estultoes de España, me alegro todo lo mal que les pase - Reestructuran deuda y se quedan en la ca

Señor lokifriki: desde que la Casta, con los votos de todos nosotros, arruino Hijpanistan para salvar de sus deudas a los bancos y empresas del IBEX y nos enteramos que Animosa era una asalariada de querido líder, que por aqui ya no tienen mucho exito los hilos creados para reirse de los desgraciados.
 
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Eso no es muy preciso, que digamos. Tasaciones en momentos distintos tienen consecuancias distintas.

- en el momento del prestamo, los bancos sobretasan para poder dar un prestamo mayor.

- en el momento de la ejecución, piden una nueva tasación, que es mucho menor y mas ajustada al mercado, y se pueden quedar con la vivienda por 50% del valor de esta nueva tasación.

ERROR GRAVE, no existe ninguna nueva tasacion

"La LEC, establece como requisito general para la ejecución la fijación del valor de subasta, y ofrece dos posibilidades: mutuo acuerdo de las partes en cualquier momento, antes o durante la ejecución, y sin limitación de ningún tipo, o bien, en caso de no llegar a ese acuerdo, se procede a una tasación por perito imparcial designado en el proceso, arts. 637 y 638 LEC."

Este sistema opcional (acuerdo entre partes) cuando se trata del procedimiento sumario se transforma en obligatorio. El anterior art. 129 LH permitía ejecutar la hipoteca por el procedimiento judicial sumario y el art. 130 exigía como requisito indispensable:

para que pueda tramitarse la reclamación con arreglo al procedimiento judicial sumario... que en la escritura de constitución de hipoteca se determine el precio en que los interesados tasan la finca para que sirva de tipo en la subasta... el registrador hará constar ambas circunstancias en la inscripción de la hipoteca.”

La tasación para subasta en el procedimiento de ejecución hipotecaria. Por Manuel Parga López (Análisis de la Ley 1/2013). 1ª parte

El mutuo acuerdo se produce durante la firma de la hipoteca justamente en el acto de la compraventa. Y en esas escritura tiene un valor en el que AMBAS PARTES tasan la finca (la vivienda) para que sirva de tipo en la subasta. Es la tasacion a efectos de subasta.

Por lo tanto, es FALSO que exista una segunda tasacion.



- el prestamista hace una tasación a la baja, contando con que los prestatarios no saben que tienen derecho a pedir una nueva tasación, mas acorde con el precio de mercado, con lo que se podrá queda con el piso por ese 50% de esa tasación infra-mercado.

Ni bancos ni prestamistas son simples.


Ejemplo numérico:

- vivienda con valor real 100K€, el banco valora en 150k€ y da un prestamo por ese valor. En el momento de la ejecución pide la valoración, da los 100K€, y el banco se lo queda por 50K€.

- vivienda por valor real de 100K€, el prestamista da 20K€ y valora la vivienda en 60K€. Al final se queda la vivienda por 30K€

En cualquier caso, el que pierde es el propietario.

:bla:

Cuando se parte de una premisa falsa (el banco hace una segunda tasacion, ignorando la tasacion a efectos de subasta que firmaron prestamista y deudor en la escritura de la hipoteca), se llegan a conclusiones erroneas.

Y el ejemplo numerico que has puesto, es falso y no tiene nada que ver con el mundo real.
 
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