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| | Herramientas | Desplegado |
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| Tengo un amiguete que hará cuestión de un año aproximadamente decidió montar un local comercial, más concretamente una tienda de trajes de novio. La cuestión es que ahora no vende ni un colín y se está planteando seriamente cerrar ante lo que se avecina y lo que ya tiene encima, está prácticamente en la ruina. El quí de la cuestión es que en el contrato ponía una cláusula que obligatoriamente tenía que estar dos años allí. A partir del segundo año podía irse cuando quisiera pero los dos primeros años tenía que echarlos. Tiene un contrato de cinco años. Si cierra ahora que todavía le queda un año por delante obligatorio en contrato, el dueño del local ¿qué medidas legales puede tomar? Necesito luz hamijos, porque no tengo ni idea ni sé si las consecuencias pueden ser graves o no.
__________________ Ante la duda siempre la más tetuda. |
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| El contrato es ley entre las partes... revisa el contrato en busca de las clausulas penales, p.ej a veces se castiga el "abandono" del local antes de tiempo fijando la obligación de pagar al propietario el equivalente al plazo a que se obligaban, usease que si se obligan a 2 años por contrato con 600 eypos de alquiler y se va al año = 7.200 Eypos que tu colega debe al propietario... es un ejemplo, revisad el contrato de principio a fin 8)
__________________ Winter is Coming |
| Estos usuarios dan las gracias a Nigromante por su mensaje: | ||
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| el arrendador puede obligarle a cumplir esos 2 años, es decir, a pagar lo que resta hasta los 2 años, tu amigo puede cerrar el negocio y al menos se ahorra el resto de gastos. Otra cosa es que tu amigo este sin un duro y pueda llegar a algun tipo de acuerdo con el propietario, si no hay de donde embargar puede que las partes puedan llegar a un acuerdo con el que resuelvan el contrato por una cantidad inferior. Todo depende de las posibilidades de alquilar el local de nuevo que el arrendador vea, quiza le interese cobrar el importe de 4 meses y poder disponer del local inmediatamente para otro inquilino frente a la posibilidad de entrar en impagos y problemas.
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| Estos usuarios dan las gracias a euriborfree por su mensaje: | ||
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| hay que ser muy hijodeputa para reclamar 2 años integros cuando el negocio no ha salido bien. Está claro que hay que chupar la sangre hasta a los muertos. Y todo por que se firmo en un contrato. |
| Estos usuarios dan las gracias a el segador por su mensaje: | ||
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| El fallo ha sido vender solo trajes de noviO El negocio esta en los de novia, las mujeres son de lo peor a la hora de elegir el vestido, al novio le da igual y termina comprandose el traje donde le diga la novia, ya que en la tienda de novias suelen enganchar al novio con una "oferta especial" y tambien a las madrinas haciendoles un pequeño descuento. Vender trajes de noviO exclusivamente supone no solo competir contra el comerciante de las novias, tambien supone competir contra la misma novia
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| Estos 2 usuarios dan las gracias a euriborfree por su mensaje: | ||
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| Exacto, no se puede abrir un negocio sin conocer bien el mercado. Lo siento mucho por tu colega, lo mejor que puede hacer es llegar a un acuerdo, a veces te pueden sorprender. En ningún momento se ha dicho que le este reclamando los dos años integros, eso está por ver. Suerte
__________________ Hoy es el mañana que ayer tanto te preocupaba |
| Estos usuarios dan las gracias a PEPITO DE TERNERA por su mensaje: | ||
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| Ayer me comentó que lo ha amenazado con denunciarle, quiere los dos años íntegros. Mi hamijo lo ha animado a hacerlo, le ha dicho que es totalmente insolvente ![]() Que se olvide de cobrar. Así están las cosas y comprendo ambas partes. La cabra tira para el monte.
__________________ Ante la duda siempre la más tetuda. |
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| A tomar por culo el plan A. Siempre nos queda el plan B
__________________ Hoy es el mañana que ayer tanto te preocupaba |
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| negociar, negociar y despues negociar Teneis que hacer entender al arrendador de que aunque tenga un contrato, se puede encontrar con que para cobrar esa cantidad tiene que ir al juzgado, pagando abogado y procurado, y que incluso aunque gane el juicio, se puede encontrar con que despues no consiga cobrar al tener de donde embargar, en esa situacion el arrendador ademas perderia los honorarios de abogado y procurador, y tendria que estar cada poco tiempo pidiendo al juzgado que comprobase si hay algun bien que embargar. Ante una situacion como esa el arrendador preferira llegar a un arreglo, cobrar menos, pero cobrar algo y evitar tener al inquilino enquistado en el local. Que empiece no pagandole la siguiente mensualidad, ya veras como la cosa cambia. Eso si, como tu amigo tenga algun bien a su nombre el farol se cae por su propio peso
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| Yo contrataría a unos gitanos para que le den una paliza y se calle la puta boca el dueño del local... |
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| joder con los hamijos..., tengo un amigo que...., tu hamijo hes hun perdedor |
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