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| http://www.enriquedans.com/2009/06/%...titulares.html ¿Recordáis aquel culebrón periodístico de las pasadas vacaciones de Semana Santa, cuando en todos los periódicos y telediarios nos asaltaron con aquello de “la primera condena en España por descargas P2P“, de cuya evidente falsedad y manipulación ya hablamos en su momento? Efectivamente, ni era un tema de actualidad (había ocurrido hacía cinco meses cuando se dio la noticia), ni era una condena como tal, sino un caso de amenazas y matonismo judicial (tú te declaras culpable de algo que ni siquiera es delito, y nosotros no proseguimos por la vía civil), pero gracias a la desinformación y a la deliberada confusión de términos consiguió que media España, sobre todo la más desinformada, pensase por un momento que descargar algo de Internet era un delito execrable. Pues bien, ahora comparemos: hace una semana, el Juzgado de lo Penal 4 de Pamplona absolvió a Javier M.B. del delito contra la propiedad intelectual del que fue acusado por haberse descargado de Internet 3.322 películas y un número indeterminado de piezas musicales: al no haber ánimo de lucro, simplemente no hay delito. La semana pasada, el Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid ha sobreseído y archivado el caso contra CVCDGO, una página de enlaces, aquella con la que nada menos que en Agosto de 2005 (de nuevo, aprovechando la escasez noticiosa de las vacaciones) se dedicaron a castigarnos mediáticamente con imágenes de terroríficas redadas y afirmando que los responsables de la página web en cuestión eran culpables hasta de la caída del imperio romano (impresionante la nota de la policía). Pues mira, va a ser que no. Era, simplemente y como en tantas otras ocasiones, una interesada manipulación informativa. Ni redada, ni delitos, ni temibles delincuentes, ni nada de nada. Pura, simple y torticera manipulación. ¿Dónde están ahora los titulares mediáticos haciéndose eco de estas absoluciones? ¿Dónde las declaraciones de los implicados, de los abogados, de los expertos, las conclusiones reales del tema? ¿Dónde están ahora los medios? ¿Telediarios? ¿Prensa? ¿Alguien? ¿Conclusión? El ordenamiento jurídico español es claro al respecto, y a pesar de las fortísimas presiones de los lobbies de la propiedad intelectual para cambiarlo, no existe delito en el intercambio sin ánimo de lucro de obras a través de la red. Como no existe delito en grabar una película de la tele en tu vídeo doméstico. Que no, que no se puede pretender criminalizar una conducta común en toda la población, ni difundir el bulo de que “en España es mucho peor”, ni intentar parar lo que es completa y absolutamente imparable porque es fruto de la evolución de la tecnología. La conclusión es clara: de estos temas, no te creas NADA de lo que veas en los medios: entre lo que cuentan mal y lo que dejan de contar, la imagen que obtendrías estaría alejadísima de la realidad.
__________________ En vez de el conformismo tipico español, debemos empezar a mezclar ceveza y gasofa. No veas si le gustaron a Don Viacheslav los cócteles Fineses. ![]() |
| Estos 4 usuarios dan las gracias a yende por su mensaje: | ||
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| Buena noticia
__________________ "El estudio del tema del Dinero, por encima de otros campos económicos, es el tema en el cual la complejidad se utiliza para disfrazar la verdad o para evadirla, en vez de revelarla" ![]() "Aunque todo lo demás falle, siempre podemos asegurarnos la inmortalidad cometiendo algún error espectacular." |
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| Solución PP$O€: cambiar la ley inmediatamente vía real decreto.
__________________ LOS GOBIERNOS ROBAN. "No podemos conducir (España) por ti." Evidente señores, evidente. Política, el verdadero crimen organizado. |
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http://www.enriquedans.com/2009/06/%...titulares.html Joder, que obsesivos con la desinformación.... Que algo no sea (por ahora) delito no significa que sea legal. Haya o no haya ánimo de lucro (concepto pro ottra parte bastante indeterminado), compartir archivos es un ilícito civil. En palabros fáciles, ES ILEGAL. Si es tan difícil de entender, mejor no tratar de pontificar mucho al respecto......
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Joder, que obsesivos con la desinformación.... ¿Si te presto un libro estamos cometiendo un ilícito civil? ¿Y un disco? ¿Y si descargo mi MP3 en tu ordenador también? |
| Estos 2 usuarios dan las gracias a Capigorrista por su mensaje: | ||
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| La cantidad de derechos que se están pisoteando, por proteger un obsoleto y sobredimensionado derecho, el del autor. |
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| En el código español, se puede hacer una copia de musica o de peliculas sin tener el original, el derecho a copia privada y se puede compartir sin ánimo de lucro. Sólo en el software tienes que tener el original para poder hacer una copia privada de seguridad. Que yo sepa hasta la fecha no se ha cambiado nada. |
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| En la práctica no cambia nada porque no conozco ni un solo sitio de descargas o enlaces a descargas que no se lucre de una forma u otra. Los gastos no se pagan solos.
__________________ “There is no means of avoiding the final collapse of a boom brought about by credit expansion. The alternative is only whether the crisis should come sooner as a result of the voluntary abandonment of further credit expansion, or later as a final and total catastrophe of the currency system involved.” - Ludwig von Mises, "Human Action, A Treatise of Economics" Yale University Press, 1949 |
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| Yo si conozcos webs de enlaces sin ningun banner publicitario. Será cuestión de buscar, además, el buscador del emule no creo que se lucre. |
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Joder, que obsesivos con la desinformación.... Yo lo que no entiendo es donde está la ilegalidad de compartir archivos en la ley actual. No he estudiado derecho, pero se dice que es totalmente legal la copia privada (que no es lo mismo que copia de seguridad) así que me gustaria que alguien me explicase qué es lo que se infringe al descargarse archivos o copiarse un cd. |
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| ectoplasma ownea a plakaplaka, edance, plakaplaka sodomizado con saña, qué pinta en la guarde?eh?, qué pinta esto en el foro principal |
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