La ley que permitía militarizar a los controladores está derogada

cuestaabajo

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Increíble la chapuza de este gobierno cuasi-fascista.

Según la Federación de Asociaciones de Militares de España

Advierten de que la Ley que permitiría la militarización de controladores está derogada

La Federación de Asociaciones de Militares de España (FAME) advierte que la Ley de Movilización que permitiría la militarización de los controladores aéreos está derogada y no se previó su sustitución.

EL IMPARCIAL
07-12-2010



El presidente de la FAME, Jesús Navarro Jiménez, militar (R) y abogado, ha señalado que la Ley 50/1969, Básica de Movilización Nacional, que regula la militarización del personal civil, por necesidades de la defensa nacional o cuando situaciones excepcionales así lo exijan” y que regula sus “deberes y derechos” (art. 11), así como el “fuero aplicable” (art. 18), y que no es otro que el Código de Justicia Militar (actuales leyes penal, disciplinaria y procesal militar), está derogada y no ha sido sustituida por una nueva.

En efecto, la citada Ley de Movilización (y militarización) debía de haber sido sustituida por una nueva, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional de 1980 (art. 14), pero ese mandato nunca llegó a cumplirse y, por tanto seguía vigente la ley de 1969 (como vigente sigue la Ley de Navegación Aérea de 1960, invocada por el Gobierno al Decretar el “estado de alarma”). Pero la nueva L. O. de Defensa de 2005 derogó la de 1980 (reformada en 1984), y no previó la sustitución de la Ley de Movilización que, por cierto, durante el primer mandato del Gobierno popular había sido “deslegalizada” (rebajada a rango reglamentario) por la Ley 17/1999, de Régimen del Personal Militar de las FAS.

Pero es que sin proyectar, tramitar y aprobar una nueva Ley de Movilización/Militarización de los “recursos humanos y materiales y de todas las actividades cualquiera que sea su naturaleza” para “satisfacer las necesidades de la defensa nacional o las planteadas por circunstancias excepcionales” (según se estableció en 1980), el Gobierno socialista propuso al Parlamento, y fue aprobado a través de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar, la derogación total de la Ley de Movilización de 1969, creando un vacío legal sobre la materia de movilización y militarización de aquellos recursos, que ahora se ha puesto de manifiesto, pues no hay “ley habilitante” que permita la militarización de los controladores, así como la definición de sus deberes y derechos y el fuero que les resulta aplicable.

El Gobierno ha invocado el art. 8º.5 del Código Penal Militar que define quienes son “militares” a efectos de aplicación de ese Código, y que son, además de los militares profesionales (sean o no de carrera), los alumnos de las academias militares y los militares de complemento, “los que con cualquier asimilación militar presten servicios al ser movilizados o militarizados por decisión del Gobierno”.

Así es que se han cometido graves errores en el RD de declaración del “estado de alarma” y militarización de los controladores, que podrían dar lugar a la declaración de nulidad radical por los Tribunales de Justicia, ya que para que dicho personal pudiera ser movilizado o militarizado hacía falta una Ley habilitante, que está totalmente derogada, y, además, para poder aplicar el Código Penal Militar hay que conceder a los militarizados la “asimilación” a un empleo militar (ya sea el de Soldado, Cabo, Sargento, Teniente, etc., según tengan o no la misma categoría o responsabilidades dentro de su organización), de manera que de acuerdo con ese grado de asimilación sepan cuales son los superiores jerárquicos a los que tienen que obedecer, porque así lo exige al art. 8º.5 del CPM. de 1985 y la organización jerarquizada de las FAS.
El Imparcial: Noticias: Advierten de que la Ley que permitiría la militarización de controladores está derogada
 

orcblin

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yo no se porque dices cuasi-fascista....

no llego a entender ese cuasi... me lo explique :D
 

cuestaabajo

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Copio aquí la disposición derogatoria de la ley de carrera militar.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogaciones y vigencias.
1. Quedan derogados los artículos 5, 7 al 9, 11 al 13, 20 al 24, 26, 28, 29, 34, 49, 50, 79, 84, 87, 168, 170 al 173, 175, 176, 179, 183 al 184, 186 al 188, 190 y 192 al 224 de la Ley 85/1978, de 28 de diciembre, de Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, quedando vigentes los artículos 169, 174, 177, 178, 180, 181, 182 y 185.

