Un préstamo de usura es nulo y sólo se devuelve el capital

JAC 59

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Un préstamo de usura es nulo y sólo se devuelve el capital - 5/08/09 - 1455417 - elEconomista.es


El préstamo usurario es nulo desde su origen y no genera obligación de pagar intereses, pues el prestatario está sólo obligado a devolver la cantidad que ha recibido de forma efectiva, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 14 de julio de 2009.


La nulidad del préstamo usurario, que regula el artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate), conlleva que el negocio sea ineficaz, de una manera "radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insanable, ni es susceptible de prescripción extintiva", según afirma el ponente, el magistrado Salas Carceller.
 

Chamuca

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¿A partir de que % de interes se considera usura?

¿Donde está está escrita esa LEY?
 

Eric Finch

Será en Octubre
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Creo que no es la primera vez que se dice algo así por estos foros (aunque, claro está, no mediaba una sentencia de julio de 2009). De todas formas, es una información útil que yo agradezco.

Me parece interesante el insignificante detalle de que

el prestatario está sólo obligado a devolver la cantidad que ha recibido de forma efectiva
porque hay y habrá en España Tíos Vázquez que no podrán ni querrán devolver ni siquiera la cantidad recibida y que van a continuar pasando las de Caín.
 

Guillotin

Será en Octubre
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Si hay una sentencia del 14 de julio de 2009, aclara muchas cosas.

Yo he leido, ahora no se donde encontrar la fuente, que el delito de usura es cuando los interese son de +25% o =25%.

Creo que durante la era Aznar se dio "libertad" al prestamista de cobrar los intereses que quisiera, me explicó una jovencita el otro día hablando del tema, que nosotros somos "libres" de elegir la financiera que queramos, que para eso tenemos la "libertad" para elegir el tipo de préstamo que más nos conviene.

¡¡¡Si es que....................
 

VOTIN

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Usura seria segun sentencias anteriores si llega al 30% de interes anual,tambien otros
entienden "todo lo que supere el triple del interes legal del dinero"
las financieras andan sobre el 24-29% tae...
En el interes de los descubiertos bancarios se puede ver tambien ese limite.
Por otra parte basta con dejar un interes del 4% y sumar condiciones ,seguros pagos,seguro rotura de pagos,reaseguro de subida de tipos,etc para hacer un credito
legal y con TAE real por encima del 30%
No espereis pillar a los bancos por ahi,para listos ellos.
 

Big Bang

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http://www.burbuja.info/inmobiliari...e-represion-de-la-usura-de-1908-en-vigor.html

En esa anticuada ley de 1908 no se especifica el interés (ni la relación con otras variables) de lo que se considera usura, poco más o menos que lo deja en manos del tribunal decidir si es usura o no.

Artículo 1


Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.
Vaya hez de ley, de 1908 y todavía en vigor, que definan "notablemente superior", "manifiestamente desproporcionado", "leonino", etc. o que pongan un porcentaje máximo de una vez para delimitar la usura de forma objetiva.

Hoy en día la figura de la usura es subjetiva, así nos va...
 
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VOTIN

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http://www.burbuja.info/inmobiliari...e-represion-de-la-usura-de-1908-en-vigor.html

En esa anticuada ley de 1908 no se especifica el interés que se considera usura, poco más o menos que lo deja en manos del tribunal decidir si es usura o no.



Vaya hez de ley, de 1908 y todavía en vigor, que definan "notablemente superior", "leonino", etc. o que pongan un porcentaje máximo de una vez para delimitar la usura de forma objetiva.

Hoy en día la figura de la usura es subjetiva, así nos va...
No es subjetiva ,existen sentencias del tribunal supremo al respecto aunque
si algo interpretable..............
El 30% de interes ES USURA
 

Big Bang

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16 Nov 2007
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No es subjetiva ,existen sentencias del tribunal supremo al respecto aunque
si algo interpretable..............
El 30% de interes ES USURA
Como has dicho es interpretable, en mi opinión deberían definir objetivamente lo que es usura y dejarse de rollos subjetivos e "interpretables".

