Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Política > La Fiscalia General de Portugal admite a tramite querella contra J. Carlos I
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  #41 (permalink)  
Antiguo 26-dic-2008, 21:10
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fros
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Iniciado por Negrofuturo Ver Mensaje
Si firma como Coronel es que no ha sido desposeido ni degradado. Tiene tratamiento de Ilmo Sr., derecho al uso del uniforme en las situaciones que reglamentariamente se determinen, así como a identificarse como Coronel.

No tiene tratamiento de Usía o señoría el coronel?

En España, el distintivo de su grado son tres estrellas de ocho puntas. En la jerarquía militar española, el grado de coronel de los ejércitos de Tierra o Aire es el equivalente al de Capitán de navío en la Marina de guerra.

El coronel es el jefe superior de un regimiento. Su clase es la primera de la milicia en que se adquiere el tratamiento de señoría y tiene bien prescritas sus delicadas obligaciones en las ordenanzas del ejército.

Llevan por distintivo de su grado, como se ha mencionado, tres estrellas de ocho puntas paralelas en la manga de la levita o casaca, debajo del galón del morrión y en la faja ceñidora del quepi y como signo de mando el bastón desde 1736.

Coronel - Wikipedia, la enciclopedia libre

Yo de Amadeo Martínez inglésrecuerdo haber leído "España indefensa", y no iba mal encaminado el tío.

De todas formas, una forma de controlar el ejército por parte de Franco es que no se modernizara y fuera estilo decimonónico, es decir, un ejército pistolas para adentro. No estaba concebido precisamente para una defensa a una agresión exterior. Como en América latina, era un ejército para controlar al pueblo.

Saludos.
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  #42 (permalink)  
Antiguo 27-dic-2008, 10:20
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Iniciado por elchema Ver Mensaje
(y ojo que yo no soy monarquico, sino juancarlista)

Ya. Y yo no soy pro-dictaduras, sino franquista.
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  #43 (permalink)  
Antiguo 27-dic-2008, 12:13
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Iniciado por ronald29780 Ver Mensaje
¿Como se me ha pasado este magnifico hilo?

1. Estamos hablando de un tema muy serio. Así de cachondeadas sobre el patrimonio etc. nada. En una investigacion por un crimen se indaga sobre hechos delictivos, no chanchullos posteriores, sin ninguna conexion al caso.

2. Se mencionaba la CE. No (por lo menos la parte sobre la corona) es vinculante para la fiscalia portuguesa.

3. Que fuera instruido como cadete no es ninguna razón valida, para ser considerado "adulto" en el momento de los autos. Ni siquiera hace falta dar mucho repaso a la legislacion portuguesa de aquel entonces. Los cambios pro reo si son retroactivos.

4. Igualando la legislacion portuguesa a la española vigente, el delito, aunque fuera un asesinato, habria prescrito. (art. 131 Codigo Penal)

Si se da el caso contrario, como es en el codigo penal de Alemania, el delito de asesinato no prescribe. El homicidio sí.

Ergo se daria:

5. Que el delito tendria que tener uno o varios cualificativos de los mencionados en el art. 139

Artículo 139.

Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:

Con alevosía.

Por precio, recompensa o promesa.

Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.



Incluimos aquí el cuarto elemento cualificativo, existente en la legislacion alemana, para abarcar toda la gama:

Para encubrir un crimen.

Resumiendo:

Las probabilidades, que la fiscalia portuguesa siga con el proceso son muy pequeñas.

¿Cuantas condenas habrá en Portugal (o en España o en Alemania) por asesinato contra reos de 14 años?

Interesante tema, pero creo que los medios de la investigacion no son los apropiados.

¿14 años? ¿No pasaba de los 18 el presunto asesino?

Los protugeses podrian empezar a investigar también la muerte accidental del otro aspirante al trono, el que se casó con la nieta de franco y acabo guillotinado por un cable en Colorado.
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  #44 (permalink)  
Antiguo 27-dic-2008, 14:46
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Iniciado por trafec Ver Mensaje
¿14 años? ¿No pasaba de los 18 el presunto asesino?

...

1952 (año de succeso) - 1938 (fecha de nacimiento de JuanCa según la Wiki) = 14 años.
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«¿Gulag? No conozco ningún gulag.».

Iósif Stalin

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Antiguo 28-dic-2008, 10:23
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1952 (año de succeso) - 1938 (fecha de nacimiento de JuanCa según la Wiki) = 14 años.

Al menos la biografia de Patricia Sverlo lo situa el 29 de marzo de 1956

Quien tenía 14 años era "el senequita", es decir la víctima.

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  #47 (permalink)  
Antiguo 28-dic-2008, 11:19
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Al menos la biografia de Patricia Sverlo lo situa el 29 de marzo de 1956

Quien tenía 14 años era "el senequita", es decir la víctima.


Entonces tienes razón, el año de autos era el '56, no el '52.

Pido disculpas.
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  #48 (permalink)  
Antiguo 28-dic-2008, 12:54
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Iniciado por ronald29780 Ver Mensaje
Entonces tienes razón, el año de autos era el '56, no el '52.

Pido disculpas.

Lo cual no cambia nada de tu planteamiento si los homicidios prescriben, no?

La verdad es que yo la noticia la veo como una anécdota. Pero no deja de ser curiosa la cantidad de muertos en accidente de esa família. Deben ser los deportes de riesgo.
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  #49 (permalink)  
Antiguo 28-dic-2008, 21:35
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Lo cual no cambia nada de tu planteamiento si los homicidios prescriben, no?

La verdad es que yo la noticia la veo como una anécdota. Pero no deja de ser curiosa la cantidad de muertos en accidente de esa família. Deben ser los deportes de riesgo.

El código penal español si esta claro al respecto:

Artículo 131.

1. Los delitos prescriben:

A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.

A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.

A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.

A los cinco, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de tres años y que no exceda de cinco.

A los tres años, los restantes delitos menos graves.

Los delitos de calumnia e injuria prescriben al año.



No he mirado el codigo penal portugues correspondiente, y voy suponiendo que los homicidios allí prescriben, como en la mayoria de los paises occidentales.

Es un caso (de asesinato) muy flaco. En las circunstancias normales (digamos con un delicto contra la vida actual) y con pruebas demasiado circunstanciales, este tipo de casos termina en el consabido homicidio involuntario, lesiones causando la muerte o el homicido "simple".
Y con las últimas causas, el caso ha prescrito.

Pero, como lo he dicho más arriba, es un caso merecedor de investigacion.

Pero no por la fiscalia. Sus medios son limitados.
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Última edición por ronald29780; 28-dic-2008 a las 21:42
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