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Un padre no pagará pensión a su hijo porque sólo trabajó 18 días al año | Noticia en DCCV
Valencia - Absuelven a padre de pagar pensión a hijo porque sólo trabajó 18 días ese año - ADN.es

Cita:
Un padre no pagará pensión a su hijo porque sólo trabajó 18 días al año

Su exmujer le demandó pese a que el hombre no podía hacer frente a los pagos.

DIARIOCRÍTICO COMUNITAT VALENCIANA - Miércoles 17 de febrero de 2010 a las 19:20 h.

La Audiencia de Valencia ha absuelto a un padre del delito de abandono de familia por impago de pensión de alimentos a su hijo, por lo que su exmujer le demandó, debido a que el hombre sólo trabajó 18 días aquellos meses y no cobraba el paro, con lo que no pudo hacer frente a los pagos.

La sentencia de la Sección Tercera confirma íntegramente un fallo del Juzgado de lo Penal Número 10 de Valencia que recurrió la mujer insistiendo en que se condenara al acusado, lo que finalmente se ha desestimado.

En abril de 2005, el Juzgado de Primera Instancia Número 8 de Valencia atribuyó la guardia y custodia de un niño de ocho años a su madre y fijó en 270 euros mensuales la pensión alimenticia que debía abonar el padre.

De enero a noviembre de 2008, Juan Francisco A.Q. sólo pagó 171,90 euros en concepto de pensión de alimentos, abono que efectuó el día 4 de abril.

El hombre perdió su trabajo el 15 de diciembre de 2007 y, posteriormente, entre enero y noviembre de 2008, tuvo empleos esporádicos que se concretaron en marzo -dos días-, abril -cuatro días- y agosto -doce días- de 2008.

Después de ser demandado por su ex mujer, el juez decidió absolver a Juan Francisco, debido a su situación económica, del delito de abandono de familia por impago de pensión de alimentos del que estaba acusado.

La mujer recurrió la decisión judicial insistiendo en que se condenara a su ex marido porque desde diciembre de 2007 no le había pagado ninguna mensualidad y que, respecto a meses anteriores, le ha ido pagando "como ha querido y según le ha ido bien".

No obstante, el tribunal considera, en base al informe de la vida laboral del acusado, que éste "sólo pudo trabajar un total de 18 días" en 2008 y que durante éstos "sí que abonó parte de la cantidad" que debía pagar.

Declara probado además que el hombre no ha sido beneficiario en ese tiempo de "prestación o subsidio alguno por desempleo", hechos, todos ellos, que ponen de manifiesto que no pudo hacer frente a los pagos de la pensión alimenticia y por los que le absuelve del delito del que estaba acusado.
Queda ahora resolver una de las siguientes dudas:

1ª. Imaginemos que la denunciante tenía pruebas de que el ex-marido escondía el dinero. ¿Por qué no ha aportado esas pruebas la muy idiota?

2ª. Imaginemos que la denunciante sabía que el ex-marido vivía en la indigencia. ¿Cómo ha podido ser tan idiota la bruja pervertida?

3ª. Imaginemos que la mujer no sabía nada de nada pero, al llegar al juicio, descubre la verdad. ¿Cómo no ha retirado la denuncia la muy bruja? ¿Es, además, de bruja, idiota?

No es por darle coba al exclavizador... pero me gustaría saber la opinión de los bibianistas del foro acerca de este tema... si se atreven. Porque esta noticia es una bofetada en la sonrosada mejilla de esas negacionistas para las que sólo existen mujeres maltratadas y hombres maltratadores. Una mancha que estropea la perfecta armonía de su perfecto mundo.

Y habrá más. Porque habrá muchos más hombres indigentes y porque ya hay muchas mujeres estúpidas a las que el bibianismo ampara en la satisfacción de sus delirios y en la exorcización de fantasmas que ellas mismas han convocado.
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Nada que añadir, sólo desearles a esos niños de corazón, que sus madres no se conviertan en indigentes también, porque de lo contrario, vaya porvernir que les espera.
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Iniciado por Eric Finch Ver Mensaje
Un padre no pagará pensión a su hijo porque sólo trabajó 18 días al año | Noticia en DCCV
Valencia - Absuelven a padre de pagar pensión a hijo porque sólo trabajó 18 días ese año - ADN.es



Queda ahora resolver una de las siguientes dudas:

1ª. Imaginemos que la denunciante tenía pruebas de que el ex-marido escondía el dinero. ¿Por qué no ha aportado esas pruebas la muy idiota?