De todas formas es completamente desproporcionado un interés del 30%, deberían poner los intereses considerados usura en función del interés legal del dinero u otros porcentajes establecidos. Por ejemplo, que en el momento de formalizar el préstamo el interés (T.A.E.) no pudiera ser más del doble que el interés al que prestan el dinero los banco centrales a los bancos y cajas, o que no pudiera ser un diferencial a aplicar mayor que X% (para el caso que se planteasen prestar al 0%), o una combinación de ambas condiciones.
 
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Big Bang

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y quien dice que tanto pro ciento es usura???'
10%, 25%, 50%.....
Vuelvo a repetirlo de mi mensaje anterior y es un ejemplo que se me ha ocurrido en dos minutos, digo yo que los avispados legisladores tendrán más luces y conocimientos para poderlo definir objetivamente...

Forma de definir objetivamente usura:
Por ejemplo, que en el momento de formalizar el préstamo el interés (T.A.E.) no pudiera ser más del doble que el interés al que prestan el dinero los bancos centrales a los bancos y cajas, o que no pudiera ser un diferencial a aplicar mayor que X% (para el caso actual que se plantean prestar al 0%), o una combinación de ambas condiciones.
 

chemax

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Totalmente cierto, tengo una amiga abogada que a ganado un pleito por usura, su defendido sólo tiene que devolver la cantidad pedida, sin intereses
 

ElCalvo

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BCN...país por ver
Hay un interés legal del dinero, sería cuestión de relacionar lo que es usura respecto al mismo...
 

Big Bang

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Hay un interés legal del dinero, sería cuestión de relacionar lo que es usura respecto al mismo...
Muy buena la aportación, he buscado en Google acerca del tema, tan fácil como relacionar la usura con el mismo.

El interés legal del dinero
Publicado por Jose Trecet - 28/08/08 a las 04:08:20 pm


En una época en la que constantemente se está hablando de los tipos de interés en préstamos hipotecarios y cómo afectan el IPC y la inflación a los bolsillos del consumidor conviene regresar a los orígenes y recordar qué es el interés legal del dinero y cómo se calcula.El interés legal del dinero es, según el Banco de España, el que señala la ley a través de la Ley de Presupuestos Generales .Se trata de un valor de interés que se publica como parte del BOE y que tiene vigencia durante el resto del año y “que se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor incurriese en jovenlandesa (retraso en el cumplimiento de su obligación) y no se haya pactado un interés determinado”.

De esta forma, el interés legal del dinero no es más que el interés que se utiliza para devolver un préstamo cuando hay ningún acuerdo previo al respecto entre deudor y acreedor. Es el tipo de interés que se aplica cuando una persona se retrasa en el pago de la hipoteca, una transacción comercial e incluso cuando es la administración quien no hace efectivas sus obligaciones, por ejemplo, en el pago del IRPF. El Banco de España es el encargado de determinar en qué situaciones de demora e impago se aplicará este interés.

El interés legal del dinero se calcula teniendo en cuenta la coyuntura y expectativas económicas y se publica en el BOE como para de la Ley General de Presupuestos del Estado. Su vigencia es de un año y para 2008 ha sido establecido en el 5,5%, lo que supone una subida de 0,5 puntos respecto a 2007. El dato previsiblemente vuelva a subir en 2009.

enlace: El interés legal del dinero
 

Elputodirector

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En las Cayman
Bueno, para eso estan los techos en las operaciones (actuan igual que el famoso suelo).

Por otro lado.... lo natural es que una persona libre, con sus facultades mentales en perfecto estado, pueda firmar un contrato con otra persona en libertad. Para no incurrir en usura estableceria una relacion tipo/tiempo de devolucion.

Si el 15% es usura o no lo es depende del momento concreto.