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  Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Política > La propuesta de reforma de la Ley del Menor del Gobierno Rajoy endurece el castigo y abre la puerta a la privatización d
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  #11 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 21:03
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es un tema lamentable al que no se presta atención e incluso es motivo de chanza por parte de algunos descerebrados de este foro
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  #12 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:18
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1. Las cárceles invisibles.
En este artículo nos proponemos profundizar en la realidad de las cárceles invisibles,
llamadas centros educativos, en las que cumplen condena los adolescentes juzgados bajo la
Ley de Responsabilidad Penal del Menor
1
. Si ya a nivel legislativo es muy cuestionable el
respeto a los derechos del menor y a las garantías constitucionales, veremos que en la práctica
estos centros se convierten en agujeros negros para los colectivos más marginales, así como
en castigo y negocio basado en la vulneración de los derechos humanos. Pero, vayamos por
partes.
El Estado no siempre ha tenido el mismo papel y la legislación no se ha inspirado siempre en
un mismo modelo. En EE.UU. a finales del s.XIX surge el modelo tutelar de justicia de
menores (sorprendentemente vigente en España hasta 1991). El Estado asumía la "protección"
de los niños en centros correccionales
2
. Eran las organizaciones de carácter privado y con
fines caritativos y morales quienes se hacían cargo de los "desviados" para educarlos por falta
o ineptitud de los padres para hacerlo. Sin embargo, muy avanzado el s.XX, cambia el papel
del Estado y se pasa de ese modelo tutelar, al modelo constitucional o garantista (de
responsabilidad) que reconoce al menor como sujeto de derechos, aunque esto conlleva la
aplicación de penas a los menores “delincuentes”.
Existe, pues, un paso fundamental para sustituir la "indulgencia-descriminalización" por la
"represión-criminalización" de los menores. Este proceso lleva al ámbito del control oficial
actividades juveniles que anteriormente no eran consideradas delictivas y se convierte,
además, a los jóvenes de clase baja en los principales sujetos de castigo. Al aumentar los
comportamientos delictivos, aumentan los menores que entran en el circuito, apareciendo las
figuras diferenciadas del menor abandonado y del menor delincuente, que finalmente suelen
convertirse en sinónimos.
Actualmente, en la legislación española se marca la separación total de la protección (centros
residenciales, orfanatos) y la reforma (centros educativos, cárceles). Sin embargo, aunque en
la teoría la diferencia puede ser clarísima, en la práctica encontramos que las cárceles de
menores están llenas de jóvenes que han sido abandonados, que han vivido situaciones
de marginalidad y exclusión familiar, o de adolescentes inmigrantes que llegan solos o
que han sido secuestrados y son explotados por redes mafiosas
3
.
Estos jóvenes recluidos en cárceles han sido condenados a penas privativas de libertad en
centros llamados "educativos". Son considerados delincuentes: han tenido conductas
desviadas que están penadas por la ley. Puede decirse que es la ley quien hace al delincuente,
ya que existen actos deleznables no penados, así como desviaciones de la norma que no se
consideran delito. No existe pues desviación sin norma social, ni delincuencia sin trascripción en la legislación. Es más, a través del sistema punitivo se amplifica y se refuerza la desviación
que supuestamente debe corregirse
4
.
Todo es una decisión político-legislativa y sino preguntémonos cuál es el criterio para
establecer la responsabilidad de un menor. En España, por ejemplo, se utiliza el criterio de la
edad, aunque en otros países se tiene en cuenta el grado de madurez. Además, la edad penal
varía según el país: en Irlanda es de 7 años; en Escocia y Grecia es de 8; en Inglaterra, Gales y
Francia es de 10; en los Países Bajos y Portugal, de 12; o en Polonia, de 13. En España pasan
por Justicia de Menores los jóvenes de 14 a 18 años
5
.
En este mismo sentido, encontramos otro ejemplo: cada uno de los países europeos delimita
lo que entiende por delincuencia juvenil en base a variables diferentes. En algunos países se
consideran como delitos de menores las conductas previstas en el código penal, pero en otros,
el sistema de justicia juvenil se construye sobre un modelo educativo o de bienestar. Esto se
traduce en una ampliación de las conductas perseguibles al incluir actos que, de ser cometidos
por adultos, no serían perseguidos o lo serían únicamente por vía administrativa o civil. Como
muestra se habla de los “delitos de estatus”, entre los que se recoge fugarse del domicilio o
vivir en la calle
6
. Esto es arbitrariedad.
