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Antiguo 24-nov-2008, 14:43
Avatar de El exclavizador de mentes
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laverdad.es - Murcia - REGIÓN - Sólo el 16% de las denuncias por delitos sexuales son ciertas

REGIÓN MURCIA
Sólo el 16% de las denuncias por delitos sexuales son ciertas
La Memoria 2005 del Instituto de Medicina Legal recoge que de las 117 agresiones de este tipo registradas el año pasado sólo 19 eran verdad
CRISTINA GARCÍA/MURCIA

La Memoria 2005 del Instituto de Medicina Legal de Murcia (IML) recoge datos escalofriantes, en general, pero muy particularmente en lo que se refiere a la veracidad de los delitos sexuales denunciados. El documento lo presentaba ayer en la sede del centro su director, Emilio Pérez Pujol; la subdirectora del centro, María del Mar Juan García, y el médico forense Antonio Rubio Díaz.

Según las cifras recogidas en la Memoria sólo el 16% de los reconocimientos periciales (requeridos por los juzgados) realizados a supuestas víctimas de un delito sexual son verdad. Es decir, el 84% de estas denuncias son falsas.

Pérez Pujol destacó que estas cifras se mantienen en el tiempo sin sufrir grandes variaciones y añadió que desgraciadamente las denuncias de estas características son utilizadas en ocasiones por personas que esperan beneficiarse de estas acusaciones en el caso de que prosperasen.

En total, el IML realizó 117 reconocimientos a supuestas víctimas de delitos sexuales en 2005, un 21,4% menos que en 2004. Otro de los datos llamativos a este respecto es que la mayoría de las denuncias -40 de ellas- respondieron a personas de entre 11 y 20 años y el siguiente grupo de edad más afectado es el de los menores de 10 años, con 26. Casi el 90% de las víctimas fueron mujeres.

Asimismo, casi el 20% de estas acusaciones era por tocamientos y el 30% por penetración vaginal. Además, más del 56% no presentaban signos externos de haber sufrido una agresión sexual.

DELITOS SEXUALES
2005

Total: 117 periciales. 19 verdaderas.

Por sexo: 89% mujeres y 11% hombres.

Por edades: Menores de 10 años (26); entre 11 y 20 (40); entre 21 y 30 (22); entre 31 y 40 (10); entre 41 y 50 (6); entre 51 y 60 (1).

Por tipo de agresión: Tocamientos (23), penetración vaginal (35), penetración anal (8), penetración bucal (6).

2004

Total: 149 periciales.

Por sexo: 86% mujeres y 14% hombres.

Por edades: Menores de 10 años (23); entre 11 y 20 (40); entre 21 y 30 (29); entre 31 y 40 (15); entre 41 y 50 (9); entre 51 y 60 (3); entre 61 y 70 (4), y entre 71 y 80 (1).

Por tipo de agresión: Tocamientos (30), penetración vaginal (49), penetración anal (12), bucal (3).
__________________

ante la maltratadora toleranzia zero

condena media para un hombre que mata a su mujer: 17 años

condena media para una mujer que mata a su marido: 3,5 años

las mujeres cometen el 25% de los delitos pero son solo el 8% de los presos
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Antiguo 26-nov-2008, 10:12
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Iniciado por El exclavizador de mentes Ver Mensaje
laverdad.es - Murcia - REGIÓN - Sólo el 16% de las denuncias por delitos sexuales son ciertas

REGIÓN MURCIA
Sólo el 16% de las denuncias por delitos sexuales son ciertas
La Memoria 2005 del Instituto de Medicina Legal recoge que de las 117 agresiones de este tipo registradas el año pasado sólo 19 eran verdad
CRISTINA GARCÍA/MURCIA

La Memoria 2005 del Instituto de Medicina Legal de Murcia (IML) recoge datos escalofriantes, en general, pero muy particularmente en lo que se refiere a la veracidad de los delitos sexuales denunciados. El documento lo presentaba ayer en la sede del centro su director, Emilio Pérez Pujol; la subdirectora del centro, María del Mar Juan García, y el médico forense Antonio Rubio Díaz.

Según las cifras recogidas en la Memoria sólo el 16% de los reconocimientos periciales (requeridos por los juzgados) realizados a supuestas víctimas de un delito sexual son verdad. Es decir, el 84% de estas denuncias son falsas.

Pérez Pujol destacó que estas cifras se mantienen en el tiempo sin sufrir grandes variaciones y añadió que desgraciadamente las denuncias de estas características son utilizadas en ocasiones por personas que esperan beneficiarse de estas acusaciones en el caso de que prosperasen.

