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| Yo lo de depositar la fianza cuando hicimos mi contrato tuve que pagar el impuesto de transmisiones, me sellaron el contrato y de ahi me fui con el propietario a depositar la fianza porque necesitaban que yo hubiera pagado eso y llevara el contrato. No se si sera igual en todos los casos. Deberiais haber echo una lista con los desperfectos o haberselo comunicado a tu casero según los ibas descubriendo ocultos xd PD: suerte pero el mundo esta lleno de mamones |
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| Puedes solicitar abogado de oficio siempre . Te cobran de acuerdo a tu nivel de ingresos.Para lo que hay que justificar los ingresos es para pedir justicia gratuita. Si no paga por las buenas , tienes que ir por vía judicial ,no hay otra.Si reclamas más de 900 €,te hace falta abogado y procurador , cobran por separado. Aunque el casero sea honrado hay muchas cosas que no se descubren visitando el piso. Yo hago una revisión a fondo y los desperfectos que encuentre se los comunico al propietario por burofax y durante la primera semana. Busca el abogado ya y que te represente él en todo ; no permitas al casero que le puentee para hablar contigo. Suerte. Edito: no se me ocurre ninguna manera a tu alcance para saber si declara o no el alquiler, pero eso es indiferente para el caso. |
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| Ya me he informado mejor. Efectivamente, podría tener abogado de oficio, pero no asistencia jurídica gratuíta (por los ingresos). Me he estado informando, y no creo que necesite demandarle. Para empezar, dí dos meses de fianza, lo cual en el caso de arrendamientos de vivienda es ilegal (sería un mes). Está regulado en el artículo 36 de la LAU. Y la Ley 12/1997, de 4 de junio establece: Cita:
Luego está el tema de la fiscalidad. Resulta que para poder pagar (o desgravar) impuestos por un arrendamiento, la fianza tiene que estar depositada en el IVIMA. Así que si hablo con la Administración autonómica sobre el tema, también querrán su parte. Pero esta parte, aunque se la lleve la Comunidad Autónoma, no la recauda ella directamente, si no Hacienda, que luego paga a la Comunidad Autónoma en función del tramo autonómico del IRPF. Con lo cual la Comunidad Autónoma hablaría con Hacienda... ![]() Lo voy a intentar por las buenas (no quiero jaleos). Y si se pone tonto, pasamos a las malas. Sin descartar una demanda para que me devuelva la fianza (el contrato se redactó en fraude de Ley porque tiene cláusulas nulas, y el hecho de cobrar dos meses de fianza en lugar de uno, además de no depositar la fianza en el IVIMA, serían indicativos de mala fe). Creo que le convenceré. ![]() |
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| Yo estoy en las mismas que tu, ya que en breve me cambio, y mi fianza es de 2 meses y 1600 euros. Yo haré lo siguiente: ¿Me pones pegas para devolverme la fianza? Escucha lo que voy a hacer: 1. Me presento en hacienda con el contrato, y justificante de todas las transferencias, para simplemente informarles. 2. Le presento el caso al IVIMA y comunidad de Madrid. A partir de ahí me olvido, ya que meterme en juicio igual es mas caro. No obstante no se puede decir "La casa tiene este desperfecto y me quedo con la fianza". Tu tienes derecho a solicitar los servicios de una empresa para que haga los arreglos, y después de que los haga, si ha sido menos que la fianza, el casero te tiene que devolver la pasta. Además, el segundo mes de fianza, es nulo y se considera garantía adicional, y no puede ser utilizado para desperfectos, si no para alquileres no pagados. Otro tema, es que si has dado aval, y es de primer requerimiento, debes andar con cuidado o el casero lo puede ejecutar "Por que yo lo valgo" sin tener que presentar ninguna prueba. No obstante yo siempre he fantaseado, con meterme en la casa al día siguiente de devolver las llaves (Si no me devuelve la fianza) , y con una lata de spray "FUCSIA" hacerle una obra de arte sobre puertas, suelo, moquetas, techos, cocina etc., pero se que en el fondo no lo haré ni me conviene, pero confieso que fantaseo con ello. |