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  #13 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:19
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2. El fracaso de la cárcel de menores, todo un éxito
Los llamados “centros educativos” son cárceles. Y aunque su supuesto objetivo es la
reinserción social, la reeducación, incluso el propio Estado reconoce no cumplir los preceptos
recogidos en su propia legislación. El Magistrado del Tribunal Supremo, Martínez-Pereda
afirma que "una cárcel jamás podrá ser además de lo que es, un instrumento útil para la
efectiva socialización"
7
. Curiosa afirmación que despierta la duda: qué es la cárcel, entonces.
Por su parte, y desde el atril universitario, el Catedrático de Derecho Penal, García-Pablos
reconoce que el sistema legal marca el comienzo de las carreras delictivas y provoca lo que se
conoce como desviación secundaria (derivada del paso por la cárcel): "su impacto, más que
resocializador o pedagógico, puede calificarse de estigmatizante"
8
.
Además, García-Pablos afirma que los informes demuestran que el porcentaje de jóvenes que
se implican en comportamientos irregulares (delitos de escasa importancia) es muy elevado y
se considera una normalidad estadística. En cambio, el arresto o la condena por esas
conductas son excepcionales, por lo que reconoce, además, que el control social formal (del
Estado) es selectivo y discriminatorio: se distribuye de forma desigual entre los distintos
estratos sociales el estigma del arresto o de la pena.
Por su parte, Mª Ángeles Cea después de analizar el impacto de la intervención judicial en el
menor habla de fracaso del sistema e incide en la marginalidad como elemento clave. El menor delincuente institucional (el que acaba preso) procede de familias deterioradas, con
relaciones familiares conflictivas, con escasos recursos económicos, bajo nivel cultural y
profesional; habitan viviendas pequeñas, con problemas de hacinamiento e infraestructura, en
barrios desestructurados y mal comunicados; son denunciados por la familia o por cometer
infracciones incluidas en Código penal (fundamentalmente contra la propiedad).
Así, la autora de la investigación asegura que son los jóvenes "más marginales", es decir,
aquellos que presentan un cuadro de mayor problemática social, los "clientes" más asiduos
de los centros de reforma. Pero no sólo eso, sino que el internamiento (la encarcelación) se
prescribe "cuando el entorno sociofamiliar del individuo presenta tal grado de deterioro que
perjudique su "normal" desarrollo y formación"
9
.
En este mismo sentido, Negre y Sabaté concluyen en un estudio sociológico sobre los
menores y la justicia que la principal causa de la delincuencia es el fracaso escolar; y que este
fracaso no tiene la misma repercusión en todos los niveles socioeconómicos. Este factor
interviene además en la probabilidad de que un menor pase por un tribunal o sea internado en
un centro de menores. En el estudio se reconoce que “una familia económicamente solvente
suele ser considerada mucho más sana y capacitada para reformar al delincuente por
ella misma”
10
.
Surge la duda: ¿es pues el fracaso de la cárcel de menores, un éxito? Evidentemente, la
respuesta penal a los menores delincuentes constituye un eslabón capital en el conjunto de un
mecanismo complejo de control social, a lo que podríamos añadir, que se alimenta, genera y
perpetúa la marginación y la exclusión social, que llena de "clientes" las prisiones. Quizá eso
sea el éxito: control, miedo, marginalidad y negocio.
Sí, un negocio sobre todo en el caso de las cárceles de menores, ya que además de los
recursos que se mueven, tres de cada cuatro prisiones de menores son instituciones
privadas
11
. Unos 3.000 menores están encarcelados en unos cien centros y las instituciones
“sin ánimo de lucro” encuentran en este sector un ámbito de rentable negocio en el que
reciben del Estado unos ingresos por preso de unos 300 euros al día y en el que encuentran su
beneficio en el recorte de los gastos.
Esto se traduce en la mayoría de casos en condiciones infrahumanas en las cárceles de
menores (alimentación a base de productos caducados, falta de condiciones sanitarias,
instalaciones deficientes, etc.), unidas al negocio de la seguridad privada. Incluso algunos
empresarios encuentran en el sector una vía directa para conseguir obras públicas y
construyen ellos mismos las cárceles y las proveen con sus negocios
12
. Incluso lo afirma Félix
Pantoja, vocal del Consejo General del Poder Judicial: “esto se ha convertido en un negocio”
13
. No hay debate sobre las cárceles invisibles.
