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| Pues ante los secuaces de Rubalcaba, peor me lo pones
__________________ "Prefiero la bala marxista a la palmadita derechoide, pues es cien veces mejor morir de bala que morir de náuseas" |
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| Negativo, fueron citados por la Fiscalía
__________________ ![]() En contra de la fisión nuclear desde mi primera partida con meltdown en Simcity. |
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| Putin, Rebienvenido... pero te veo flojo, la verdad. ¿A qué te refieres con "mi" definición de sedición? ¿Va a tener un servidor una definición propia?. ¿Que "gente que verdaderamente sabe de leyes" (supongo que te referirás a algún magistrado... y como son "gente", a varios) "ha dejado clara la inconstitucionalidad del estado de alarma"? Enlace, por favor. Ya. Pero esto no tiene que ver nada con que la actuación de los controladores fuera impresentable. Tienes razón, pero no creo que tenga que ver con mis (ciertamente deterioradas) neuronas. Simplemente, me fié del link que di, que decía que los artículos relativos al tema (en ese momento, se hablaba de "delito colectivo"), eran los que puse: ![]() Por cierto, me pones los artículos que se refieren al delito de sedición, cuando los artículos que -erróneamente, por la causa mencionada- puse yo... eran los que un servidor creía referidos al tema del "delito colectivo" (por lo que tu corrección no corrige el error, habla de otra cosa) Te constestan en el post anterior al tuyo cuál es la Ley relativa al caso. No el CP, si no la de Navegación Aérea. Vuelvo a insistir que, al menos un servidor critica la indiscutiblemente muy criticable actuación de los controladores, sin meterme en si la actuación del Gobierno fue correcta o no. Y las respuestas que recibimos son en su mayoría "Y el Gobierno más", respuesta que cual se puede considerar falaz (Ignoratio Elenchi). Y eso que, al menos en mi caso, no he defendido al Gobierno (como la mayoría de conforeros que critican la actuación de los controladores). Última edición por quevagosoy; 11-dic-2010 a las 00:41 |
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| Esto sí que es rebobinar, cómo pedaleas p'atrás... de sediciosos pasamos a impresentables.. ¿Con qué pena castiga la legislación española el "delito" de impresentabilidad, tú que tanto sabes? |
| Estos usuarios dan las gracias a PutinReReloaded por su mensaje: | ||
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| Espera, espera... creo que se te ha olvidado quotear y responder a las cuestiones que te planteo. A ver, repasemos... sí, vaya, qué casualidad. No respondes ¿por? Se leen bien, no necesito volver a escribirlas. Un saludo, señor. |
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| Que mencioné en el mismo mensaje, un poco más abajo, al no ser aplicable el Código Penal, al que tú te referías al hablar de delito colectivo, y que, de nuevo te pido que revises lo que pusiste, ponía como ejemplos los delitos de sedición y conspiración, haciendo referencia a ellos como el 123 y el 126. (No es que esos artículos hablaran del delito colectivo, sino que eran los artículos que tipificaban esos dos delitos concretos, usados como ejemplo de delito colectivo, en alguna redacción antigua de C.P.) Vuelvo a insistir que, al menos un servidor critica la indiscutiblemente muy criticable actuación de los controladores, sin meterme en si la actuación del Gobierno fue correcta o no. Muy bien, entiendo tús críticas a los controladores y que quieras seguir diseccionando cada ilegalidad cometida por ellos. Pero respeta a aquellos a los que nos la suda lo hecho por los controladores (como si fueran barrenderos, panaderos o canguros, por mi que los despidan por no ir a trabajar, como harían conmigo sin dudar y sin dejar de aplicarme, esta vez sí, el Código Penal) y nos alarma profundamente la actuación del gobierno, antes, durante y después de la "crisis de los controladores" (vamos, el viernes por la mañana, el viernes por la tarde-noche y el sábado por la mañana) No creo que una cosa quite a la otra, ni que criticar a unos sea defender a los otros.
__________________ ![]() En contra de la fisión nuclear desde mi primera partida con meltdown en Simcity. Última edición por Optimista bien informado; 11-dic-2010 a las 01:11 |
| Estos 4 usuarios dan las gracias a Optimista bien informado por su mensaje: | ||
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Que mencioné en el mismo mensaje, un poco más abajo, al no ser aplicable el Código Penal, al que tú te referías al hablar de delito colectivo, y que, de nuevo te pido que revises lo que pusiste, ponía como ejemplos los delitos de sedición y conspiración, haciendo referencia a ellos como el 123 y el 126. (No es que esos artículos hablaran del delito colectivo, sino que eran los artículos que tipificaban esos dos delitos concretos, usados como ejemplo de delito colectivo, en alguna redacción antigua de C.P.) Alto, para lo que dije... ![]() He chafardeado un poco con google y, sorpresa, sorpresa... adivina donde se mencionan los delitos de sedición y conspiración incardinados en los artículos 123 y 126, respectivamente, del código penal tal cual tu comentabas... http://www.ipic.org.pe/doc/CODIGO_PENAL_BOLIVIANO.doc ¿Entiendes a qué me refería cuando dije que hay que revisar los argumentos que se enlazan?