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| Cita:
Lo que yo tenía entendido según la LAU es que la fianza era de un mes para viviendas, y dos para el resto de inmuebles. Y que en ningún caso la fianza era para cubrir impagos, si no sólo daños en el inmueble. Afortunadamente, no tengo aval. Por cierto, gracias por la idea del spray. Había barajado incendio e inundación, pero sé que habiendo vecinos no sería capaz de hacerles esa putada. No había contado con algo menos heavy pero igual de satisfactorio (bueno, igual igual, no, pero menos da una piedra) ![]() |
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| Vamos a ver, la fianza es obligatoria y la LAU establece que se tiene que pedir dos meses para arrendamiento de temporada (menor a 1 año) y uno para contratos de un año o superiores, POR LO MENOS, osea que no es ILEGAL pedir más garantias aparte de lo que establece que es lo mínimo, lo teneis en la ley. Ya lo he comentado en el otro hilo del amigo, pedir otras garantias no es ILEGAL (ya sean más meses de fianza, depósitos o avales o seguros contra impagos). De todas maneras lo tienes tan fácil como preguntar por qué cree que va a encontrar tantos desperfectos como para no devolver la fianza. Ni los caseros son tan malos como los pintais ni los inquilinos tan perfectos , yo llevo alquilado dos temporadas, en el primero uno de los estudiantes plantó una plantación de marihuana dentro de un armario empotrado, este último año las guarras de las estudiantes han dejado 3 dedos de grasa en la cocina, dos cubos de basura con comida podrida y moscas, una cazuela con carne podrida y gusanos, el sofá arañado de la perra, las paredes pintadas del año pasado todas mugrosas, una cama partida, dos lámparas partidas, mierda por todo el piso, un cristal partido del mueble que segun una de ellas fue abriendo la puerta (y una mierda), el baño atascado de pelos y la cocina atascada con cachos de comida que tuvo que tuve que pagar yo ....... este año les he devuelto el importe de la fianza pero es la última vez que me paso de tonta, los próximos que hagan esto, entre la limpiadora y comprar las cosas rotas se van a comer un mojón. ![]() Úlima edición por goguito fecha: 08-30-2008 a las 11:02 PM. |
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| Cita:
Una pregunta de ignorante en el tema: ¿Todo eso que comentas no es motivo suficiente para NO devolver la fianza? No se si confundo términos..pero la fianza sirve para pagar los desperfectos del piso, no? Sirve tambien en caso de impago de alguna mensualidad, o hay otro concepto para eso? Úlima edición por mgar fecha: 08-31-2008 a las 12:50 AM. |
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| Pues sí, son motivos más que suficientes , por eso digo que fui tonta., el caso es que también tuve que descontar de la fianza los últimos dos meses de luz y la parte de una de las 3 estudiantes que no me pagó el último mes porque no le salió del chocho, en teoria la fianza no sirve para eso, pero a ver que querias que hiciera. .... la madre de la que no pagó me llamó diciendo que cogiese la parte de la fianza que su niña lo habia dejado todo divino de la muerte ![]() Luego yo pensando: en Septiembre les entrego el piso recien pintado al gusto de las niñas, limpio como una patena y ahora a cuento de que tengo yo que quitar la mierda y las cosas podridas llenas de bichos (que por cierto casi vomito encima del cubo de basura)de estas guarras? ![]() En los estudiantes es muy común que te destrozen el piso, no paguen el último mes alegando que ya dieron la fianza y largarse sin pagar la luz, eso si tienes la suerte de que no se vaya alguno y que solo paguen las 2 terceras partes de la renta,quedarse más dias de los que les corresponde.... por cierto dos de ellas me dejaron los cachivaches hasta 15 dias después de salir, al final como ya se me inflaron las narices lo que no se llevaron fue a parar a la basura..... así que como de los errores se aprende para contratos de temporada exigir una fianza de dos meses, conocer a los padres y tener el contacto de ellos por si los niños se pasan de listos. Pero vamos, mejor es evitar estudiantes que ya tengo comprobado que la mayoria son unos guarros y alquilarlo a trabajadores solventes, con seguro de impago , por supuesto. Úlima edición por goguito fecha: 08-31-2008 a las 02:38 AM. |