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  #14 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:20
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3. A las cosas por su nombre: indefensión e impunidad

Desde el propio sistema, pues, surgen voces, que cuentan con la credibilidad de
autoridades y opinión pública (Defensor del Pueblo, Defensor del Menor, jueces, abogados,
catedráticos, funcionarios, educadores, psicólogos...), para denunciar no sólo el fracaso de
este sistema de "reeducación" y "reinserción", sino que reconocen la vulneración de los
derechos humanos y del menor que se lleva a cabo día a día en estas cárceles. Sin embargo, la
solución planteada, como siempre, es la necesidad de destinar más recursos económicos y
humanos a las prisiones de menores, gran parte de ellas gestionadas por entidades privadas. Y,
por supuesto, exigiendo una nueva ley del menor más dura.
Hace unos años, varios programas de la cadena Antena 3 Televisión, se hicieron eco de la
noticia de la muerte de un joven de 15 años en una cárcel de la comunidad canaria. Los padres
del menor asesinado denunciaban en televisión cómo sobrepasados por los problemas de
conducta de su hijo debido a una enfermedad mental, confiaron en que “pudiesen ayudarle”
en un centro de menores. Ellos creían que hacían lo mejor para su hijo y, como declaró su
madre, “se lo devolvieron en un ataúd”. Es importante destacar el número de menores
denunciados por sus familias que creen encontrar así una posible solución a su desesperación.
El joven canario apareció muerto con una bolsa en la cabeza y en un principio fue
considerado suicidio. Pero dejó de ser noticia en los grandes medios, curiosamente cuando se
destaparon irregularidades y delitos cometidos por el propio centro y por su personal debido a
denuncias de violaciones a los jóvenes presos. El juez imputó a cinco vigilantes de Seguridad
Integral Canaria y a una educadora después de acceder a los vídeos del centro en los que se
reflejaban diversas entradas de coches con vigilantes que no tenían ese turno y en las que
aparecían con bebidas alcohólicas. Se les imputaron delitos de amenazas y torturas. Otro
punto oscuro fue la dificultad de determinar el nivel de medicación que tenía el menor al que
se le había colocado la bolsa de plástico después de ser asesinado. La muerte de Philipp sigue
sin resolverse cuatro años después
14
y sus padres denuncian el bloqueo judicial de su caso.
Este hecho vierte luz sobre otra realidad: los internamientos supuestamente “terapéuticos”
que se llevan a cabo en cárceles y no en centros socio-sanitarios como establece la legislación.
Se supone que el internamiento terapéutico es la atención educativa especializada o
tratamiento específico para aquellos menores que padezcan anomalías y alteraciones psíquicas
o estados de dependencia de bebidas alcohólicas o drogas. Las medidas privativas de libertad,
según marca la legislación, deberían llevarse a cabo en centros socio-sanitarios. Sin embargo,
la realidad es que no hay plazas y que también esos centros supuestamente sanitarios acaban
siendo cárceles de menores.
El 8 de junio de 2005 aparecía en la prensa otra noticia sobre la muerte de una chica de 15
años en un centro de menores de Tenerife, Valle Tabares, tras provocar un incendio en su
celda, veinte días antes de su salida del centro. El padre aseguró que su hija “para llamar la
atención, atentaba contra ella misma, pero no era agresiva”. Días más tarde, el presidente del
Gobierno canario anunciaba un “plan de choque para los centros de menores”
15
después de la
publicación del crítico informe del Defensor del Pueblo canario en el que denunciaba“maltrato institucional”. La solución del ejecutivo pasaba por recibir más dinero y endurecer
la disciplina en los centros. Pero estas muertes no son casos aislados
16
.
Algunos de estos casos fueron recogidos por el Defensor del Pueblo en su informe
sobre los centros de menores. En él se denuncia, además, la situación de los centros respecto a
instalaciones (goteras, falta de calefacción, colchones en el suelo o camastros, etc.) y al
personal (como los vigilantes de seguridad privada), así como de la falta de asistencia
jurídica, pues los abogados no visitan a sus defendidos en los centros de internamiento y
generalmente se conocen minutos antes de iniciarse el juicio. Otras cuestiones que salen a la
palestra por las denuncias presentadas ante este organismo son los internamientos de
menores lejos de sus ciudades que les distancian de su entorno social.
