|
|
Tweet |
| | Herramientas | Desplegado |
| ||||
| supongo que si lo pagas tú podrás poner la persiana. Hablando de persianas. ¿Si se rompe una persiana tiene que arreglarla el arrendador o el arrendatario? |
| ||||
| ¿y la opcion de comentarles amigablemente que al ser una reparacion corre por su cuenta? comentarles tb que a ti no te hace falta esa mampara para nada pero que se cae algo de agua cada vez que te duchas y que igual al vecino de abajo no le gusta. Igual al hacerles ver que se enfrentan a un problema futurible mas gordo entran en razon. |
| ||||
¿y la opcion de comentarles amigablemente que al ser una reparacion corre por su cuenta? Bueno, sin saber si hay o no seguro, lo de mojar al vecino de abajo no creo que sea una buena idea... mira que si luego lo tiene que pagar él... En internet, he encontrado esto, : Obligación del arrendatario de contratar un seguro ¿Tenemos la obligación de contratar un seguro multirriesgo hogar como inquilinos? Ésta es una de las preguntas más frecuentes que nos puede surgir cuando alquilamos por primera vez una vivienda. Por desgracia, también puede ser motivo de disputas entre arrendador y arrendatario, cuando en ocasiones el propietario ha pretendido cobrar el seguro al inquilino. En primer lugar, se debe tener claro que el arrendatario es simplemente un tercero y, por lo tanto, NO tiene por qué responder ni asegurarse por una vivienda de la que no tiene la propiedad. Son los propietarios los verdaderos interesados y los que deben figurar como tomadores del seguro en caso de que estén interesados en asegurar su vivienda contra incendio, robo o cualquier otro tipo de desperfecto, que son los motivos por los que generalmente suelen asegurarse las viviendas. Ellos, los propietarios, son los beneficiarios del seguro y por tanto, quienes deben pagar el importe de la cuota anual. Conviene, no obstante, cuando se alquila por primera vez, asegurarse de cuáles son las garantías que tiene cubierta el propietario, pues tampoco el arrendador tiene la obligación de contratar un seguro multirriesgo. Nosotros, como inquilinos, sí que tenemos la facultad de poder complementar la cobertura de la vivienda poniéndonos de acuerdo con el arrendador si es que queremos tener la tranquilidad de que ante cualquier desperfecto en la vivienda, responderán rápido y no tendremos que andar poniéndonos en contacto con el dueño. Igualmente, tenemos la facultad de poder contratar un seguro solamente por el contenido de la vivienda, si es que éstos son nuestros: mobiliario, etc. En cualquier caso, no existe ninguna obligación legal de que el inquilino tenga que soportar seguro de hogar alguno. |
| ||||
| Bueno, por si hay algún despistado, creo conveniente poner el enlace de este hilo que puede aclarar algunas dudas en la relación inquilino-casero. http://www.burbuja.info/inmobiliaria...r-el-piso.html Un saludo.
__________________ Veo dolor, muuuucho dolor.... |
| ||||
| BUENO Y yo pregunto, yo tengo un contrato de esos en plan compadre, un solo papel de lo que pago 700eur al mes un mes de fondo y poco mas. firmado el que alquila y yo. contrato de 11meses, en un papel A4 normal . osea un folio. que yo sepa eso no tengo derecho a na o si??? |
| ||||
| En teoría tienes un contrato de temporada. Los contratos de temporada no lo son cuando lo dice el contrato, sino cuando realmente la situación del inquilino lo justifica (desplazamiento por trabajo, vacaciones, curso escolar, etc, etc). En teoría con ese contrato se dejan 2 meses de fianzas, y debería ser incompatible con el empadronamiento. Al no ser vivienda habitual, no tienes derecho a desgravaciones. Luego no sé si legalmente tendrías que pagar IVA... creo que en algún lado leí que los contratos de temporada sí llevan IVA, pero no estoy seguro. Normalmente, es algo muy común, pues se corrió la voz de que con estos contratos, no hay renovación automática hasta 5 años, y además de otros depósitos o garantías, se pueden pedir 2 meses de fianza. El problema viene cuando se hace mal, y el inquilino no está "de paso" por un tiempo fijo y por una circustancia determinada (el tiempo y el objeto de por qué es de temporada ha de venir reflejado en el contrato). Vamos, que si realmente estás viviendo allí, y es un primera residencia, es papel mojado... es un contrato en regla. como consejo, búscate otro piso, y cuando tengas alguno visto, hablas con tu