__________________ ![]() En contra de la fisión nuclear desde mi primera partida con meltdown en Simcity. Última edición por Optimista bien informado; 11-dic-2010 a las 01:34 |
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| jojojo.... veamos la superpregunta de este enteradillo: él solito contra Jesús Navarro Jiménez, abogado, militar y presidente de la FAME y otros nombres que si no fueses tan vago están en titulares de los hilos de este subforo. Ya te los cebo yo en cucharilla de plata, para que no muevas ni un dedo: Juristas que se han pronunciado a favor de la legalidad de la declaración del estado de alarma: Gente que sabe de leyes... un concepto que te deja a ti tirado en la cuneta de la opinión. Todo ser pensante ha reconocido en la SECESIÓN del gobierno la Luna y en los controladores (o farmacéuticos, maestros, conductores de tren, etc...) el dedo al que tú te has quedado mirando con insistencia y estupefacción Última edición por PutinReReloaded; 11-dic-2010 a las 10:45 |
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| Los jueces cuestionan que se aplique «una ley franquista» La Ley Penal de Navegación Aérea «es una legislación que tiene su sentido en el contexto en que se promulgó: la dictadura», sostiene JpD MADRID La aplicación a los controladores que abandonaron sus puestos de trabajo el pasado viernes y causaron el caos del delito de sedición previsto en la Ley Penal de la Navegación Aérea, aprobada en 1964, en plena dictadura franquista, aunque posteriormente «confirmada» por el poder democrático –con leves modificaciones procesales– es más que cuestionada por los propios jueces e incluso por gran parte de fiscales. José Luis Ramírez, portavoz de Jueces para la Democracia, señaló, en declaraciones a LA RAZÓN, que la «opción» elegida por la Fiscalía, la aplicación de la citada ley, plantea el «problema de que es preconstitucional y establece penas que parecen desproporcionadas –hasta ocho años de cárcel– y es una legislación que tiene su sentido en el contexto en que se promulgó: la dictadura de Franco, pero no ahora». Por ello, ve necesario adecuar la legislación especial, como ésta, al Estado constitucional, aunque ahora la citada ley está plenamente vigente. En esta línea, compartió la decisión del Gobierno de decretar el Estado de Alarma , «pero la respuesta penal tiene que ser proporcionada, y la legislación –que se aplique–, también», porque en la Ley Penal de Navegación Aérea se establece penas para estos hechos «que son equivalentes, por ejemplo, a un delito de violación». Por ello, consideró «razonable» la posibilidad de aplicarse el articulo 409 del Código Penal, en el que se castiga con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años a los funcionarios públicos «que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público». Y, junto a ello, es posible exigir indemnizaciones por los daños causados. En todo caso, concluyó el portavoz de JpD, «se trata de una cuestión jurídica» en la que la Fiscalía ha optado por una determinada interpretación. Por su parte, José Antonio Ballesteros, miembro de la Ejecutiva de la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura, destacó que una vez instaurada la democracia, el legislador, «conscientemente» ha mantenido en vigor la citada ley, por lo que forma parte del ordenamiento jurídica. Así, destacó que la pregunta que hay que realizarse es «por qué el legislador democrático ha mantenido en vigor una ley netamente franquista, sobre todo porque existen normas poscontitucionales con las que se puede hacer frente a situaciones» como las registradas. La democracia, afirmó, «no está inerme frente a situaciones límites y conflictivas» como las vividas. Pero, además, destacó que «antes de llegarse a utilizarse instrumentos meramente punitivos, el Derecho tiene también un elenco de posibilidades para sancionar conductas como la de los controladores, sin tener que llegar a la vía penal». Pero estas dudas no las albergan sólo los jueces. La Asociación de Fiscales (AF) tampoco parece tener muy claro qué legislación es que se debe aplicar en estos hechos. «Debe ser el Ministerio Fiscal, previa valoración -discusión- de su pertinencia jurídica» y «en última instancia los tribunales» quienes determinen si es de aplicación «una norma preconstitucional –la Ley Penal de Navegación Aérea– o el Código Penal de 1995», afirma la AF. Pumpido y el Gobierno Por otro lado, las asociaciones judiciales consideraron «normal» la presencia del fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, en el Consejo de Ministros donde se decretó el Estado de Alarma. «Se trataba de adoptar una decisión de carácter jurídico y la Fiscalía es el instrumento que tiene el Gobierno para relacionarse con los tribunales», señaló el portavoz de JpD. Sin embargo, la APM ve en esa presencia «una razón más que evidente de que a este Ministerio Público no se le puede otorgar la instrucción de las causas, porque se demuestra que es un instrumento del Gobierno, y la prueba es que estaba allí, en el Consejo de Ministros». Los jueces cuestionan que se aplique «una ley franquista» |
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Los jueces cuestionan que se aplique «una ley franquista» Me da la impresión de que todos quieren quitarse el muerto de encima y tratan de pasar la pelota al Tribunal Constitucional. Al final no va a pasar nada, ni para los controladores ni para el gobierno. Y no va a pasar nada porque ya se están dando indicios de por donde va a ir el asunto: Falta de proporcionalidad, ya sea en la pena, ya sea en los medios. Al tiempo. |
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