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| Es que quería aclarar unas cuestiones que después de mirar en unos cuantos (sitios de la red, edito) leyes y tal, y de preguntar a algún pofesional, no me han sabido aclarar. Vaya, esto iba pa la guardería... Última edición por BUMBUM.; 05-dic-2008 a las 01:14 |
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| Son unos seguros muy jodidos, porque creo que hay que morirse para cobrarlos.
__________________ D.E.P. |
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| Por supuesto, hay un registro de seguros de vida...(que en realidad son de muerte). |
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| Subo el tema por si hay algún ejsperto. Básicamente quería saber si las compañias aseguradoras están obligadas a renovar los contratos hasta que se haga uso de ellos o no. He leido por ahí que pueden ser hasta los 65 años, etc. Tb. quería saber dónde ha de constar en el contrato el tipo de prima que se paga (natural, nivelada, etc.). Y cosas como esas... Es que estoy comparando con otros presupuestos online. Para no ejspertos que crean por ejemplo que no existe antigüedad en este tipo de seguros, ruego que se abstengan de opinar (tengo delante el condicionado y se recoge en él; entiendo que se refiere al tipo de prima -nivelada- que respeta la edad de alta). Si procede, que sería lo lógico, ruego su traslado al subforo adecuado. |
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