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cuando se ejecuta la hipoteca se cancelan los asientos posteriores en el registro de la propiedad, por lo que aunque el contrato hubiera entrado en el registro, únicamente se podría disfrutar del alquiler los 5 años que dice la LAU y eso, si no se declara el contrato como nulo por fraude de ley! Bueno, con 5 años me apaño, lo que no tenía yo preparado es un plan de emergencia para vaciar mi casa en dos meses. |
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| ¿y no sería "fraude de ley" haber obtenido el 70% de la vivienda en territorio español mediante dudosas operaciones de compra-venta mediante créditos hipotecarios fácilmente ejecutables? |
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| Lo incomprensible es que si una empresa cualquiera (con el simple capital mínimo) quiebra... los dueños se van de rositas solo palmando lo puesto a nombre de la empresa. Y aquí nadie habla de que el deudor ha "socializado la deuda" o que si es un pepito desgraciado que ha "cagado" más alto de lo que le llega el culo. Si un particular-familia quiebra, se convierte en un esclavo, incapaz de obtener propiedad alguna y de por vida con ingresos intervenidos. Y si se evita tal cosa (por ejemplo dándole el mismo trato que a una sociedad limitada cualquiera) se nos "caería el sistema", sería una irresponsabilidad y el fin de los tiempos... El fondo del tema es ese. Mucho hipócrita.
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| A mi me da acampada santander es una de los perroflautas que campaba por alli horjanizando haqello presumiendo que era trader y mirandome asi cuando le di un manifiesto.Me corrija el/la forarer@
__________________ ![]() Todo lo que digáis que somos lo somos y aún peor, gritamos al yanqui de turno y después matamos por un dolar mas. |
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| ¿De verdad son abogados los que han "inventado" eso de blindarse con un alquiler POSTERIOR a la hipoteca? ![]() Cosas veredes, Mìo Cid... |
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| Artículo 650. Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de bienes. 4. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 50 % del avalúo, podrá el ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 50 % del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante. Esta es la única salvación de un ejecutado.
__________________ "Las leyes son como las telarañas: los insectos pequeños quedan atrapados en ellas, los grandes las rompen." (Anacarsis, el escita, a Solon, el jurista griego, s. VII a.C.) |
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Artículo 650. Aprobación del remate. Pago. Adjudicación de bienes. ¿es esto explicable en cristiano? Gracias. ---------- Mensaje añadido a las 22:13 ---------- El original se escribió a las 22:05 ---------- ¿cómo le pagas el alquiler al banco una vez que el banco es el dueño? |
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| banco, fácil, otro sucnor, pagar lo que debes, parece, tan, vivienda, ¡como, ¿será |
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