Prácticas habituales en estos “centros educativos” son el uso de sujeción mecánica a
la cama o de correas psiquiátricas, las celdas de aislamiento o el uso de tranquilizantes,
tal y como recogen denuncias de asociaciones, familiares y menores
17
. Por su parte, el Comité
Europeo de Prevención de la Tortura y Otros Tratos Crueles Inhumanos o Degradantes
recomendó, después de visitar centros en toda España, el correcto encauzamiento legal por
parte de las autoridades españolas de las denuncias sobre malos tratos en los centros. Las
causas se cierran. Esto sí es impunidad.

Según el Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad
de Barcelona, uno de los colectivos más especialmente vulnerables a la violencia institucional
son los menores y en su informe sobre la tortura denuncia la impunidad de la vulneración de
los derechos humanos en los centros. Entre las denuncias que recogen, podemos encontrar los
siguientes fragmentos de cartas de menores
18
:
“(…) os escribo desde un patio de 20 metros cuadrados al que salgo 1 hora al día y es
cuando me dejan escribir. Ahora me encuentro en separación de grupo con 3 faltas graves y
una muy grave. Según el centro la separación de grupo me quita el derecho a tener unas
sábanas para dormir, una toalla, jabón para asearme, papel higiénico (…). Todo esto me
está pasando por autolesionarme”.
“Amarran a los chavales por la cara por tonterías y a los que más a amarran son a los
marroquíes que no tienen familia. (…) me amarraron 9 horas y otras veces por tonterías a un
colega mío lo amarraron por guardarse un yogurt para comérselo en la habitación. (…) y yo
he querido denunciar, porque han abusado de mí, porque se me cogió un tendón y tenía
sangre agolpada en las manos y pies, y el director me dijo no denuncies que te voy a dar un
permiso”.
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  #15 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:21
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4. Medios y opinión pública: la jauría humana

Para justificar y legitimar todo el sistema penitenciario, pedir más dinero y endurecer
la legislación es necesaria una opinión pública "sensibilizada" y "preocupada" que apoye las
decisiones de los políticos "supuestamente complacientes" ante la alarma social creada. Es en
este proceso donde los medios de comunicación tienen un papel fundamental: las formas de
control coactivo dejan paso a la maquinaria del control persuasivo
19
. Es decir, la opinión
se moldea a gusto del menú informativo que nos preparan los medios, en línea directa
con los centros de decisión y poder.
Todos hemos asistido a la creación mediática de los monstruos juveniles, a la
espectacularización y al sensacionalismo con el que los medios hablan sobre la creciente
y amenazadora violencia juvenil. Recibimos cientos de impactos al día a través de los
medios sobre este tema ayudando a generar la alarma social, el miedo del que se alimenta el
Estado y el delirio colectivo. Un titular en portada: “Un 9,2% de los adolescentes son
‘delincuentes peligrosos’”
20
. Esto según una encuesta realizada a los chavales en las escuelas,
donde se incluía como delito el consumo de drogas… Sin palabras
21
.
El Consell de l'Audiovisual de Catalunya elaboró un informe sobre el tratamiento mediático
de la retención por parte de un menor de un grupo de alumnos de un centro educativo de
L'Hospitalet de Llobregat el 18 de noviembre de 2002. Entre los resultados destaca el número
de horas dedicado al acontecimiento, sólo en ese mismo día se emitieron en televisión 10
horas 53 minutos sobre el tema. Además se vulneraron los derechos del menor imputado:
se emitió su nombre y apellidos e incluso una imagen del joven
22
.
El tratamiento que se da a este tipo de informaciones alimenta la maquinaria del espectáculo y
prepara a la opinión pública para apoyar y legitimar la "mano dura", cuando los casos graves
suponen un pequeño porcentaje de los jóvenes que cumplen condena de privación de libertad
en cárceles. Por poner un ejemplo, según datos de junio de 2008 publicados por la Generalitat
en su web, en Cataluña del total de causas el 54,7% se trata de “delitos contra el patrimonio”,
frente a un 1,53% de los delitos contra la vida
23
.
Asimismo, en una de las investigaciones del Centre d’Estudis Jurídics de la Generalitat de
Catalunya se afirma que no se puede hablar de un incremento relevante de la
delincuencia juvenil, aunque sí ha aumentado el internamiento. El informe es claro respecto
al estancamiento de los delitos más graves (homicidio, asesinato, agresiones sexuales) que,
curiosamente, tan sólo representa el 2% de la actividad delictiva de los menores. La principal
conclusión del estudio respecto al análisis de las estadísticas sobre delincuencia juvenil es que “no se han encontrado datos verdaderamente concluyentes que nos hablen de un
incremento importante de la violencia (delincuencia juvenil)”
24
.