Quedan derogadas la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, excepto los artículos 150 a 155 y 160 a 162, la disposición final segunda y las disposiciones que se citan en el apartado siguiente, que continuarán en vigor, y la Ley 32/2002, de 5 de julio, que modifica la Ley 17/1999, de 18 de mayo, al objeto de permitir el acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería.

También quedan derogadas la Ley 50/1969, de 26 de abril, básica de Movilización Nacional, la Ley 48/1984, de 26 de diciembre, reguladora de la objeción de conciencia y de la prestación social sustitutoria; la disposición adicional tercera, apartado 1, del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio y todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a esta Ley.

2. Seguirán en vigor en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria undécima, reserva transitoria; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.
3. En las disposiciones vigentes, las referencias y remisiones a la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, se entenderán efectuadas a esta Ley, salvo en relación a las materias de la citada Ley que quedan en vigor según esta disposición.
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
 

Ectoplasma

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No me quedan ya modelos de facepalm que poner.

Dios vaya panda de ineptos!!!!!
¿y estos son nuestros dictadores???
 

Handed

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Y digo yo que pa qué, si luego harán lo que les salga de las narices (a las pruebas me remito).

Está bien saberlo como "argumento" para atacar al gobierno, pero a ellos ya ves tú lo que les importa seguir la ley y respetar la constitución...
 

Ectoplasma

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Exacto. El inepto ascendido a dictador, no modifica su sustancia.

Todo el Gobierno y sus asesores, así como Rajoy, están en el retrato. Al rey lo dejamos fuera, porque ya se sabe que es, constitucionalmente IRRESPONSABLE.

Llamazares tendrá Mi voto, por la dignidad demostrada, incluso ante un colectivo que no es de su cuerda.

Ya empiezan a tardar los estrellas de 4 puntas, afectados por esta ruina legislativa...., en aplicar las ORDENANZAS militares.
Llamazares ha justificado la actidud del gobierno con los controladores, no volverá a tener mi voto jamás.
:no:

Para mi es tan hijputa como el resto.
 

Glasterthum

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Naa... a ver, tenemos un tribunal constitucional que ha declarado a la ley de violencia de género como constitucional. ¿Qué más queréis ver para ver que ni hay democracia ni hay separación de poderes?
 

Glasterthum

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Exacto. El inepto ascendido a dictador, no modifica su sustancia.

Todo el Gobierno y sus asesores, así como Rajoy, están en el retrato. Al rey lo dejamos fuera, porque ya se sabe que es, constitucionalmente IRRESPONSABLE.

Llamazares tendrá Mi voto, por la dignidad demostrada, incluso ante un colectivo que no es de su cuerda.

Ya empiezan a tardar los estrellas de 4 puntas, afectados por esta ruina legislativa...., en aplicar las ORDENANZAS militares.
Llamazares siempre me ha parecido un gran político. Pero en este país IU parece que es odiada hasta la médula.

Y además, yo de un partido que fomente o acepte la inmi gración masiva, paso. Y no significa que esté en contra de la inmi gración, ojo.
 

annamaria

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donde me dejan
De ahí se desprende la exquisitez de trato que están recibiendo los controladores de los militares? No las tienen todas consigo y por si acaso están actuando ilegalmente se curan.
 
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Pesado

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Y desde cuándo en este país la justicia depende de las leyes??? Depende del dictado de los políticos, hoygan, las leyes son algo así como un complemento para guardar las formas. Ya ha quedado de sobra demostrado.
 

Kenpachi

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Entonces, ¿Cual es el estatus legal de los controladores en estos momentos? ¿esclavos?
 

Minsky Moment

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Oceanía (1984)
Impresionante. Se va concretando el desenlace. El gobierno tiene ante sí un marrón del que, a nada que se sepan mover mínimamente los abogados de los controladores, no lo va a librar ni diox.