En total, el IML realizó 117 reconocimientos a supuestas víctimas de delitos sexuales en 2005, un 21,4% menos que en 2004. Otro de los datos llamativos a este respecto es que la mayoría de las denuncias -40 de ellas- respondieron a personas de entre 11 y 20 años y el siguiente grupo de edad más afectado es el de los menores de 10 años, con 26. Casi el 90% de las víctimas fueron mujeres.

Asimismo, casi el 20% de estas acusaciones era por tocamientos y el 30% por penetración vaginal. Además, más del 56% no presentaban signos externos de haber sufrido una agresión sexual.

DELITOS SEXUALES
2005

Total: 117 periciales. 19 verdaderas.

Por sexo: 89% mujeres y 11% hombres.

Por edades: Menores de 10 años (26); entre 11 y 20 (40); entre 21 y 30 (22); entre 31 y 40 (10); entre 41 y 50 (6); entre 51 y 60 (1).

Por tipo de agresión: Tocamientos (23), penetración vaginal (35), penetración anal (8), penetración bucal (6).

2004

Total: 149 periciales.

Por sexo: 86% mujeres y 14% hombres.

Por edades: Menores de 10 años (23); entre 11 y 20 (40); entre 21 y 30 (29); entre 31 y 40 (15); entre 41 y 50 (9); entre 51 y 60 (3); entre 61 y 70 (4), y entre 71 y 80 (1).

Por tipo de agresión: Tocamientos (30), penetración vaginal (49), penetración anal (12), bucal (3).

Joooooodeeeerrrr, asi nos va. Y nos comen el coco con lo malos que somos...
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Iniciado por nefernef Ver Mensaje
Si la chiquilla esta es inteligente, tendrá el crío y desplumarán al pájaro entre ella y la legítima.

Ninguna pena me da, el tema lo he visto varias veces (a otro nivel, pero el mismo arquetipo) y hay un único culpable, el gilipollas que con todo en la vida para vivirla bien, jode a su familia por puro egoismo)



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Antiguo 26-nov-2008, 13:34
Avatar de unmediocremas
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El delito de violación debería condenarse con cadena perpetua y la acusación falsa del mismo también.
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  #4 (permalink)  
Antiguo 26-nov-2008, 14:12
Avatar de perezpzz
Polemico
 
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Tengo la Solución, chin pon.
Una Lotería especifica, con premios de viviendas. 300.000 € de premio al numero, de billete y serie, al ser con Notario destinada a la adquisición de vivienda, a salido del mercado de pasivos y se continua construyendo. " El sobrante si le hay en metálico. Plazo de reventa 2 meses. "
No es serio que sea el azar el que de la oportunidad a los jóvenes y no tan jóvenes de darles una salida de futuro.
En vez de por su esfuerzo y preparación.
El azar si puede contribuir a ganar las elecciones con 400 € de premio.
En la Lotería de Navidad se reparten 2000 millones de euros en una lotería especifica vivienda serian 1/4 1000 viviendas al mes, a los que les toque se pueden comprar el coche y tener hijos.
Serian mil números premiados, la dificultad de mirarlos les haría quedarse con premios sin recoger.
Jubilados, pasando a ser arrendadores, aumentando su nivel de vida. ( Reventa de esa vivienda, a precio de mercado. )
Los que le dan al pocero los 100 € de paga y señal para su vivienda, mientras jugarían, por si las moscas.
El tocomocho de las VPO, por sorteo ya no seria TOCOMOCHO. Se las pueden comprar en la Ciudad.
Los primeros que se las sacarían, serian los Bancos, los depositarios de el cupón premiado, en vez de ofrecer inversiones, a los afortunados. Volviendo a coger liquiden de sus inmovilizados. ( El caso de la Lotería de Navidad )

11 meses al año, respetando a los sorteos ordinarios y a la de Navidad, por ser la tradicional.

Por cada despido en el sector del la fabricación del automóviles 4 de empresas auxiliares.
Que por cojones tienen que hacer piquetes y enfrentarse a la Policía.
¿ PORQUE ?: Por la violencia de genero, malos tratos, se puede evitar darla de palos a su mujer, cuando le lleguen los problemas y le llame calzonazos, y si no te da vergüenza, de estar en esta situación.
El salir en la televisión con los enfrentamientos, le puede evitar el llegar a esa situación.

El que los de la Protección Oficial les lié, con la denominación, les metan con los 600 € y coche no es su problema.
Sera cosa de la selección de la especie.


No te rías, que es la Lotería.
__________________

Sin más y sin menos.
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Antiguo 26-nov-2008, 14:22
Avatar de Minicachalote
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Artículo 456.