El propio ex Conseller de Justicia de la Generalitat, Vallès, calificó la política penal de los
últimos años de “populista” y habló de un hiperpenitenciarismo que no está justificado por un
incremento de los niveles de delincuencia. Además, Vallès afirmaba que esta política penal
“es pervesa, porque desvía la atención de los problemas sociales sin encontrar una
solución”
25
. Incluso el Magistrado Gregorio María Callejo concluye que “cada vez que ocurre
un hecho que provoca alarma social, se propone el endurecimiento de las penas y, lo peor, la
propuesta se suele hacer realidad”
26
.
En este sentido, una de las conclusiones del encuentro de profesionales auspiciado por el
Observatorio Europeo de Justicia Juvenil reconoce que “aun cuando las cifras de la
criminalidad juvenil permanecen en muchos países estancadas o incluso disminuyen
progresivamente (…) la percepción social sobre la misma es la de un gran aumento del
número y la violencia de los delitos cometidos por los menores. A esta situación contribuyen
en gran medida los medios de comunicación social (…). Esto genera una injustificada
alarma social en la que la ciudadanía reclama respuestas más duras y contundentes
contra los delincuentes juveniles”
27
.
Sin embargo, la inseguridad ciudadana se han convertido en los últimos tiempos en el eje de
los discursos del Estado y el miedo cala hondo entre los ciudadanos que delegan en la
autoridad su sentimiento de seguridad. Así el Estado se fortalece y se legitima en el
ejercicio del control social a través de la violencia y de la ley. La relación es directamente
proporcional: a más miedo, más castigo y más vigilancia. Y esto marca las pautas de las líneas
penales.
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  #16 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:22
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5. El “Terrorismo Penal”
28
: modificación de la Ley del Meno


Los medios han creado una imagen de impunidad que se convierte en ansias de castigo. Así
llega la modificación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor
29
. Si ya la Ley y su
Reglamento provocaron una fuerte polémica por la vulneración de derechos e incluso se
interpusieron recursos ante el Tribunal Supremo, cientos de voces críticas se levantan para
denunciar el endurecimiento encubierto de la legislación en este ámbito. Esta nueva ley
enfatiza las medidas privativas de libertad y su régimen, aumentando las penas e incorporando
nuevos “delitos”, aumentando así el carácter sancionador y vulnerando la Convención de
Derechos del Niño de Naciones Unidas.

Entre otras muchas cuestiones, destacamos aquí el hecho de que el castigo para un menor
puede resultar más grave que para un adulto, ya que, en este caso, no se contempla la
suspensión de la pena. “Ello supone que para una falta por sustraer, por ejemplo, un CD de una tienda o por lesionar levemente a alguien se puede imponer privación de libertad”
30
. Los
cambios más significativos se pueden resumir en los siguientes puntos:
- El juez decide si el joven al cumplir los 18 años en un centro de menores, pasa a la
cárcel de adultos. De nuevo las medidas serán desiguales y discriminatorias.
- No se podrá aplicar esta ley a jóvenes de 18 a 21 años, así se deroga la posibilidad de
aplicación en el caso de primeros delitos leves o de circunstancias en las que se
aconseja por el grado de madurez.
- Penas más duras (un año en delitos graves) e incremento del límite máximo de
internamiento (de 8 a 10 años para jóvenes de 16 y 17 años; y de 5 a 6 años para los de
14 y 15).
- La actuación grupal se convierte en agravante, ya que si el menor pertenece a una
banda, grupo, organización o asociación se le puede encarcelar, aunque el delito no
sea grave ni violento (hasta 3 años en el caso de los jóvenes de 14 y 15 años, y hasta 6
años para los de 16 y 17). Se incluye, además de las bandas juveniles, el acoso escolar,
fenómenos mediáticos muy rentables en términos de audiencia, que requieren de un
análisis mucho más profundo.
- Se incrementa el tiempo en el que un menor puede ser sometido a medida cautelar
pese a no haber sido declarado culpable (de 3 meses se pasa a 6 meses, prorrogable a 3
meses más). Esto contraviene los convenios internacionales.
- El menor no podrá entrevistarse con su abogado antes de la declaración, por lo que se
acaba con la garantía de que el menor entienda su situación, contemplada en la
legislación anterior.
En resumen, se endurecen las penas, se crean nuevas figuras delictivas en base a fenómenos
mediáticos, se vulneran derechos internacionales y se consolidan las desigualdades y la
discriminación ante la pena, perjudicando a los menores en peor situación de exclusión, que
serán los que acaben en las cárceles de adultos. La realidad es que las cárceles de menores se
llenan de jóvenes extranjeros que “por su situación irregular en nuestro país y por haber
cometido delitos, son internados, mientras por el mismo hecho, un menor nacional con familia
acogedora tiene más posibilidades de que se le impongan medidas no privativas de libertad”
31
.
Además, muchos de estos jóvenes pasarán directamente a la cárcel de adultos, no por el delito
cometido, sino por su situación personal de abandono o de entorno “problemático”. Es más la
mayoría de jóvenes de 18 años que entren en las cárceles serán los que provengan de estos
centros de menores. Si no, también podrán alimentar la maquinaria del ejército. En Andalucía,
se alegran de que los jóvenes que pasan por Justicia tienen entre sus principales aspiraciones
prepararse para las Fuerzas Armadas
32
. Curioso.
Así, en el caso de la justicia y las prisiones de menores existe una problemática fundamental
añadida a la de las cárceles de adultos: la falta de visibilidad y los eufemismos que esconden
una realidad cruel con efectos devastadores que perpetúa las desigualdades y las situaciones
de exclusión. Aquellos que están inscritos en los círculos de exclusión son los que acabanencerrados y el encierro conlleva marginalidad. Un círculo del que difícilmente se sale. Pero
en el caso de los centros de menores, todo esto se agudiza, porque se mira para otro lado y se
disfraza la realidad, para justificar “el castigo merecido”. Un castigo discriminatorio e
inhumano.
Hay una ignorancia total sobre el tema, alimentada por un discurso basado en los eufemismos
y en el alarmismo, que constituye una imagen social deformada de las cárceles de menores.
Unas prisiones que tienen poco de centros educativos (aunque quizá en los próximos años
asistamos a la transformación de las escuelas en cárceles
33
) y unas “medidas” a las que no se
llaman por su nombre, condenas, que se imponen de manera arbitraria en aras de la
flexibilidad y la adaptación a cada caso. En definitiva, las cárceles de menores son agujeros
negros
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  #17 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:25
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NOTAS:



1
La Ley de Responsabilidad Penal del Menor del año 2000 se modifica en diciembre de 2006 (Ley 08/2006),
para endurecer las penas, como veremos más adelante.
2
SANZ HERMIDA, El Nuevo proceso penal del menor. Ed. Universidad de Castilla-La Mancha, 2002.
3
Este hecho es conocido y reconocido por responsables de centros de menores que ven, sin hacer absolutamente
nada, cómo los jóvenes son visitados por abogados de estas mafias que se esfuerzan, a veces, por recuperar su
“mano de obra” o sus “esclavos sexuales
4
FOUCAULT, M. Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión. Ed. Siglo XXI, Madrid, 2005 (1979).
5
Mariano Rajoy en la última campaña electoral de 2008 pidió la rebaja del límite a los 12 años.
6
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre “La prevención de la delincuencia juvenil, los modos
de tratamiento de la delincuencia juvenil y el papel de la justicia del menor de la Unión Europea”. Bruselas, 15
de marzo de 2006. SOC/202 “La justicia del menor”.
7
MARTÍNEZ-PEREDA, J.M. "Menores privados de libertad en España" en Menores privados de libertad.
Cuadernos de Derecho Judicial. Escuela Judicial/Consejo General del Poder Judicial, Madrid, 1996. p.50.
8
GARCÍA-PABLOS, A. Criminología: una introducción a sus fundamentos teóricos para juristas. Ed. Tirant lo
Blanch, Valencia. 1996, p.269.
9
CEA, Mª.A. La justicia de menores en España. Centro de Investigaciones Sociológicas, Colección
"Monografías" nº127, Madrid, 1992. p.104.
10
NEGRE, P.; SABATÉ, J. Els menors i la justicia. Estudi sociològic. Ed. Hacer, Barcelona, 1991.p.52.
11
Observatorio de la Infancia (2004). Boletín Estadístico. Estadística básica de medidas impuestas a menores
infractores. Madrid, 2003. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, p. 105.
