroactivamente, es inconstitucional. El divorcio se debería haber aplicado únicamente para casos de divorcio amistoso, o bién para matrimonios celebrados posteriormente a la entrada en vigor del Divorcio.

2.- Aborto. Todos tienen derecho a la vida.

3.- Ley de arrendamientos urbanos de 1994. Aplica retroactivamente a alquileres y locales de negocio anteriores al decreto "Boyer".

4.- Constitución. Yo nací antes de que se aprobase (ilegalmente, por cierto), y yo no la voté, por lo que a mí no me concierne esa constitución, como mucho me conciernerá la anterior, las leyes fudamentales.

Aquí se pasan todo por el forro de las narices, por lo que todos deberían hacer lo mismo:

Fumar donde quieran, tirar la basura por la ventana, eructar y tirarse pedos en la calle, escupir, robar, hurtar, estafar, defraudar, etc...
 

jaimegvr

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La propia constitución es anticonstitucional, es lo que tiene hacer refritos corta y pega de otras constituciones y de la declaracion universal de los derechos humanos.
Eso es cierto, puesto que el artículo 1 de la Ley de Principios del Movimiento, de 1957, dice:

Los principios contenidos en la presente Promulgación, síntesis de los que inspiran las Leyes fundamentales refrendadas por la Nación en 6 de julio de 1947, son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables

el art. 3 finaliza:

Serán nulas las leyes y disposiciones de cualquier clase que vulneren o menoscaben los Principios proclamados en la presente Ley fundamental del Reino.

Y la Ley Orgánica del Estado dispone en el Título X del recurso de Contrafuero.

Artículo 59.-

I. Es contrafuero todo acto legislativo o disposición general del Gobierno que vulnere los Principios del Movimiento Nacional o las demás Leyes fundamentales del Reino.

En virtud de todo ello:

1.- La ley de reforma política de 1977, incurría en Contrafuero y era ILEGAL.
2.- En virtud de lo anterior, la Constitución de 1978 es ILEGAL, puesto que se deriva de la ley de reforma política de 1977.
 

ProfePaco

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Y el aborto es inconstitucional ,el divorcio también, la ley de arrendamiento urbanos del 94, la propia constitución, etc...

Ejemplos:

1.- Si yo me caso en 1971, me caso con una legislación, con unas reglas, porque si sí que hay o vá a ver divorcio, a l omejor NO ME CASO, y si en 1981 se cambian las reglas del juego retroactivamente, es inconstitucional. El divorcio se debería haber aplicado únicamente para casos de divorcio amistoso, o bién para matrimonios celebrados posteriormente a la entrada en vigor del Divorcio.

2.- Aborto. Todos tienen derecho a la vida.

3.- Ley de arrendamientos urbanos de 1994. Aplica retroactivamente a alquileres y locales de negocio anteriores al decreto "Boyer".

4.- Constitución. Yo nací antes de que se aprobase (ilegalmente, por cierto), y yo no la voté, por lo que a mí no me concierne esa constitución, como mucho me conciernerá la anterior, las leyes fudamentales.

Aquí se pasan todo por el forro de las narices, por lo que todos deberían hacer lo mismo:

Fumar donde quieran, tirar la basura por la ventana, eructar y tirarse pedos en la calle, escupir, robar, hurtar, estafar, defraudar, etc...
yo pensaba que ya no quedaba gente así...

curioso... realmente curioso...
 

Romeo Montague

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Pero un Despido por Caida de Beneficios durante 9 Meses no es Improcedente :8:

Cuantas empresas no han tenido caidas de Beneficios en los últimos meses????? y de esas cuantas no podran maquillar los resultados????? :tragatochos:
Ese es despido ojetivo :pienso: , ya se estaba despidiendo a mucha gente así desde la última reforma de Zapatero (y pagando a medias con Fogasa :fiufiu: )
 

El Peseta

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Ginger Town
Eso no pasaría si en España no hubiesen 8 millones de pagapensiones. Eso para todo aquel que los apoya y vá de progre.
Gensantisima


¿Solo por los 8 minolles de pagapensiones?
Estos señores








No tienen culpa de nada ¿Verdad que no???

Vamos directamente a una sociedad Low Cost, y esto afecta cada día a un colectivo diferente.
Hace por lo menos 15 años que esto estaba programado y planificandose pero eramos los del españa ba vien, los de las recalificaciones,las terras miticas, los de estoy en política para forrarme, los de los acontecimientos planetarios...
Pero solo algunos nos dimos cuenta, cuando veíamos que los precios subían de forma exponencial en todos los aspecto y desde siempre nos ha acompañado el trabajo basura a los más jóvenes.
 
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La retroactividad se mantiene, lo que cambia básicamente es lo que se considera despido objetivo o procedente. Ahora los despidos improcedentes prácticamente no existirán.
 

mataleao

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Lo cierto es que:
Si fuera retroactiva todos los trabajadores tendrían los 33 días y 24 meses...
Si no fuera retroactiva, a los trabajadores de antes de la ley les tendrían que mantener los 45 días y 42 mensualidades, por "el principio de condición más beneficiosa"....
Esto de mitad y mitad es un pupurri que se han sacado de la manga...

¿que opinan los juristas??

PD: el principio de condición más beneficiosa:
“…El principio de
condición más beneficiosa supone la existencia de una situación concreta, anteriormente
reconocida, que queda respetada al producirse una modificación legal
2
.” STS, Sala Sexta, de 4-2-1984.