Iuris Tantum
Himbersor
- Desde
- 24 Ene 2022
- Mensajes
- 2.447
- Reputación
- 4.769
El otro usuario tiene razón, la Ley de violencia de género solo se aplica a parejas o ex parejas. Lo tienes en propio art.1 de la LO 1/2004 de 28 de diciembre y en infinidad de jurisprudencia que se ha hartado de repetir que sólo se aplica en parejas y exparejas.No me ofenden tus comentarios y espero que no lo haga el mio pero lo que falla creo que es tu falta de conocimientos elementales sobre procesal penal y también en viogen.
Dicho lo cual nada falla en mi relato puesto que es la realidad. No puedo ayudarte si la realidad te asombra o si simplemente no me otorgas credibilidad. Por otra parte no hay ningún requisito procesal que hable sobre "desconocidos" o "conocidos", te animo a leer la legislación para que tu mismo certifiques que ese requisito que mencionas no existe e incluso te reto a citarme el o los artículos donde según tu aparezca ese criterio o requisito que mencionas, de ese modo con la literalidad de la ley a la que nos referimos (viogen incluyendos los art procesales) o procesal penal general (lecrim) delante podremos debatir amistosamente.
Otra posibilidad remota es que no te estés expresando claramente al respecto o no entienda de que requisito me hablas en cuyo caso también te animo a abandonar el estilo telegrama y desarrollar tu idea en minucioso detalle.
El caso que tú has relatado es el de una denuncia falsa por violación, donde el componente de genero no implica un tipo penal diferente, y al que la Ley no considera violencia de género.