Iniciado por
titito
Por lo que me he enterado, no es necesario retasar la vivienda cuando el préstamo entra en mora, lo cuál sucede a los 91 días del primer impago.
Sin embargo, es probable que cuando se acerque el momento de la ejecución hipotecaria sí se retase... si le interesa al banco. Trataré de enterarme de esto último.
A ver:
Son 2 cosas distintas:
1. El banco puede pedir una amortizacion del montante x, si se sospecha que la hipoteca excede el 80% LTV por una bajada general de los precios. Entonces pedirá una tasacion nueva.
2. La LEC, en cambio,
NO estipula preciso una nueva tasacion, para la ejecucion de una hipoteca en mora. Y esto me parece tener poco sentido.