Valencia y zona metropolitana: Recurso contra la TAMER

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Desde Medio Ambiente y Jurídica de Acampada Valencia nos proponen recurrir la subida de las tasas de basuras y demás. Os dejo la información por si a alguien de la zona le interesa:


Recurso contra la TAMER - Actuable

https://n-1.cc/pg/file/read/1128194/recurso-contra-tasa-tamer

A TODOS los afectados por la Tasa TAMER. Tasa Metropolitana por el Servicio de Tratamiento y Eliminación de Residuos Urbanos

A continuación texto del recurso a interponer contra el Emtre. Si eres vecino de:

Alaquàs, Albal, Albalat dels Sorells, Alboraya, Albuixech, Alcàsser, Aldaia, Alfafar, Alfara del Patriarca, Almàssera, Benetússer, Beniparrell, Bonrepòs i Mirambell, Burjassot, Catarroja, Emperador, Foios, Godella, Lugar Nuevo de la Corona, Manises, Massalfassar, Massamagrell, Massanassa, Meliana, Mislata, Moncada, Museros, Paiporta, Paterna, Picanya, Picassent, la Pobla de Farnals, Puçol, Puig, Quart de Poblet, Rafelbuñol, Rocafort, San Antonio de Benagéber, Sedaví, Silla, Tavernes Blanques, Torrent, Valencia, Vinalesa y Xirivella.

Puedes interponer recurso contra el EMTRE en oposición a la regulación de la tasa correspondiente al tratamiento de los residuos.
Intrucciones:
1. Rellenar los apartados en blanco con
- tus datos personales,
- en la alegación primera tendrás que poner el nombre de la entidad que emite los recibos del agua (en cada municipio es uno, fijate en la factura)
- junto al escrito presentarás fotocopia de los recibos que has anotado en la alegación primera
- cuando presentes el escrito, lleva copia del mismo, para que te lo sellen a su presentación

2. Puedes presentarlo en:
- la sede física del Emtre o en cualquier estafeta de correos a la siguiente dirección:
Plaza del Ayuntamiento 9, 2° 46002. Valencia
Tfno: 963 53 37 90

A continuación el recurso, si tienes problemas para su elaboración, tienes el archivo en formato word en la siguiente dirección:

https://n-1.cc/pg/file/read/1128194/recurso-contra-tasa-tamer

A LA ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS (EMTRE)

D___________________________________con D.N.I./N.I.F. nº ________________ y domicilio a efectos de notificaciones en ___________________c/,_______________________________________Nº ______PTA_______ como mejor proceda en derecho expongo:

Que por el presente escrito, y conforme a lo dispuesto en el art. 3 de la Orden de 22 de marzo de 1991, en relación con el art. 32 y 34.1.b de la vigente Ley General Tributaria, paso a interponer solicitud de ingresos indebidos en relación con la Tasa Metropolitana por el Servicio de Tratamiento y Eliminación de Residuos Urbanos (TAMER), por una cantidad de______________€ y conforme expondremos en las siguientes:
ALEGACIONES
PRIMERA: El compareciente ha abonado mediante los recibos de agua que emite la entidad ____________________, entre otros, sin perjuicio de ulterior ampliación de la presente solicitud, los siguientes importes en concepto de EMTRE –TAMER:

FECHA DE RECIBO IMPORTE EMTRE –TAMER:






