Yo entiendo que la cláusula es válida, pero eso es una cuestión que vincula al banco y al hipotecado, no al inquilino.
Así, si se alquila el inmueble haciendo disminuir el valor del mismo (típico alquiler de 50 euros a un amiguete, viendo que ya está todo perdido), el banco puede irse al vencimiento anticipado del préstamo y ejecutar la hipoteca si no le devuelven todo lo que falta. Es difícil, pero en principio y legalmente, posible.
El tema es que, una vez ejecutada esa hipoteca, el nuevo propietario tendrá que comerse al inquilino con lo que quede de contrato, o impugnarlo por haber sido efectuado en fraude de ley, o alguna otra circunstancia que le permita instar el desahucio. Pero eso es unpleito diferente y posterior:
Lo quer no va a resultar posible es que el casero le vaya un día al inquilino a pedir que se vaya "porque el banco me prohibe alquilar". Eso al inquilino le importa tres ******** no es su guerra: que ejecuten la hipoteca por incumplimiento, y en su día ya hablará él con el banco, cuando quieran que se vaya.
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Última edición por plakaplaka; 06-oct-2008 a las 20:22
Razón: gramatical