2ª. Imaginemos que la denunciante sabía que el ex-marido vivía en la indigencia. ¿Cómo ha podido ser tan idiota la bruja pervertida?

3ª. Imaginemos que la mujer no sabía nada de nada pero, al llegar al juicio, descubre la verdad. ¿Cómo no ha retirado la denuncia la muy bruja? ¿Es, además, de bruja, idiota?

No es por darle coba al exclavizador... pero me gustaría saber la opinión de los bibianistas del foro acerca de este tema... si se atreven. Porque esta noticia es una bofetada en la sonrosada mejilla de esas negacionistas para las que sólo existen mujeres maltratadas y hombres maltratadores. Una mancha que estropea la perfecta armonía de su perfecto mundo.

Y habrá más. Porque habrá muchos más hombres indigentes y porque ya hay muchas mujeres estúpidas a las que el bibianismo ampara en la satisfacción de sus delirios y en la exorcización de fantasmas que ellas mismas han convocado.
Lo primero es que la bruja no será la que tome las decisiones procesales acerca de si le conviene presentar denuncia o manejar el tema por lo civil. Su abogado sabrá.

Lo segundo a tener en cuenta es que a ese hombre no se le ha perdonado ni condonado la obligación de pago de la deuda: simplemente, se sentencia que no ha cometido un delito de abandono de familia. Tiene que pagar igual, lo que no pagó más lo sucesivo.

Lo tercero, y más triste, es que el niño de ocho años tiene que comer un par de veces al día, con independencia de lo impresentable que sea la Aído. Y lo que el padre no ha aportado para su sustento (porque no ha podido, por lo que parece) lo ha tenido que poner la madre, vete tú a saber cómo y en qué circunstancias. Porque mucho se os infla la vena de la frente con las feminazis, pero la pensión de alimentos no es para la madre, es para el hijo.
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y el niño come o no come?? a lo mejor va a pilas....
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Lo primero es que la bruja no será la que tome las decisiones procesales acerca de si le conviene presentar denuncia o manejar el tema por lo civil. Su abogado sabrá.

Lo segundo a tener en cuenta es que a ese hombre no se le ha perdonado ni condonado la obligación de pago de la deuda: simplemente, se sentencia que no ha cometido un delito de abandono de familia. Tiene que pagar igual, lo que no pagó más lo sucesivo.

Lo tercero, y más triste, es que el niño de ocho años tiene que comer un par de veces al día, con independencia de lo impresentable que sea la Aído. Y lo que el padre no ha aportado para su sustento (porque no ha podido, por lo que parece) lo ha tenido que poner la madre, vete tú a saber cómo y en qué circunstancias. Porque mucho se os infla la vena de la frente con las feminazis, pero la pensión de alimentos no es para la madre, es para el hijo.
1º. Creo que a una persona normal no la convence ni el mejor despacho de abogados de que formule una demanda tan descabellada.

2º. Da igual si son churras, merinas, galgos o podencos. El hombre no puede pagar. Eso es todo.

3º. El niño necesitará comer... el padre no. El padre ya ha comido mucho en su vida y da igual que se muera de hambre en la puta calle.

La noticia no ha dicho si el padre es indigente, pero supongo que si no lo es estará próximo a serlo. Si ha sido absuelto será, seguramente, porque han encontrado que no había alzamiento de bienes ni había bienes que embargar ni naranjas de la China.

Reitero lo que decía el otro día: con tontas como esa y con otras tontas que les ríen las gracias estoy seguro de que, en breve, los juzgados se van a hinchar a tramitar demandas contra indigentes.

Si el sistema judicial español es lo suficientemente inflexible como para permitir tropelías como éstas (porque no reacciona con suficiente rapidez a los cambios en las situaciones de los ex-maridos o, directamente, evita conocer sobre las mismas para imponerles obligaciones pecuniarias de imposible satisfacción), no es mi problema. Pero tampoco debería ser problema de nadie más.
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La ley es muy clara a ese respecto, ya q la manutencion de los hijos sera "de acuerdo al caudal de cada progenitor"

Asi que, si no hay caudal....
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1º. Creo que a una persona normal no la convence ni el mejor despacho de abogados de que formule una demanda tan descabellada.
Te sorprenderías....

Cita:
2º. Da igual si son churras, merinas, galgos o podencos. El hombre no puede pagar. Eso es todo.
No, no da igual. El hombre no ha cometido un delito, pero la obligación de pagar no se la ha quitado nadie.

