Os explico grosso modo Mi Sociedad Civil existe desde hace un año, con la actividad de Comercializadora. En principio hemos centrado nuestro esfuerzos en estudiar el mercado de la zona centro para un producto de ingeniería arquitectónica con sede en Cartagena – Murcia-, y generar una buena cartera de clientes potenciales para el mismo. Hacemos el trabajo de comercialización en toda la zona centro de España
Para ello hemos adaptado catálogos y tarifarios para la zona centro y contamos con tres comerciales autónomos , que solo cobran comisión por obra vendida. La empresa de Cartagena se hace cargo de todos los gastos de fabricación transporte y pago de comisiones.
Nuestra sociedad, al ser una sociedad civil, necesita del concurso entre sus integrantes de un autónomo o persona adscrita a algún colegio profesional. En la actualidad mi socio cedería su parte al interesado (44%) y tras entrevista. Aunque la sociedad está dada de alta en el registro civil y tiene entidad jurídica propia, no está dada de alta en el registro de retenedores. Es decir, no tiene que tributar NADA, ni siquiera I.V.A. dado que está, de momento, sin actividad.
Sólo nos daremos de alta en la actividad cuando empecemos a vender un volumen suficiente para que la empresa sea autosuficiente.
En lo personal, solo tendríamos que tributar por las rentas percibidas de nuestra actividad, pero no será así hasta que nos demos de alta en el registro de retenedores.
Por favor, ante cualquier duda, contactad conmigo por privado. Me corre relativa prisa, por marcha inminente de mi socio actual por traslado.
Un saludo.
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Quien compra los superfluo no tardará en verse obligado a vender lo necesario Benjamin Franklin