actual casero, exponiéndole que hasta ahora has pagado bien -si lo has hecho- y que el tipo de contrato no te convence, puesto que no te permite desgravaciones. Lo mismo atiende a razones y te hace un contrato normal, sino, puerta...si te amenaza con hacerte pagar los meses restantes, él deberá iniciar un procedimiento... pero tú rompiste el contrato porque no era un contrato en regla, si como digo realmente esa casa es tu primera residencia. Respecto a que sea un folio o no, eso da igual. Como si el contrato es en una hoja de platanero, en un papiro, o encima del capó de un coche. Lo que importa es que no contravenga la ley de arrendamientos, y que no haya claúsulas abusivas. Y por supuesto, que haya buena fe por ambas partes. Si tú estás viviendo en esa casa, y no es temporal, el hecho de hacerte ese tipo de contrato temporal no está justificado, se podría decir que hay mala fe. |
| ||||
| Aprovecho este hilo para contar lo que para mi, es un casero que puede ser problematico, antes siquiera de conocerle Madrid. Enero 2009. Busco por idealista pisos de 1 dormitorio, y localizo varios candidatos, de precio normalito (es decir, caro, pero desgraciadamente en la media de Madrid). Llamo a uno de ellos, que por las fotos no tiene mala pinta. Aunque me mosquea que lleve casi 2.000 visitas, y no lo hayan alquilado todavia. Para empezar, la señora me comenta que era un estudio, pero que han creado una habitacion con cama "empotrada" de 90 centimetros. No sé que coño es eso de "empotrada", pero por lo de estudio y otros detalles de la conversacion con la señora, el piso ya me interesaba mas bien poco-nada. Le digo que no se preocupe, que no me interesa, porque somos una pareja y buscabamos una cama mas grandecita. A lo que me responde que sin problema, porque precisamente ha estado mirando camas, porque quiere poner una "empotrada" de 1,35. Que este tranquilo, que en el contrado de alquiler pondriamos una clausula de que en 2 meses tendria la cama en casa, "en cuanto ella hubiese cogido el dinero de los primeros meses". Que mientras podiamos dormir en el sofa-cama del salon Y digo yo, ya que va a cobrarme una pasta, ¿NO PUEDE COMPRAR UNA PUÑETERA CAMA CON SU DINERO, Y TENER AL INQUILINO COMODO DESDE EL PRIMER DIA??????? Bien, seguimos hablando....ó más bien hablando ella, porque ya paso del piso y de ella mas que de comer merda. Cuando ya vamos a colgar, me dice (recuerdese que lleva con el anuncio bastantes meses, a juzgar por el numero de visitas): "ah", disculpe, se me olvidada. Como ya estamos en 2009, hay que sumar al alquiler la carestia de la vida". Movido por morbosa curiosidad, le pregunto que cual seria esa subida, y me dice a ojo de buen cubero la subida que le sale de los bajos, y que echando cuentas es una subida de mas del 6% del precio (mas de 4 veces el IPC).....¡¡¡Y eso sin haber entrado todavia a vivir en el piso!!!. Me despedi amablemente, y por supuesto pensando que la dieran por donde amargan los pepinos. Última edición por pepeton; 12-ene-2009 a las 10:19 |
| ||||
| Una pregunta que a lo mejor necesita hilo propio, si es así decídmelo y lo hago: si mi casero no ha ingresado la fianza en el IVIMA, ¿yo puedo declarar mi alquiler en mi declaración de la Renta? |
| ||||
| Bueno aprovecho este espacio para contar mi historia. Hace unos mese me cambie de casa, porque la casa donde vivía tenía un problema de tuberías y la dueña no quería invertir para solucionar el probelam de raiz y sólo hacía chapuzas. El caso es que cansada de que mi armaro y mi ropa apestasen a humedad y que en la entrada de la cocina todo el parquet estuviese levantado, le comenté que pensabamos abandonar el piso si no lo arreglaba. La muy cara dura pensaba arreglarlo con nosotros dentro y encima pretendía que le paguesemos el mes o mese que durase la obra. El caso es que nos fuimos a otro piso, actualmente el piso está aún sin reformar, sólo ha hecho otra chapucilla más y no lo ha alquilado aún. Además, nosotros eramos unos excelentes inqueilinos limpios, pagamos religiosamente y cuando nos ibamos como no podía tner ninguna queja nos viene a decir que la pila de la cocina no traga bien. Sin comentarios! |
| ||||
| 1111111111 Última edición por Filósofoburbujero; 10-jul-2011 a las 13:05 |
![]() |
| Etiquetas |
| alquilar=tirar el dinero, forocoches nos asedia!, zpocalipse now! |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |