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| Bueno, en breve voy a empezar a buscar curro de manera activa en el extranjero, para lo que, entre otras cosas, me voy a apuntar al "inem" del pais en el que ahora resido. Para ello me piden que me registre en el pais como ciudadano, y que sino nada. Por ello me veo obligado a registrarme en ese pais, pero creo que puedo registrarme en ese pais con una segunda residencia. Es decir, mantener mi primera residencia en España y la segunda en el pais en el que vivo ahora. Suponiendo que no encuentre curro de aquí a final de año, que es más que posible. Ya se sabe que eso de llegar y besar en los tiempos que corren no es nada fácil. ¿Sabéis de que forma puede afectar el que tenga dos residencias en mi declaración de la renta del año que viene? Agradecido "sus" estoy si me contestáis.
__________________ Y nosotros no lloramos. Luchamos , vencemos o perdemos. |
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| como van a saber unos de los otros?
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| No soy experta en la materia....pero que yo sepa no se pueden tener "segundas" residencias. Si estas en un pais de la UE, te empadronas alli, te dan el numero identificativo fiscal y ademas puedes ir a la embajada espanola para empadronarte "en el extranjero". En temas de impuestos, la ley espanola dice que tienes que pagar impuestos en espana si eres residente por 6 meses y un dia, independientemente de los impuestos que hayas pagado (por ejemplo en la nomina) en otros paises. Luego, si hay acuerdo fiscal entre espana y ese pais te devolverian todos o parte de los impuestos que hayas pagado en el segundo pais. "me se" entiende o me he explicado con los pies?
__________________ Long live President Osama Si quereis saber quien ha aupado a Obama a la presidencia Ron Paul Vote for Marlo....whatever...dude, where is my money? fmdo: su excelentisima senyoria la ministra de justicia y torturas varias. Vicepresidenta. The stars are blazing like rebel diamonds cut out of the sun |
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Bueno, en breve voy a empezar a buscar curro de manera activa en el extranjero, para lo que, entre otras cosas, me voy a apuntar al "inem" del pais en el que ahora resido. Para ello me piden que me registre en el pais como ciudadano, y que sino nada. Por ello me veo obligado a registrarme en ese pais, pero creo que puedo registrarme en ese pais con una segunda residencia. Es decir, mantener mi primera residencia en España y la segunda en el pais en el que vivo ahora. Mi caso es que yo estoy empadronado en Wroclaw(Polonia),y a la vez lo estoy en España.....si, si, si ya se que esto no es del todo legal que deberia de estar empadronado en un sitio solo a la vez,de hecho tengo el certificado de registro de residencia que le dan a los comunitarios, y el Pesel que es un numero de identificacion mas o menos como el nie aqui en España, por supuesto ellos no comunican nada a España ni España comunica nada a Polonia.Decir que si te inscribes en el consulado español del pais al cual vas a ir es mas que probable que entonces dicho consulado lo comunique a las autoridades españolas y digo probable porque en muchos casos ni los del consulado lo comunican.En cuanto a lo de la declaracion de renta pues no te puedo decir, todo depende del tiempo en el que vayas a estar en el pais y si de hecho existe convenio entre España y el pais al cual vayas a ir en materia de doble imposicion. |
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No soy experta en la materia....pero que yo sepa no se pueden tener "segundas" residencias. No sé si tienes la habilidad de escribir con los pies, pero no lo he entendido del todo. ![]() Amoave. Tú dices que como ya estamos en julio, el año que viene tengo que presentar declaración de la renta en España si o sí, y además, si trabajo en el extranjero, tengo que presentar declaración de la renta en el extranjero. O sea, que a fin de cuentas, me pueden freir en los dos paises sin que un pais tenga en cuenta que ya me han frito en el otro pais, ¿no?
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| No, tú presentas una única declaración donde hayas residido 6 meses y 1 día en este 2011. Y ahí declararás tus ingresos en España y en el país extranjero. Yo estoy igual. El año que viene tengo que presentar en Alemania los ingresos de aquí y los de Hispanistán. |
| Estos usuarios dan las gracias a Deibis por su mensaje: | ||
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| Alles klar. ¿Qué tal va todo en el curro?
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| Hoy hacía un mes. Peleándome para entenderles. Entre el dialecto (puto Schwäbisch!) y que para decir los mismo unos utilizan un verbo y otros otro... no me puedo quejar. Ya me avisaron que iba a estar mínimo 1 año sólo aprendiendo. Pero aún así no tengo tiempo para leer nada. Tengo en la mesa acumulados un montón de libros, documentos, etc... que me ha ido dejando el jefe. Con 35 horas a la semana no te da para mucho jaja. Te has puesto ya con el Anschreiben y el Lebenslauf al estilo Deutsch? |
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No sé si tienes la habilidad de escribir con los pies, pero no lo he entendido del todo. ![]() sabia yo que no me habia explicado del todo por escribir deprisa y corriendo, ains... lo que dice Deibis es verdad siempre y cuando exista un acuerdo fiscal entre los paises (entre la mayoria de los de la OCDE los hay). Si no hubiese acuerdo fiscal, si que te tocaria declarar pero ya no estoy tan segura que te tocase pagar en los dos (siempre hay salidas legales a la dobre imposicion internacional).
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| Por lo que entiendo te vas a residir a un país de la UE por lo que supongo que pueden haber diferencias con mi situación; no lo sé. ![]() Cuando me fui a vivir y residir a Rusia me di de baja del padrón en España y me di de alta en el consulado de España. A partir de ahí cuando renové el pasaporte la dirección que aparece es la del consulado a efectos de comunicación. (trabajo en una empresa privada rusa). En realidad es al revés, con el empadronamiento del consulado me di de baja del padrón español y lo hice yo mismo, no esperé que lo hiciera el consulado, por lo que no sé si, como dicen anteriormente los consulados funcionan bien en el sentido de comunicar las altas y bajas de residencia. Después, y te aconsejo que te lo haga algun ejperto en España, de la hacienda del nuevo país de residencia, debes solicitar un certificado conforme pagas tus impuestos en el nuevo país y con eso solicitar tu status de no residente a la hacienda española. Te comento lo del ejperto (puedes ir a cualquier gestoría que hagan declaraciones de la renta) porque yo no lo hice correctamente y el primer año pringué en los dos países. Eso si, si mantienes alguna propiedad en Spain nadie te librará de la tasa de basuras, IBI etc. Se ve que generas la misma basura viviendo o no en tu casa ![]() Coche si lo dejas en España seguirás pagando el impuesto municipal, seguro etc. Existe la posibilidad de matrícula turística, pero como yo ya lo tenía antes de marchar lo he dejado en España con la matrícula ordinaria. Lo bueno que tiene dejar el coche en España es que tienes siempre coche nuevo´; envejece como modelo, pero de uso no. EL mio es del 2003 y lleva actualmente 16.000 kms. Como nuevo ![]() Tienes la posibilidad de abrir lo que se llama la cuenta del emigrante en un banco/caja en España. Si envias dinero desde tu nuevo país de residencia tiene un tratamiento fiscal muy ventajoso. Eso sí, olvidate de las tarjetas de credito, debito españolas. Sal-U2
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| Estos 2 usuarios dan las gracias a Lada sigulet por su mensaje: | ||
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