|
|
Tweet |
| | Herramientas | Desplegado |
| ||||
Pues mira majo, si 50 euros sobre un total de hasta 9089 euros no te parece desinteresado, pues sigue buscando. Yo creo que hay que hacerle la máxima publicidad, para que hacienda corte ese método tuyo lo antes posible (Que, de todas formas, seguramente te crujan si te cazan en una inspección, aunque de oficio pueda colar; difícil de detectar no significa que sea legal). Las ayudas fiscales a la vivienda han sido una de las lacras a este país, y todo lo que se pueda hacer para luchar contra ellas, y que se devuelva la mayor parte posible a hacienda, bienvenido sea.
__________________ It was the year of fire... the year of destruction... the year we took back what was ours. It was the year of rebirth... the year of great sadness... the year of pain... and the year of joy. It was a new age. It was the end of history. It was the year everything changed. |
| ||||
| El problema son los intereses, que vienen a ser del 5-6% anual dependiendo del año. Normalmente las cuentas vivienda te las remuneran a un tipo mucho más bajo (en ING creo que un 2,5-3% por ejemplo), con lo que al hacer la devolución pierdes ya que tienes que pagar más dinero por intereses de los que te ha rentado la cuenta. Saludos. |
| ||||
| ¿Nadie banea al iluminado este de Priscilo?? ¿Por qué no pones un anuncio en la tele, en uno de esos canales de horóscopos y adivinamierdas?? La única forma (legal) de evitar la devolución de las cantidades desgravadas por la apertura de una cuenta vivienda, una vez hayan finalizado los plazos correspondientes y las ampliaciones, es presentando un recurso ante la Agencia Tributaria correspondiente donde se especifique que el dinero todavía no se ha podido gastar, pero que está ahí para cuando sí se pueda. Por supuesto, no se ha podido gastar por causas ajenas a la voluntad del que abrió la cuenta, y una de esas causas podría ser el no conseguir financiación para comprar la vivienda. Justificada una causa de esta naturaleza, ni se devuelven desgravaciones ni se compra uno una vivienda. Y por supuesto, el dinero seguirá teniendo el fin que tenía al principio: comprar una vivienda. Si se utiliza para otra cosa, a pagar la multa y lo que le salga de los cojones a la Agencia de turno. Todo lo demás son tonterías que no entran dentro de la legalidad. Hay decenas de formas de timar a Hacienda con este tema, pero todo implica juego de casino: si te pillan, te jodes, si no te pillan... |
| Estos usuarios dan las gracias a Speculo por su mensaje: | ||
| ||||
el q pueda, que lo gaste en una "supuesta" reforma de alguna vivienda, no se si tienes que ser el dueño de esa vivienda o puede ser la de tus padres, pero no creo q sea dificil repartir unas cuatnas facturas de reformas (aunque tengas q pagarle el IVA a ese buen albañil que te haga el churro) por el valor de la cantidad pertinente. asm2001, me interesa lo que propones. ¿Puede realmente usarse una cuenta vivienda para rehabilitar? Sé que el tratamiento fiscal (deducción) en caso que la esté calificada es idéntico a la compra de vivienda nueva. Pero... ¿la cuenta vivienda tendria el mismo efecto? |
| ||||
¿Nadie banea al iluminado este de Priscilo?? ¿Por qué no pones un anuncio en la tele, en uno de esos canales de horóscopos y adivinamierdas?? Jo, es increíble cómo sois. Me gustaría que alguno de los foreros a los que ya les he explicado la solucion por email, que insisto yo todavía no he visto ni un duro en unos casos porque no podian aplicarla por sus circunstancias personales, y en otros casos por lo que sea que no lo se (no pienso perseguir a nadie, ya he dicho que me fío de la palabra de la gente), pues postearan diciendo si efectivamente es una SOLUCION legal, o no. Claro que hay otra solucion aparte de poner recursos, y a quien la necesite, se la doy, y me basta con su palabra de honor. Porque los recursos al funcionario le importan un carajo, su trabajo es aplicar la normativa, y si miras las respuestas a las consultas tributarias que hay publicadas, lo verás. En una cosa sí tiene razon Starkiller, si esta solución se hace pública, ya se encargará Solbes de cargarsela por la cuenta que le trae. Así que vosotros mismos... |
| ||||
Jo, es increíble cómo sois. Me gustaría que alguno de los foreros a los que ya les he explicado la solucion por email, que insisto yo todavía no he visto ni un duro en unos casos porque no podian aplicarla por sus circunstancias personales, y en otros casos por lo que sea que no lo se (no pienso perseguir a nadie, ya he dicho que me fío de la palabra de la gente), pues postearan diciendo si efectivamente es una SOLUCION legal, o no. Claro que si, majete. En vez de cincuenta euros, podías pedir la voluntad, que queda como más "guay". A tí no se te aparecerá la virgen, pero da igual, hueles a incienso que apestas. Que baneen a este tío ya, por favor. |
| ||||
| no estoy seguro pero segun parece era para compra o reforma de vivienda habitual. Hombre, reformar una vivienda con 1 año de antiguedad lo mismo no es logico, pero si tus padres tienen una casa con 15 años y lo pones como utilizada en reformarla... tendrias q preguntarlo a alguien que sepa algo mas del tema pero vamos, q es una idea para la gente que de verdad se vea en esa tesitura... para un tipo con 5 viviendas q va a por su 6ª vivienda le hara el mismo apaño pero ojala no le salga bien la jugada. Me explico, si algun tio con pisos y siendo este pasapisero tiene una cuenta vivienda para seguir con sus "negocios", que le den, que devuelva lo desgravao y punto. |
| ||||
El problema son los intereses, que vienen a ser del 5-6% anual dependiendo del año. Pero, si no me equivoco (corrígeme si es así), los intereses a devolver son de lo desgravado, no del importe de la cuanta vivienda. Es decir (sólo he contado los intereses un vez, los del 1er año): Meto 1.000€ al 3%: Intereses +30€, desgravación +150€, retención de beneficios de la cuenta (15%, creo): -4,5€ Cancelo en un año: Devolver lo desgravado: -150 €, intereses (p.ej. 6%) de lo desgravado: -9€ Resultado: 1.000 +30 +150 -4,5 -1500-9 = 1.016,5 (+1,65%) Obviamente, es una rentabilidad de mierda y por debajo de la que obtendríamos en una cuenta sin más; pero tampoco se ha perdido tanto dinero, al menos en el ejemplo a un año ¿no? Nunca he estudiado nada relacionado con economía, finanzas ni fiscalidad, así que, si cometo un error de bulto, podéis alumbrarme o tirarme piedras (pero suave). |
| ||||
| Pues alargar el plazo para devolver lo desgravado es una buena medida, al fin y al cabo mientras no haya límite temporal para desgravarte por compra de vivienda tampoco debería haberlo para la cuenta vivienda si alguien quiere ahorrar 15 años y pagarse la casa a tocateja debería hacerlo con la mismas ventajas que el que se hipoteca ¿ ó es que solo desgraba en España lo que beneficia a los bancos ? ... como por ejemplo la estafa de los fondos de pensiones |
| ||||
| Hay un matiz en el tema de la prórroga de la cuenta vivienda, todos aquellos que estaban a punto de entramparse por la finalización del plazo de las misma, se pensarán muy seriamente esperar un año mas para comprar su primera vivienda. |
![]() |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |