Gran compilación de privilegios de los funcionarios.

Mira que me rechina todo lo que pone nuestro amigo, pero el que más me llama la atención es lo del parking ¿Pero que leches el parking? Como todas las empresas, si tienen parking propio pues sus trabajadores aparcan allí y si no lo tienen, pues se buscan la vida....pues para los funcionarios igual.

Para lo que dicen del parking de ministerios en la calle deberías saber que el parking es para vehículos oficiales en principio, si hay más hueco para ciertos cargos, y si hay más hueco ( como por ejemplo en el de administraciones públicas, que tiene bastante hueco de aparcamiento reservado) para todos los trabajadores, y cuando digo todos me refiero a todos, sean funcionarios o no lo sean, por que si no lo sabías en los ministerios trabajan muchos trabajadores de empresas privadas también, desde vigilantes de seguridad ( que no toda la seguridad depende de la GC) hasta señoras de la limpieza. El motivo para reservar esas plazas está claro, como comprenderéis delante de un ministerio se puede aparcar cualquier coche que no este controlado, por motivos de seguridad más que nada. Pero ojo, eso pasa en ministerios y en muchísimas embajadas "calientes" ( en la del Reino Unido incluso hay una tanqueta de la policía nacional estacionada en la esquina que hace el edificio, así que fijaos en la seguridad)
Así que menos payasadas con lo de los parkings gratis, que esas tonterías hacen llorar al niño Jesús.
 
Colodro, no sé cuáles puntos añadir a mi lista, puesto que tus puntos afectan a un colectivo muy específico. He puesto algunos en negrita. Conforme vaya avanzando el hilo, decidiré qué puntos añado o no (por afectar a la generalidad). Gracias por tu aporte.

Por ejemplo:

Plan Acción Social 2013 - Cuerpo Nacional de Policía

Dentro del marco del Programa de Acción Social de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, y en orden a mejorar los contenidos de esta actuación correspondiente al año 2013, se ha considerado la necesidad de aprobar las modalidades de ayudas, cuyas bases generales y específicas se ajustarán a las siguientes:

Tipos de Ayudas:
1. ACCESO DE VIVIENDAS DE ALQUILER
2. ACTIVIDADES DE VERANO PARA HIJOS
3. APOYO A LA EDUCACIÓN
4. ARMONIZACIÓN DE LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR
5. DISCAPACITADOS
6. EMERGENCIA SOCIAL
7. ESCUELAS INFANTILES O GUARDERÍAS
8. ESTUDIOS NO OFICIALES PARA FUNCIONARIOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
9. ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE HIJOS
10. FAMILIAS MONOPARENTALES
11. MAYORES DEPENDIENTES
12. NATALIDAD O HIJOS MENORES DE TRES AÑOS
13. TRASTORNOS PSÍQUICOS
14. TRATAMIENTOS MÉDICOS
15. AYUDAS PARA EL TRANSPORTE EN FERROCARRIL
16. ASISTENCIA ESPECIAL A FUNCIONARIOS



Convenio Guardia Civil RENFE 2014
Nuevas condiciones ayudas RENFE desde 1 diciembre 2013

En la Intranet del Cuerpo se ha publicado el COMUNICADO E INFORMADO 8/213 sobre las nuevas condiciones en las Ayudas a los viajes en Renfe.

Resumen:
Presupuestos de Acción Social para 2014 en materia de transportes, los mismos que en 2013.

Abono del Billete a su compra:

AVE, LARGA DISTANCIA: se pagara el 100% no hay ningún tipo de bonificación en el momento de la compra.

MEDIA DISTANCIA (incluido AVANT) se abona en el momento de la compra el 85% del importe................se bonifica el 15%

CERCANÍAS: Se abona en el momento de la compra el 40% del importe............se bonifica el 60%

FEVE: Hasta su integración hasta su integración en RENFE OPERADORA sera del 50%


En media distancia ocurrirá lo mismo que en cercanías, al finalizar 2013 no se efectuaran abonos directos al usuario.
 
Art. 21 Jornada laboral.
La jornada de trabajo efectiva, en cómputo anual, será de 1.642,5 horas. (7:08 horas diarias)
Art. 22 Horario.
22.1 Con carácter general, el horario de XXX es el que a continuación se indica:
De lunes a viernes en jornada de siete horas y media diarias con hora de entrada a partir de las 7,45 horas y hora máxima de salida a las 18,15 horas, estableciéndose como horario de coincidencia de todo el personal entre las 9 y las 14 horas.
La formación deberá realizarse, preferentemente, dentro del horario comprendido entre las 7,45 horas y las 18,15 horas, computándose como tiempo efectivo de trabajo.

Art. 25 Vacaciones.
El personal afectado por el presente Convenio Colectivo tendrá derecho anualmente a un período de vacaciones de 25 días laborables.

h) El trabajador/a, podrá ausentarse del trabajo por asuntos particulares hasta un máximo de tres días al año o, alternativamente, veintiuna horas.

Art. 28 Seguros de empleados.
Los empleados/as en activo tendrán durante la vigencia del presente Convenio un descuento mínimo del 50% sobre la Prima Neta en los seguros propios

Art. 29 Anticipos.
El empleado/a con un mínimo de un año de antigüedad podrá obtener hasta tres anticipos por una cuantía máxima, en el total de los tres, igual a tres mensualidades ordinarias brutas al interés anual equivalente al euribor a 1 de enero de cada año y que deberán amortizarse en el plazo máximo de un año, en pagos iguales que incluyan tanto el capital amortizado como los intereses devengados.

Art. 30 Préstamo vivienda.
XXX concederá préstamos a los empleados/as que acrediten la compra de una vivienda, compra de mobiliario o la reforma de la vivienda que constituye su domicilio habitual. La concesión de estos préstamos requerirá ostentar la condición de fijo/a en la plantilla y una antigüedad mínima de dos años de servicio efectivo en XXX. Dichos préstamos devengarán un interés anual equivalente al euribor a 1 de enero de cada año.

Art. 32 Premios de permanencia.
El empleado que cuente con una prestación de servicios en XXX de veinticinco años, al cumplirse dicho aniversario percibirá un premio de 1.250 euros brutos.
El empleado que cuente con una prestación de servicios en XXX de treinta y cinco años, al cumplirse dicho aniversario percibirá un premio de 2.500 euros brutos.

Art. 34 Prestación complementaria por incapacidad temporal.
A partir de la finalización de la incapacidad temporal y hasta la fecha en que, a propuesta de la Comisión de Evaluación de Incapacidades la autoridad laboral resuelva sobre la Invalidez, XXX con cargo al fondo establecido a tal efecto por la misma, le seguirá satisfaciendo la diferencia anual que existiese desde la última cantidad líquida percibida y lo abonado por la Seguridad Social.

Art. 35 Permiso complementario por paternidad.
Aquellos trabajadores que, por reunir los requisitos legales, hayan disfrutado del permiso de paternidad tendrán una licencia de tres días adicionales que se disfrutarán inmediatamente después del permiso de paternidad del art. 48 bis del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores por cuenta de AXA

Art. 36 Plan de pensiones del sistema de empleo.
El Plan de Pensiones de Empleo del Grupo XXX, se regirá por los siguientes criterios:
Plan de pensiones de Aportación Definida.
Podrán adherirse voluntariamente los trabajadores/as que cuenten, al menos, con 2 años de antigüedad en XXX.
XXX y los empleados realizarán aportaciones al Plan de Pensiones calculadas como un porcentaje del salario pensionable. Se entenderá por salario pensionable el que reciba el trabajador/a por los conceptos retributivos recogidas en el presente Convenio más la mejora voluntaria. Quedan expresamente excluidas las percepciones que correspondan a salario variable, rappel por ventas y comisiones o cualquier otro concepto que vaya condicionado al cumplimiento de objetivos.

Convenio
 
Los privilegios de los funcionarios, en revisin. SUR.es



En definitiva, que cada vez que les congelan el salario a los funcis, les dan algo a cambio. Y a pesar de todas esas congelaciones, tienen un sueldo 60% superior al del sector privado.
Lo del sueldo creo que se ha explicado por activa y por pasiva estos días. Te resumo: la grandísima masa laboral de los funcionarios corresponde a sanidad ( médicos y enfermeras) y educación (profesores), más de un 60%, lo que vienen siendo funcionarios de clase A, o lo que es lo mismo trabajadores titulados universitarios. Durante muchos años las labores de la administración de poca cualificacion se ha ido dando a contratas de empresas públicas ( desde señoras de la limpieza hasta vigilantes, jardineros o incluso camareros. De hecho por ejemplo en los hospitales madrileños se ha privatizado incluso todas las funciones administrativas ) y se han ido quedando sobre todo con esos cargos especializados. Por otro lado España es un país de servicios donde el 80% de la masa laboral la ofrecen las pymes.......país de servicios y pymes da muchas pistas de por donde va la mayoría de la masa laboral española en las empresas privadas. Si, camareros, vendedores, cajeros, limpiadoras.....o lo que es lo mismo trabajadores de poca o nula cualificacion ¿ quieres que los camareros cobren lo mismo que los médicos?
 
Lo del sueldo creo que se ha explicado por activa y por pasiva estos días. Te resumo: la grandísima masa laboral de los funcionarios corresponde a sanidad ( médicos y enfermeras) y educación (profesores), más de un 60%, lo que vienen siendo funcionarios de clase A, o lo que es lo mismo trabajadores titulados universitarios. Durante muchos años las labores de la administración de poca cualificacion se ha ido dando a contratas de empresas públicas ( desde señoras de la limpieza hasta vigilantes, jardineros o incluso camareros. De hecho por ejemplo en los hospitales madrileños se ha privatizado incluso todas las funciones administrativas ) y se han ido quedando sobre todo con esos cargos especializados. Por otro lado España es un país de servicios donde el 80% de la masa laboral la ofrecen las pymes.......país de servicios y pymes da muchas pistas de por donde va la mayoría de la masa laboral española en las empresas privadas. Si, camareros, vendedores, cajeros, limpiadoras.....o lo que es lo mismo trabajadores de poca o nula cualificacion ¿ quieres que los camareros cobren lo mismo que los médicos?

hombre, si según tú, las labores de baja cualificación se han subcontratado a la privada, entonces el número de empleados públicos debería haber disminuido. Pero en 1975 era de 700.000, incluidas señoras de la limpieza.
 
Mira que me rechina todo lo que pone nuestro amigo, pero el que más me llama la atención es lo del parking ¿Pero que leches el parking? Como todas las empresas, si tienen parking propio pues sus trabajadores aparcan allí y si no lo tienen, pues se buscan la vida....pues para los funcionarios igual.

Para lo que dicen del parking de ministerios en la calle deberías saber que el parking es para vehículos oficiales en principio, si hay más hueco para ciertos cargos, y si hay más hueco ( como por ejemplo en el de administraciones públicas, que tiene bastante hueco de aparcamiento reservado) para todos los trabajadores, y cuando digo todos me refiero a todos, sean funcionarios o no lo sean, por que si no lo sabías en los ministerios trabajan muchos trabajadores de empresas privadas también, desde vigilantes de seguridad ( que no toda la seguridad depende de la GC) hasta señoras de la limpieza. El motivo para reservar esas plazas está claro, como comprenderéis delante de un ministerio se puede aparcar cualquier coche que no este controlado, por motivos de seguridad más que nada. Pero ojo, eso pasa en ministerios y en muchísimas embajadas "calientes" ( en la del Reino Unido incluso hay una tanqueta de la policía nacional estacionada en la esquina que hace el edificio, así que fijaos en la seguridad)
Así que menos payasadas con lo de los parkings gratis, que esas tonterías hacen llorar al niño Jesús.


Cuando leí lo del parking gratis, creí que era en toda la ciudad. Bien, puede que sólo sea en su lugar de trabajo. Pero aún así, si todos los trabajadores públicos tienen asegurado un párking en su puesto de trabajo, eso es un privilegio, comparado con la privada, no?
 
9. Jornada de trabajo.
La jornada de trabajo durante la vigencia del presente Convenio se distribuirá, a razón
de 37 horas y 30 minutos semanales. La jornada normal ordinaria será de 7 horas 30
minutos diarios de trabajo efectivo y será desarrollada de lunes a viernes.

La jornada anual para el personal de las empresas firmantes será de 1.672,50 horas (7:20 diarias)

11. Jornada en viernes, vísperas de festivo y vísperas de jornadas no hábiles.
Sin perjuicio de lo anterior y de la distribución efectiva de horarios por departamento,
los viernes, las vísperas de festivos y las vísperas de jornadas no hábiles de todo el año,
siempre que las necesidades del servicio así lo permitan, el 50% de los trabajadores
presentes en el centro de trabajo podrán disfrutar de una jornada de 5,30 horas

La realización de este tipo de horario (partido) dará derecho a la percepción de la ayuda de comida por los días de su disfrute.

12. Servicio de autobús.
Para facilitar el transporte hasta la sede de XXX desde la estación de tren de
Majadahonda, se pondrá a disposición de los empleados un servicio continuado de
transporte durante las horas de entrada, desde las 7,00 h. hasta las 9,30 h, y de salida
desde las 17,00 h. hasta las 19,00 h., de lunes a viernes. Además, los viernes, vísperas
de festivo y vísperas de jornadas no hábiles, desde las 14,00 h. hasta las 15,00 h.

15. Permisos retribuidos.
Días de Convenio(=moscosos): 7 días al año sin que puedan disfrutarlos simultáneamente más de un 25 por ciento de los trabajadores de cada uno de los servicios o departamentos. No obstante, siempre que sea posible y atendiendo a las necesidades de cada departamento dicho porcentaje podrá ser aumentado. Las solicitudes de los anteriores permisos deberán ser presentadas por el trabajador a la empresa, con la debida antelación, debiendo ésta proceder a su concesión de forma automática, salvo cuando concurra alguna de las circunstancias expresadas anteriormente.

17. Enfermedad sin baja por IT.
Máximo 3 días. Se deberá justificar siempre que sea posible con el certificado médico
o de la institución sanitaria correspondiente. En cualquier caso, si la empresa solicitara
dicho certificado el trabajador estará obligado a presentarlo.

29. Conceptos retributivos.
La estructura del régimen de retribuciones del personal, estará integrada por los
conceptos que a continuación se indican:
1. Salario base.
2. Complementos salariales:
−  Plus convenio.
−  Plus transporte.
3. Complementos extrasalariales:
−  Ayuda comida.
−  Plus distancia.
4. Complementos personales.
−  Antigüedad.

Las tablas salariales del anexo IV contemplan para el año 2012 un incremento del 2 %,
resultante de aplicar sobre los salarios base vigentes a 31 de diciembre de 2011

32. Complemento salarial - Plus transporte
quedando fijada la cuantía para el año 2012 en 122,80 euros/mes.

33. Complemento extrasalarial - ayuda comida.
Se establece, una ayuda de comida de 9,63 euros por jornada de trabajo efectiva

42. Ayuda de estudios para empleados.
Los empleados que deseen promocionarse o desarrollarse profesionalmente mediante la realización de estudios reglados medios, superiores, postgrado y/o doctorado, percibirán una ayuda anual de 714,41 euros,

45. Ayuda por nupcialidad.
Los empleados con más de 1 año de antigüedad, que contraigan nupcias,percibirán una única ayuda por nupcialidad de 2 mensualidades y media sobre salario base, antigüedad  y plus  convenio. El  cálculo de esta ayuda  se realizará en base anual prorrateada en 12 meses.

46. Ayuda por natalidad.
Por el nacimiento o adopción de un hijo, los trabajadores afectados por el Convenio tendrán derecho a percibir una ayuda consistente en 1 mensualidad sobre salario base, antigüedad y Plus convenio. 

47. Ayuda de estudios a hijos.
Se establece una ayuda a los empleados con destino a la educación de sus hijos de 291,21 euros al año por hijo menor de 23 años de edad (computándose ésta en el año natural), que será satisfecha en el mes de agosto, y cuyo importe se ampliará al doble en el caso de hijos discapacitados físicos y/o psíquicos, con minusvalía

48. Becas.
Cada compañía firmante del presente Convenio dotará un fondo anual para becas de 306,00 euros por cada ocho trabajadores. El importe de cada una de estas becas será de 306,00 euros, destinado a los hijos de los empleados de la misma que realicen estudios superiores de enseñanzas universitarias oficiales tanto las denominadas de primer ciclo, de primer y segundo ciclo y de segundo ciclo, así como, las de Grado y Máster, y que acrediten haber obtenido la totalidad de los créditos correspondientes al curso universitario del ejercicio que finaliza antes del mes de octubre de cada año.

50. Complemento de incapacidad temporal.
A los empleados en situación de incapacidad temporal se les complementará al 100% de su salario total, exceptuando Plus transporte, Plus distancia y Ayuda comida.

