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| Tengo una duda, a ver si alguien me puede iluminar en términos jurídicos. Un inquilino (de un alquiler) tiene el derecho de tanteo y de retracto en caso de que el casero venda el piso en que dicho inquilino vive de alquiler. Supongamos que el casero deja de pagar la hipoteca de ese piso, y el banco embarga el piso. Ese piso sale a subasta, y la subasta queda desierta, por lo que se lo adjudica el banco por el 60% de su valor de tasación. En ese punto, ¿puede acudir el inquilino contra el banco y, arguyendo su derecho de retracto, comprarle el piso al banco por ese 60% del valor de tasación, sin que el banco pueda negarse a ello por ser el legítimo derecho de retracto del inquilino? Gracias de hantebrazo.
__________________ "Vivimos tiempos fantásticos, cualquier pelagatos con un pc puede montarse revoluciones virtuales", by forero 'Moroso bancario' "Va a consumir su puta madre", Amén. "Va a pagar impuestos Rita la Cantora", y olé. |
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Tengo una duda, a ver si alguien me puede iluminar en términos jurídicos. Buena pregunta señor buitre. veo que esta esperando como buitre volando en el cielo.
__________________ España esta llena de borregos, votáis a los mismos que os roban y aun sabiéndolo, volvéis a votarles, tenéis lo que os merecéis, lo malo es que pagamos justos por pecadores. POLÍTICOS GENTUZA. PAH: el piso sube, la pasta pa mí. ¿El piso baja, la mierda pal banco? osea que pague todo dios una vez rescaten al banco tengas o no tengas casa, vivas o no de alquiler. |
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