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| Sin acritú: ¿tú conoces algún ayuntamiento por dentro? No se trata tanto de asunción de competencias como de lecturas de la LRBRL como si fuera una patente de corso para implantar cualquier tipo de servicio, tenga o no demanda, le corresponda o no a la administración local, cueste lo que cueste. Algunos ejemplos que conozco de primera mano: Gabinetes psicopedagógicos escolares (competencia autonómica). Servicios de bolsa de empleo e intermediación laboral (competencia autonómica). Viajes de abuelos, pensionistas y jubilados (competencia del estado). Defensor del ciudadano (sin palabras). Saludos. |
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Sin acritú: ¿tú conoces algún ayuntamiento por dentro? Vale. Ok. Fin de la conversación. ![]() No conozco ninguno "por dentro", y casi prefiro no conocerlo!
__________________ " Todo país en el que la separación de poderes no esté establecida y los derechos de los ciudadanos no estén garantizados no tiene Constitución" |
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| Técnico de medio ambiente, cuando la competencia es de la CCAA, por ejemplo. Un tío se saca una plaza de esas tras pasar una oposición y le gusta el tema y se lo curra. Pues ese a la calle, ya que su entidad local ha asumido una competencia que no le correspondía y hay que empezar por ahí, obviando, lógicamente su evaluación del desempeño o si es un enchufado o no..... Curiosamente algunos enchufados Ç(eventuales a dedo, sin prueba) que no dan un palo al agua, al currar en competencias transferidas por ley no les han hecho nada. |
| Estos usuarios dan las gracias a cuasi-pepito por su mensaje: | ||
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Técnico de medio ambiente, cuando la competencia es de la CCAA, por ejemplo. Un técnico local de medio ambiente, que yo sepa, se limita a las funciones que tiene el Ayuntamiento en temas de Medio Ambiente (ordenanzas de ruidos, temas de residuos municipales, ordenanzas sobre animales domésticos incluso..) pero que sí son competencias propias. Poquitas, pero alguna, hasta donde yo sé el tema de ordenanzas municipales y poquito más, aunque no es un tema que conozca bien.
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| Tened en cuenta que más o menos el 40% del empleo público es temporal....con lo que por ahí se puede ajustar (Y se está ajustando). Por otro lado se puede prejubilar. Se que en los tiempos que corren no es lo mas feten, pero hay que tener en cuenta que si ajustas por temporales y jóvenes te quitas el personal más productivo. Lo suyo es limpiar de 55 para adelante. Lo que se necesita además es un plan de redistribución de efectivos (posible legalmente) de tal forma que si una admon. tiene excedente la pueda pasar a otra (y que no convoque plazas)...pero para eso se necesita un pacto de Estado. Por último hay que tener cuidado con un efecto crowding-out al revés si liberamos la administración de interinos o jóvenes temporales (fiscales interinos, médicos, abogados, economistas) esos aunque bajen de salario van a dejar fuera a recién licenciados en el empleo privado (porque suele ser gente preparada). |
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