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| | Herramientas | Desplegado |
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| A ver como lo veis: Vigilante auxiliar, 1 dia libre a la semana, 6 dias de curro a 8 horas el dia: Unos 850€ limpios aunque tal vez sean más, tal vez menos, pero en principio si las cuentas no me salen mal el sueldo esta en el entorno de los 800 por esas 8 horas diarias, unas 200 al mes ![]() Trabajo a 10 km de casa, a las 16:00 ya he acabado, posiblemente el trabajo más aburrido del mundo, estar de pie, dar vueltas...aunque no hay que doblar la espalda pero se me va a hacer eterno. ¿Lo bueno? Al estudiar a distancia no tengo problemas en ese sentido, tengo la tarde/noche a partir de las 16:00 para estudiar y que en verano podria hacer otro trabajo de media jornada. Siendo un casapapi el sueldo es practicamente íntegro para mi, quitando la gasolina. Teniendo en cuenta que solo tengo el graduado escolar, tampoco puedo aspirar a mucho más realmente, pero en fin, espero poder ahorrar unos pocos miles de € y en menos de medio año irme a currar a UK antes de hacer la PAU. Última edición por Oikonomia.; 13-abr-2012 a las 20:21 |
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| no lo se.. pero poleeeeeeeeee |
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| ahora si!! ya quisieran muchos estudiantes y no tan estudiantes pillar ese trabajo no lo llames exclavitud, llamalo bendicion !! |
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| Hombre, si tienes que andar 10 km. para ir a trabajar, es mejor que lleves agua en lugar de gasolina... o mejor una bici, que te lleva el mismo tiempo que si fueras en coche.
__________________ "Cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen pierden el respeto" (Lichtemberg) |
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A ver como lo veis: Vigilante auxiliar, 1 dia libre a la semana, 6 dias de curro a 8 horas el dia: Unos 850€ limpios ¿Sabes que careces de requisitos e infringes la ley de seguridad privada? |
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| Y pensar que hace poco el término mileurista era casi insultante..... Agarra el curro que la cosa está mu malita.
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| LLevo dos años sin trabajar y necesito pasta, pero no sé si aceptaría eso. Imagino que trabajaría dos meses y prou |
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| La Ley 23/1992 dice: Artículo 10. Redacción según Real Decreto-ley 2/1999, de 29 de enero. Redacción según Real Decreto-ley 8/2007, de 14 de septiembre. 1. Para el ejercicio de las funciones de seguridad privada, el personal al que se refiere el artículo 1, apartado 2, de esta Ley, habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior, con el carácter de autorización administrativa, en expediente que se instruirá a instancia del propio interesado. 2. Para la obtención de la habilitación indicada en el apartado anterior, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos: Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Ser mayor de edad y no haber alcanzado, en su caso, la edad que se determine reglamentariamente. Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones. Superar las pruebas oportunas que acrediten los conocimientos y la capacidad necesarios para el ejercicio de sus funciones. Carecer de antecedentes penales. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ni haber ejercido funciones de control en las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en los dos años anteriores. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales, en los cinco años anteriores a la solicitud. 3. Los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuya habilitación o cualificación profesional haya sido obtenida en alguno de dichos Estados para el desempeño de las funciones de seguridad privada en el mismo, podrán desempeñar actividades o prestar servicios de seguridad privada en España, siempre que, previa comprobación del Ministerio del Interior, se acredite que cumplen los siguientes requisitos: Poseer alguna titulación, habilitación o certificación expedida por las autoridades competentes de cualquier Estado miembro o de Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que les autorice para el ejercicio de funciones de seguridad privada en el mismo. Acreditar los conocimientos, formación y aptitudes equivalentes a los exigidos en España para el ejercicio de las profesiones relacionadas con la seguridad privada. Tener conocimientos de lengua castellana suficientes para el normal desempeño de las funciones de seguridad privada. Los previstos en las letras b, e, f, g y h, del apartado 2 de este artículo. 4. La carencia o insuficiencia de conocimientos o aptitudes necesarios para el ejercicio de las actividades de seguridad privada en España de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, podrá suplirse por aplicación de las medidas compensatorias previstas en la normativa vigente sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales. 5. La pérdida de alguno de los requisitos indicados producirá la cancelación de la habilitación, que será acordada por el Ministro del Interior, en resolución motivada dictada con audiencia del interesado. 6. La inactividad del personal de seguridad por tiempo superior a dos años exigirá su sometimiento a nuevas pruebas para poder desempeñar las funciones que le son propias. ¿Según tú de qué requisitos carece? |
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| Para no tener estudios, como quien dice, como no sea que aspires a jugador de fútbol de primera division lo tienes complicado. Mi mujer tiene una carrera y poco más cobra que tú. |
| Estos usuarios dan las gracias a Buster por su mensaje: | ||
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| Para ser vigilante si que hace falta un curso de 3 meses y unos mil €. Pero para ser ayudante como es mi caso no. |
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| me han baneado el otro nick y..., soy casapapi y no aceptaría <1500e |
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