¿Qué significa el derecho constitucional a la vivienda?

personaje77

Madmaxista
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Nunca entendí muy bien el artículo 47 del título I de la constitución.

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

¿Significa que deberían darnos una vivienda a cada uno? ¿O simplemente que esté a un precio que un trabajador con el salario mínimo pueda pagar? En cualquier caso ni nos la dan, ni un trabajador con el salario mínimo puede pagarla, ¿qué efecto tendría una denuncia de un trabajador con el salario mínimo en el tribunal constitucional?

¿Se puede cobrar dinero por un derecho? Supongamos por ejemplo el derecho a la libertad de expresión. Si se establece que para opinar libremente hay que pagar 150.000€, ¿podemos considerar que dicho derecho existe?

Creo que si realmente el derecho a la vivienda hay que pagarlo, entonces que lo quiten de la constitución, no veo el sentido a que esté ahí escrito.
 
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Resumiendo, ¿que el el capítulo III no vale para nada? Si realmente es papel mojado, lo mejor sería que lo suprimieran, por coherencia.

Técnicamente no es papel mojado, lo que estás a expensas de los parlamentarios de turno. Teóricamente si tienes en cuenta el art. 47 y la función social de la propiedad que establece el art. 33.2, tienes posibilidades de realizar muchos cambios, pero a ver quien tiene narices de hacerlo ya que hay muchos votos por medio
 
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