SEGUNDA: Que los importes arriba mencionados ni han sido liquidados por el compareciente ni este ha autorizado a la empresa cobradora del recibo de suministro de agua, para practicar liquidación alguna en mi nombre y/o efectuar pago alguno en relación al citado Tributo, todo ello con vulneración a lo dispuesto en el art. 92.3.e) de la Ley .
Artículo 92. Colaboración social.
1. Los interesados podrán colaborar en la aplicación de los tributos en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen.
2. En particular, dicha colaboración podrá instrumentarse a través de acuerdos de la Administración tributaria con otras Administraciones públicas, con entidades privadas o con instituciones u organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales.
3. La colaboración social en la aplicación de los tributos podrá referirse, entre otros, a los siguientes aspectos:
a. Realización de estudios o informes relacionados con la elaboración y aplicación de disposiciones generales y con la aplicación de los medios a que se refieren los párrafos b y c del apartado 1 del artículo 57 de esta Ley.
b. Campañas de información y difusión.
c. Simplificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
d. Asistencia en la realización de autoliquidaciones, declaraciones y comunicaciones y en su correcta cumplimentación.
e. Presentación y remisión a la Administración tributaria de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria, previa autorización de los obligados tributarios.
f. Subsanación de defectos, previa autorización de los obligados tributarios.
g. Información del estado de tramitación de las devoluciones y reembolsos, previa autorización de los obligados tributarios.
h. Solicitud y obtención de certificados tributarios, previa autorización de los obligados tributarios.
4. La Administración tributaria podrá señalar los requisitos y condiciones para que la colaboración social se realice mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
Por ello el importe total cobrado indebidamente asciende a la suma de los recibos arriba mencionados. Sin renuncia a la reclamación de los anteriores y/o posteriores pagos realizados por ese concepto, prescindiendo de mi autorización expresa.
(Se adjunta como documento numero Uno Pliego de los recibos)
TERCERO: Que sin perjuicio de lo anterior nos hallamos ante una Tasa cuya regulación por ese ente y en particular la dada en la modificación aprobada el 28/09/2011, de la O.Fiscal ha supuesto una desvinculación de la cuota tributaria respecto del hecho imponible de la misma, pues realiza el cálculo de dicha cuota al margen del coste de la prestación del servicio para cuya finalidad fue prevista la Tasa y todo ello con vulneración del art. 24 del TRLRHL (R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo). En relación con el arts. 13 y 19 de la Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos.
CUARTO.- A mayor abundamiento y en contravención de lo dispuesto en el art. 102.3 de la Ley General Tributaria y en relación con lo previsto igualmente en la Ley de Haciendas Locales.
Por ello se ha producido una grave indefensión en general a los afectados y evidente al que suscribe, habida cuenta de que han sido vulnerados el deber de buena fe y confianza legitima del art. 3.1 de ley 30/1992 de RJAPYPAC en relación con el art. 7 y 3.1 del Código Civil.
QUINTO.- Es igualmente necesario señalar y destacar a esa entidad que ya los tribunales de justicia se han pronunciado al respecto de la ilicitud de la Tasa respecto, principalmente a lo alegado en nuestra Alegación Segunda y en relación al resto de alegaciones una a una la reiterada jurisprudencia mantenida por los Altos Tribunales, incluso el TC, y los de Instancia.
Por todo ello,
SOLICITO que tenga por presentado este escrito con sus copias y documentos, lo admita a trámite, y acuerde la devolución al contribuyente compareciente de la cantidad de ___________€ en concepto de ingresos indebidos, conforme al cuerpo del mismo.

TAMBIÉN DIGO: que a los efectos de operar la devolución solicitada, intereso que la misma se practique en la siguiente cuenta bancaria de la entidad “________________________________________”
CCC: _____/_____/___/___________

En su virtud,
SOLICITO que tengan por designada la cuenta bancaria arriba expresada a efectos de practicar la devolución de ingresos indebidos aquí solicitada.
En _________________, a ______/ de ______________ de 2012.

ENTIDAD METROPOLITANA PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS
PLAZA AYUNTAMIENTO Nº 9-2º 46002 VALENCIA
 

barbablanca

Madmaxista
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Por mi parte gracias, muy útil,
mi factura anterior, ya con aumento 76 euritos,
piso de 60m. vivo con mi compañera, dos duchas, y los platos a la noche.
A,y alguna tirada de cadena.....es que ya no se podra ni:(