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| sino reconoces no badbank
__________________ ojito con las inmobiliarios ultimas tablas de cajas actualizadas 2006: First, they ignore you (phase 1) 2007: Then, they laugh at you (phase 2) 200 Then, they fight you (phase 3)2009: Then, you win (phase 4) 2010: Now, capitulación |
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| Todos reconocen parte de las pérdidas.
__________________ Hoy puede ser un buen día... pero seguro que viene alguien y nos lo jode... |
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| Absolutamente no. En ese sentido, las prácticas son totalmente diferentes en España. Otra cosa es que UBS pierde por activos tóxicos que ha comprado (CDOs y demás basura) que cotizan, por lo que no les queda más remedio que reconocer pérdidas. Las cajitas aguantan estoicamente con sus activos degradados incluyendo créditos insolventes con impagos de más de 18 meses.
__________________ La banca está enladrillada ¿quién la desenladrillará? El desenladrillador que la desenladrille buen desenladrillador será. |
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Supongo que la morosidad (atrasos de 3 ó más cuotas) es del 5,28% y que la dudosidad (una cosa que publica el Banco de España, que se supone que es la deuda morosa de difícil cobro) es del 3,91%. Intentaré aclarar algunas cosillas: 1.- Un producto de activo de un cliente se considera que ha entrado en mora cuando lleva más de 90 días impagado. Se debe notar que 90 días impagado no equivale a 3 cuotas impagadas, ya que aparte de los préstamos, están los descubiertos, el factoring, el papel comercial, los avales, las tarjetas de crédito... que pueden entrar en mora aunque no tengan 3 cuotas impagadas. 2.- Un producto se considera dudoso por arrastre cuando el x% (no recuerdo exactamente cuánto, pero está en la 4/2004 o en la 3/2008 del BdE) de la inversión crediticia con el cliente titular de ese producto sea moroso. O sea, que si yo tengo el préstamo hipotecario moroso (según la definición de 1), pero tengo un préstamo personal que pago religiosamente, este último préstamo se considera moroso por arrastre 3.- Un producto se considera dudoso por razones distintas a la morosidad cuando existan razones que indiquen una gran probabilidad de impago en un futuro. Normalmente se consideran dudosos por este motivo los préstamos de clientes en suspensión de pagos, por ejemplo. Si sumas 1 (saldo moroso) + 2 + 3... te dará el saldo dudoso: mayor que el moroso en todos los casos, porque lo incluye. Además hay que tener en cuenta que en la dudosidad que se publica en prensa sólo se incluyen los llamados "Otros Sectores Residentes". Es decir: no se incluyen el sector público (sería interesante vigilar a algunos ayuntamientos) ni el crédito a entidades financieras. Este criterio, que ha sido prudente mientras el sector público y las entidades financieras cumplían, puede que no lo sea en la actualidad. Por supuesto que tampoco se incluyen ni la renta fija ni la renta variable. Así, si por ejemplo, una promotora emite un bono que comprara una entidad financiera y ese bono hiciera default, ese importe no entraría dentro del saldo dudoso (tampoco están los bonos en el denominador). Eso no significa que no haya que provisionar ese bono. Al final un bono y un préstamo consumen más o menos el mismo capital y se provisionan de manera parecida en caso de que sean dudosos, pero uno se ve en prensa via "morosidad" y el otro no. |
| Estos 2 usuarios dan las gracias a titito por su mensaje: | ||
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