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| Cita:
No sera porque pagan en negro, no ingresas el aquiler en el ivima y no declaras a hacienda? Ademas de cobrar muchisimo mas por un alquiler de temporada que uno de mas de 1 año? Lo que no puedes hacer es tener la botella llena y al hombre borracho. No seria mejor alquilarlo por menos pasta a una pareja estable y con menos problemas? Me recuerdas a clientes que tengo, que quieren pagar en B, pero quieren que les des factura como justificante de pago... Otra cosa: SI, ES ILEGAL COBRAR 2 meses de fianza para un piso que no este amublado y sea un contrato de larga temporada. Alguna vez has ido al IVIMA o similar a ingresar una fianza? Vete, vete, con 2 meses de fianza y veras....... Si se quieren garantias adicionales hay que reflejarlas en el contrato y puede ser de por ejemplo un año de alquiler o 10 millones de euros, pero no puede poner la palabra "Fianza" si no "Garantia adicional. Y ojito que solo se puede utilizar para impagos del alquiler y no para despèrfectos. |
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| No, no he ingresado la fianza en el IVIMA,el piso está amueblado y el alquiler ha sido de temporada hasta ahora (así que es legal dos meses de fianza) aparte, de negro nada, porque lo declaro en hacienda y un alquiler bastante razonable, te parece muy caro un piso de 3 habitaciones en un barrio bueno de Sevilla por 600 lebros? ,dentro de ese precio está la comunidad y el agua incluida que son 70 euros. Y fíjate si he sacado una tajada buena que entre los destrozos y las mejoras que le he hecho al piso no le he ganado ni un duro. , este año por cierto se lo he alquilado a una pareja amiga ![]() Úlima edición por goguito fecha: 09-02-2008 a las 02:14 AM. |
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| Cita:
Por lo demás, me parece la mejor solución. Ah, si está en Sevilla no tienes que ingresar nada en el IVIMA (eso es para Madrid). Otra cosa es la normativa que haya en Andalucía, la cual desconozco. No creo que te puedas embolsar la fianza así como así, supongo que por seguridad jurídica tendrás que depositarla en algún sitio. Por cierto, aquí en Madrid, alquilando a través del plan de alquiler de la Comunidad Autónoma, el seguro de impagos te sale gratis durante dos años (además de algunas ventajas, casi todas para el arrendador). Quizá en Andalucía haya algo similar. Úlima edición por y punto pelota fecha: 09-13-2008 a las 02:05 PM. |
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| Cita:
Y entre eso, y otra conversación que tuvimos por otros motivos, me olía (con mucha razón, creo yo) que si no lograba alquilar el piso a su precio cuando yo lo dejara, pretendería cobrárselo de mi fianza. Por cierto, al final todo se ha resuelto bien. Es decir, él se lo ha endiñado a otro (sin arreglar esos desperfectos ni pintar, por supuesto ) y me ha devuelto hasta el último céntimo.Afortunadamente, mi nuevo casero parece un tipo legal y razonable. Y con todo en regla: seguro del hogar, seguro de impagos, fianza de un mes, contrato conforme a la LAU, la casa impecable, las pocas taras que tiene nos las dijo desde el primer momento (y si no las arregla el seguro, que se las descontemos de la renta)... se nota que él a su vez es inquilino ![]() Por lo que hablamos, dice que lo único que no quiere son problemas, y que prefiere ganar menos a cambio de tranquilidad. Parece que vamos a entendernos ![]() |
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| alquilar=tirar el dinero, bastardo, esto con franco no pasaba, fiesta del spray, forocoches nos asedia!, quiero mi dinero, zpocalipse now! |
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