Cita:
3º. El niño necesitará comer... el padre no. El padre ya ha comido mucho en su vida y da igual que se muera de hambre en la puta calle.
Por supuesto. Quien tiene que ayunar aquí es la madre, que es la responsable subsidiaria de dar de comer al niño cuando el padre no puede (o hace creer que no puede, cosa que también sucede a menudo).
A la madre nadie le va a preguntar si puede o no alimentar a su hijo. Si sólo trabaja 18 días al año es una puta golfa feminazi que quiere vivir del cuento, y hay que lapidarla y quitarle la patria potestad.

Cita:
La noticia no ha dicho si el padre es indigente, pero supongo que si no lo es estará próximo a serlo. Si ha sido absuelto será, seguramente, porque han encontrado que no había alzamiento de bienes ni había bienes que embargar ni naranjas de la China.
La noticia viene diciendo que el hombre no es culpable de un delito de abandono de familia, porque no dejó de hacer los pagos voluntariamente. Ni más, ni menos.
Nadie habla de embargos: por lo civil le embargarán en cuanto tenga 1 puto euro, incluso aunque no tenga ni para comer él. Porque la preferencia para comer en este país es para los niños.

Cita:
Reitero lo que decía el otro día: con tontas como esa y con otras tontas que les ríen las gracias estoy seguro de que, en breve, los juzgados se van a hinchar a tramitar demandas contra indigentes.

Si el sistema judicial español es lo suficientemente inflexible como para permitir tropelías como éstas (porque no reacciona con suficiente rapidez a los cambios en las situaciones de los ex-maridos o, directamente, evita conocer sobre las mismas para imponerles obligaciones pecuniarias de imposible satisfacción), no es mi problema. Pero tampoco debería ser problema de nadie más.
Sí, hay tontas y locas. Y hay desgraciados que no pagan la pensión a sus hijos (repito: sus HIJOS) porque no les sale de la polla, y a veces no queda más remedio que llevarles por lo penal.

También te sorprenderías de la cantidad de gente que fuerza una situación de insolvencia aparente trabajando en B, poniendo bienes a nombre de terceras personas, etc. con la simple intención de joder a su ex utilizando a sus hijos con ese fin.

Pero a lo que vamos: aquí nadie quiere reparar en que cuando el hombre deja de pagar (porque no quiere o no puede) el niño come y gasta igual, y a la madre nadie le pregunta por su situación económica, ni si puede hacerse cargo ella sola. Ya puede estar peor de pasta que el padre, que es una tonta/feminazi/hijadeputa que ha denunciado a su ex. Y ya puede él pasearse en el Mercedes mientras cobra de forma opaca, que es un santo maltratado por la justicia.
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La ley es muy clara a ese respecto, ya q la manutencion de los hijos sera "de acuerdo al caudal de cada progenitor"

Asi que, si no hay caudal....
La ley es muy clara al expresar que las sentencias se ejecutarán en sus propios términos. Así que hasta que haya una modificación de medidas que cambie la cantidad a pagar, eso es lo que hay (otra cosa es que sea exigible que ese procedimiento sea más ágil).
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Pero a lo que vamos: aquí nadie quiere reparar en que cuando el hombre deja de pagar (porque no quiere o no puede) el niño come y gasta igual, y a la madre nadie le pregunta por su situación económica, ni si puede hacerse cargo ella sola. Ya puede estar peor de pasta que el padre, que es una tonta/feminazi/hijadeputa que ha denunciado a su ex. .

Si ninguno de los 2 puede hacerse cargo de la manutencion del hijo, le ceden la custodia a los abuelos o a la Administracion.

No es de recibo q tu hijo pase hambre y tu no lo puedas alimentar y no trates de buscar lo mejor para él
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Si ninguno de los 2 puede hacerse cargo de la manutencion del hijo, le ceden la custodia a los abuelos o a la Administracion.

No es de recibo q tu hijo pase hambre y tu no lo puedas alimentar y no trates de buscar lo mejor para él
No funciona así. No es de recibo que tu hijo pase hambre porque tu ex no paga lo que debe.
Del niño tienen que hacerse cargo económicamente los dos, y no puedes pedir a uno que renuncie a él porque al otro no le sale del rabo poner lo que le toca -y le ha ordenado un juez-.
Si ninguno tiene para darle de comer ya declararán la situación de desamparo, pero antes de eso, toca pasar por caja y retratarse.
y por cierto, estoy seguro de que sabes que incluso en casos en que el progenitor no tiene trabjo remunerado conocido se fija pensión de alimentos. Así que lo de "si no hay caudal...", como que tampoco.
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