1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:

1.

Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2.

Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3.

Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.

2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.
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Antiguo 26-nov-2008, 14:57
Avatar de Benditaliquidez
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Iniciado por Minicachalote Ver Mensaje
Artículo 456.

1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:

1.

Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2.

Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3.

Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.

2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.

Salvo que 350 amigotes voten a favor de otra ley que diga exactamente lo contrario...
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  #7 (permalink)  
Antiguo 27-nov-2008, 23:12
Avatar de El exclavizador de mentes
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Absuelto un acusado de violacin porque el tribunal cree que hubo consentimiento

Absuelto un acusado de violación porque el tribunal cree que hubo consentimiento

La Audiencia destaca en la sentencia que la pareja mantenía relaciones sexuales de vez en cuando
La Voz 27/11/2008




Las múltiples dudas sobre lo que ocurrió en la madrugada del 18 de agosto de 2007 en una finca próxima a la discoteca de Muimenta llevaron al tribunal de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo a exculpar del delito de agresión sexual que le imputaba el fiscal a Ricardo Comba Álvarez, de 25 años, natural de Baleira. La acusación pública llegó a solicitarle un total de ocho años por considerar que forzó sexualmente a una amiga, sin embargo la sentencia destaca que no quedó acreditado que «la misma se llevase a cabo contra la voluntad de la víctima».

El fallo solo refleja como probado que los jóvenes se encontraron en el interior de la discoteca chairega. Los dos tenían cierta amistad y ya en anteriores ocasiones habían mantenido relaciones sexuales.

La pareja salió del interior del establecimiento y se dirigió hasta una finca que estaba cerrada con un alambre y un cordón de pastor eléctrico, a unos 300 metros de la sala de fiestas. En ese lugar mantuvieron relaciones sexuales.

La joven presentó lesiones consistentes en excoriaciones lineales en la cara anterior de ambos muslos, en el tobillo y brazo derecho, así como otras lesiones. Dice el fallo que, la muchacha, tras dudar inicialmente sobre la oportunidad de prestar una denuncia, acabó formulando. A posteriori decidió no mostrarse parte y renunciar a cualquier indemnización que por los hechos pudiera corresponderle.

El fiscal mantenía que, una vez en la finca, él tiró al suelo a la muchacha y, con el ánimo de satisfacer sus instintos libidinosos, le quitó la ropa interior. La presunta víctima, según la acusación, intentó resistirse sin fuerza por estar bebida.

La declaración, determinante

Dice el tribunal que en este tipo de delito de agresión sexual, la declaración de la víctima «se alza como determinante para lograr una convicción condenatoria». En el presente caso, recuerda el fallo, la joven dice que las relaciones no fueron consentidas y «mantiene tal alegato» a lo largo de la instrucción y en el acto de la vista, «pero frente a tal testimonio, existen pruebas que ponen en duda la contundencia de su relato, y datos de carácter periférico que ponen en duda la agresión denunciada».

Los dos mantenían relaciones sexuales de vez en cuando y lo hacían de forma similar, es decir quedaban en lugares diferentes según la oportunidad.

No quedó acreditado la razón por la que el 18 de agosto del año pasado salieron de la discoteca, si fumar un pitillo o mantener relaciones. Lo cierto es que fueron al prado y que la joven sufrió lesiones «que no se corresponden con lo relatado por la víctima». El tribunal tampoco apreció ninguna herida compatible con el relato de la mujer relativo al modo en que fue agarrada por los brazos y por las muñecas.
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condena media para un hombre que mata a su mujer: 17 años

condena media para una mujer que mata a su marido: 3,5 años

las mujeres cometen el 25% de los delitos pero son solo el 8% de los presos
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Antiguo 27-nov-2008, 23:14
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Absuelto por falta de pruebas el acusado de violar a su ex pareja con una zanahoria - Sucesos - INFORMACION.es

ELCHE
Absuelto por falta de pruebas el acusado de violar a su ex pareja con una zanahoria


La Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto por falta de pruebas al hombre acusado de violar a su ex pareja en Elche con una zanahoria el 29 de octubre de 2005. La víctima se había negado a declarar contra su ex pareja en el juicio, por lo que la declaración que hizo en su día a los policías no tenía validez como prueba. Era la segunda vez que se celebraba este juicio, ya que el Supremo anuló el anterior porque entendía que la víctima estaba obligada a declarar contra su agresor porque no eran ya pareja. En este nuevo juicio, la víctima presentó un certificado de empadronamiento en el que decía que había vuelto a vivir con el acusado.
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