12
http://www.elpais.com/articulo/socie...nimo/lucro/elp
episoc/20060523elpepisoc_3/Tes/
13
http://conlosninosnosejuega.wordpres...lo-cinco-anos/
14
La muerte de Philipp sigue sin resolverse cuatro años después. eldia.es.
15
El País, 16 de junio de 2005.
16
Ya el 28 febrero de 2003 el portavoz adjunto, en ese momento, del Partido Popular en Cataluña, Daniel Sirera,
afirmó tras la muerte de un joven de 17 años en Til.lers (una de la prisiones catalanas) que “desgraciadamente,
éste es un hecho que viene a engordar la ya larga lista de casos”.
17
Existen colectivos que denuncian la situación de los menores en las cárceles y
muchas veces vehiculan sus propias denuncias de tortura y malos tratos. Ver
centrosdemenores.com | contra los centros de menores cerrados
18
Privación de libertad y Derechos Humanos. La tortura y otras formas de violencia institucional. Observatorio
del Sistema Penal y de los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona (coord.). Icaria Editorial, 2008. p.
284. http://www.ub.es/ospdh/category/rece...olncia-institu
19
ROIZ, M. La sociedad persuasora. Control cultural y comunicación de masas. Paidós, Papeles de
comunicación 38, Barcelona, 2002.
20
Portada de La Gaceta de los Negocios (27/12/07).
21
Acabaremos justificando la creación de campamentos de reeducación, como el clausurado en Cataluña, y que
en EE.UU. mueve ya 50 mil millones de dólares con un incremento anual del 25% de negocio.
22
La ley prohíbe la obtención y difusión en los medios de comunicación de imágenes del menor o de datos que
permitan su identificación (intromisión ilegítima con independencia de la veracidad o no de la información).
23
http://www20.gencat.cat/docs/Justici...juliol2008.pdf

24
CAMPS, J; CANO, T: “Incidència de l’aplicació d’un programa de control de la conducta violenta en joves
infractors”. Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especialitzada del Departament de Justicia de la Generalitat de
Catalunya, 2006.
25
La Vanguardia, 6 de septiembre de 2006, p. 29
26
El País, 3 de noviembre de 2006, p. 48
27
http://www.ijjo.org
28
FERRAJOLI, L. Derecho y Razón. Teoría del Garantismo Penal. Ed. Trotta, Madrid, 1995.
29
Ley Orgánica 8/2006. BOE núm. 290, martes 5 de diciembre de 2006.
30
OSPDH. Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la Universitat de Barcelona. Estudio sobre la
lógica de funcionamiento en la aplicación de medidas no privativas de libertad en el sistema de justicia Juvenil
en Cataluña, 2007, pág.106. OSPDH
31
OSPDH (2007:108).
32
http://www.abcdesevilla.es/20081228/...sercion-junta-
200812271907.html
33
En los últimos años hemos visto en las noticias como algunos centros educativos apuestan por la seguridad
privada y por la instalación de cámaras de seguridad en los colegios. Además, hay iniciativas de los cuerpos de
seguridad del Estado como la creación de patrullas especiales que vigilan los alrededores de los colegios e
institutos (un ejemplo es el caso de la Comunidad de Madrid, según múltiples noticias-“publireportajes” de
Telemadrid).
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  #18 (permalink)  
Antiguo 26-feb-2012, 22:37
Avatar de Yalta00
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Visto lo visto, la privatización de servicios en general sirve, en teoría, para que el Estado se ahorre un pastiche, pero, ¿para qué queremos ahorrarnos ese pastiche?¿para construir megaproyectos megalómanos porque nosotros lo valemos como aeropuertos fantasma, trenes de alta velocidad vacíos o autopistas radiales? Y eso por no hablar de lo que no repercute en nada a la sociedad (al menos los anteriores lo hacen de forma nominal) como los recursos que acaban en los mangonetis profesionales que tenemos por líderes.
Sinceramente, no lo veo.
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Estos usuarios dan las gracias a Yalta00 por su mensaje:
  #19 (permalink)  
Antiguo 27-feb-2012, 03:54
Avatar de Eremita
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Que se dejen de chorradas y permitan la venganza privada hacia los culpables. Los buenistas que perdonen y los que sean como yo, un saco una goma del butano y se hará justicia.
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abre, castigo, del, endurece, gobierno, ley, menor, privatización, propuesta, puerta, rajoy, reforma

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