51. Ayuda para discapacitados físicos, psíquicos y atención a la diversidad.
Aquellos trabajadores que tengan algún hijo o sean tutores legales de discapacitado físico o psíquico, con minusvalía reconocida por la Seguridad Social que dé lugar a prestaciones periódicas de la misma, percibirán de su empleadora, por cada hijo en aquella situación, la cantidad de 5.400,00 euros anuales que se abonarán trimestralmente

52. Seguro de Vida.
En favor de los trabajadores afectados por el presente Convenio, se suscribirá una póliza de seguro colectivo con cobertura de los siguientes riesgos y por las siguientes cuantías:

53. Póliza de asistencia sanitaria.
Se establece una póliza de asistencia sanitaria a cargo de las empresas, complementaria a la Seguridad Social, de la que serán beneficiarios los trabajadores y los miembros de la unidad familiar que con él convivan. Cuando se produzca la jubilación del trabajador, podrán permanecer, tanto él como sus beneficiarios, en la póliza de asistencia sanitaria como asegurados libres abonándose por el propio empleado las cuotas de la póliza y realizando XXX la gestión correspondiente.

58. Jubilación.
El trabajador que voluntariamente quiera jubilarse al alcanzar la edad que legalmente se establezca y cumpliendo los requisitos legales vigentes en cada momento, percibirá una indemnización de 24.040,48 euros.

Convenio
 
Aquí un empleado público, no funcionario.

Mira que has puesto puntos, y sólo has acertado en uno en mi caso. Por paternidad nos dan 15 días, por convenio. En el resto no has acertado ni por asomo.

Dile a tu jefe que te de tus 20 ctms. y otros 20 ctms. de mi parte por escribir el hilo antifuncis del día.
 
Respecto de la movilidad. Parece que efectivamente, los empleados públicos disfrutaban de una gran estabilidad en este sentido.
Pero también es cierto que, forzado por Europa, el Gobierno pretende aumentar la movilidad.

---------- Post added 22-nov-2013 at 02:33 ----------

Berebere, en los puntos 10 y 11, comparas con los privilegios de los empleados de banca, vaya tela.
Ya sabemos todos que a esos pájaros habría que desplumarlos.

---------- Post added 22-nov-2013 at 02:44 ----------

HAHAHAHA, emulando a Zascandil...
Creado con memegenerator.es
 
Intento ponerme del lado liberal y sigue sin entrarme en la cabeza... Las condiciones laborales de los funcionarios son un objetivo al que aspirar, no algo que haya que recortar. Si todos los trabajadores tuvieran esas condiciones viviríamos mucho mejor.

El argumentario clásico neocon viene a decir que "como el sector privado es una cosa, que el público también lo sea". No puedo entenderlo, salvo que seas de esa clase de gente que le molesta que los demás disfruten de comodidades. Vamos, un iluso.


Saludos.
 
Intento ponerme del lado liberal y sigue sin entrarme en la cabeza... Las condiciones laborales de los funcionarios son un objetivo al que aspirar, no algo que haya que recortar. Si todos los trabajadores tuvieran esas condiciones viviríamos mucho mejor.

El argumentario clásico neocon viene a decir que "como el sector privado es una cosa, que el público también lo sea". No puedo entenderlo, salvo que seas de esa clase de gente que le molesta que los demás disfruten de comodidades. Vamos, un iluso.


Saludos.

jejjeje, Meme para tí:
Creado con memegenerator.es
 
Gran compilación de privilegios de los empleados privados o de los autonomos:

1.- Telecomunicaciones gratis.
2.- Prestamos a tipos de interés negativos.
3.- Seguros gratis.
4.- Electricidad gratis.
5.- Baja completada por la empresa hasta el 100% del salario.
6.- Bolsa de vacaciones.
7.- En reparaciones de automovil, mano de obra gratis, repuestos a precio de costo.
8.- En obras de albañileria, mano de obra gratis, materiales a precio de costo.
9.- Sanidad privada, sin tener que pagar por ella.
10. Rebajas de horarios laborales en fiestas;
11. Estudios de los hijos
12. Representación legal gratuita.
13. Parking gratis
14. Cine gratuito.
15. Descuentos en transporte privado.
16. Becas de estudios.
17. Prioridad en los colegios concertados.
18. Prejubilaciones a los 52 (e incluso menos).


Así, a vuelapluma, las primeras que se me ocurren, ¿alguna mas?
 
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