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| Extraño caso, que deberemos seguir a ver como acaba. Pero debemos llamar la atención sobre que en los últimos tiempos muchas empresas a la hora de quitarse personal de encima tiran directo por la vía del despido disciplinario, y el trabajador que se busque la vida si es que le corresponde algún tipo de indemnización. La legislación vigente lo permite y no lo sanciona. Como mucho llegas a cobrar lo que toca, y punto. |
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| Joder, estas son las cosas que me hacen buscar en google palabras como "Heckler & Koch assault rifle" y "flamethrower"... a mi me hacen esto, y más les vale a los de la empresa que yo no salga del coma...
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Una empresa despide a una trabajadora en estado de coma No entiendo mucho el catalán, pero leyendo la noticia, he deducido que "El Punt del Peix" significa "La Punta del Pijo", que es por donde se han pasado estos el Estatuto de los Trabajadores.
__________________ A ver si pido una hora libre en el curro para hacerme gay, adolescente abortista o transexual, funcionario, currito de Delphi, madre primeriza, jubilado en alquiler, parado de larga duración, transportista sin trabajo, banquero, potentado del ladrilo, político, minoría étnica, o gran simio, que con tanto trabajar me estoy perdiendo las magníficas oportunidades que el Sistema me brinda! |
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| Yo tampoco lo veo claro; creo que aqui al que podrian estudiar es al sr. que lo ha escrito, por lo amarillento de la noticia. |
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| Vamos a pensar que todo ha sido un lamentable error, porque si no es para coger al dueño de la pescadería y meterle un pez espada por el culo.
__________________ Política, s. 1: Lucha de intereses disfrazada de debate de principios. Gestión de los asuntos públicos con vistas al beneficio privado. | 2: Medio de ganarse la vida preferido por la parte más degradada de nuestras clases delictivas. Ambrose Bierce, "El diccionario del diablo" |
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| Típico ejemplo de funcionamiento de la opinión de los charlatanes, y de los blogs en particular. Leen una noticia, ven que un trabajador está por medio, y a cargar contra la palabra "empresa". Mejor eso que documentarse un poco. Mejor no trabajar y odiar al jefe por mandar. La empresa se puso en contacto con la familia porque no podían mantener un sueldo sin generar el respectivo trabajo, algo que para pequeñas empresas siempre es un problema (que aquí los derechos parece que se reclaman al aire, pero las pequeñas empresas acumulan muchos problemas como para ir pagando sueldos sin generar un trabajo) y estos no accedieron a acuerdo, por lo que hicieron un despido que ellos mismos entienden es improcedente y han fijado una indemnización. Ni quieren que la mujer sufra, ni que siga en coma, ni se alegran por ello, ni son unos víboras. Necesitan en tiempos de crisis ajustar recursos ya que, sino, tendrán que despedir a todos los trabajadores y cerrar la paraeta como todos los negocios que cierran cada día desde hace dos meses. ¿Que la vía legal no es adecuada o estética? Eso no lo habrán elegido ellos, sino el abogado de turno. |
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| ¡Ah!, ahora la cosa ya va tomando forma. Esto ya es más verosimil (incluso más normal) Es habitual que, cuando un trabajador coge una baja prolongada, la empresa, que ha de soportar numerosos gastos por ese trabajador, solucione la papeleta con un despido Este despido, por jurisprudencia, se califica de "improcedente", por lo cual, al trabajador despedido le corresponden de indemnizacion 45 dias por año trabajado, y punto final a la historia. Yo creo que, de la misma forma q no es de recibo que una empresa no pague a sus trabajadores durante meses, cuando estan trabajando, tampoco es de recibo que un trabajador perciba un salario y ocasione unos gastos, cuando no está trabajando. Por lo visto esta empresa sabe que el despido es improcedente, y trató de llegar a un acuerdo con los familiares, al no haber acuerdo, pues se liomitan a tramitar el despido tal cual, y punto, Luego vendrá el acto de conciliacion, el juicio, y la sentencia q les condene a pagar a esa mujer 45 dias por año trabajado. Y, mientras, la familia se habra gastado dinero en abogados y procuradores de forma inutil. Yo creo q detras de esta familia hay algun abogado codicioso, con ansias de fama y ganas de hacer dinero de gente ignorante |
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¡Ah!, ahora la cosa ya va tomando forma. Esto ya es más verosimil (incluso más normal) Cuando estas enfermo, la empresa no te paga, lo hace la seguridad social, que para eso está. El empresario paga sólo doce días, lo demás corre de nuestra cuenta (la de todos), por lo que hay mucho menos de recibo en que no pague una empresa cuando trabajas y que no cobres mientras estás de baja. De todos modos, me parece increíble que pienses así. Cuando estás de baja, el despido es nulo, no improcedente (aunque creo que eso lo quieren cambiar). Además, si se declara un despido nulo, la empresa ha de pagarte todos los sueldos que has dejado de percibir (en el caso de esta señora no sé cómo lo harían). |
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Cuando estas enfermo, la empresa no te paga, lo hace la seguridad social, que para eso está. El empresario paga sólo doce días, lo demás corre de nuestra cuenta (la de todos), por lo que hay mucho menos de recibo en que no pague una empresa cuando trabajas y que no cobres mientras estás de baja. De todos modos, me parece increíble que pienses así. Por partes 1.- GASTOS DE LA EMPRESA AL TENER UN TRABAJADOR DE BAJA: 1) Abono de las cotizaciones a la Seguridad Social 2) Abono de un porcentaje de la prestación por baja a recibir por el trabajador 3) Según el convenio colectivo aplicable, el empresario puede estar obligado a complementar las prestaciones por baja que recibe el trabajador por parte de la Seguridad Social durante todo el período de la baja 4) Contratar otro trabajador para cubrir el puesto 2.- IMPROCEDENCIA (QUE NO NULIDAD) DEL DESPIDO DURANTE BAJA DE LARGA DURACION El Tribunal Supremo dictó una sentencia el 29 de Enero de 2001 en la que dictamina que un despido en estas condiciones es "improcedente" y no es "nulo" puesto que no puede acogerse al art. 14 de la CE En el año 2005, el Tribunal Constitucional se ha manifestado en el mismo sentido, denegando que este tipo de despido constituya una vulneración de un derecho fundamental Incluso el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, ha dictado sentencia en este sentido, negando que un despido en base a una baja por enfermedad sea un despido discriminatorio (por cierto, la sentencia se dictó a raiz de un caso español) |
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| No sé porqué, pero me da a mi que, en esta España nuestra, eso que has dicho tiene muchas papeletas para acercarse a la realidad. Suena duro, pero, ¿por qué tiene que mantener un pobre autónomo a una pobre señora que, sin duda alguna, ha tenido una desgracia de lo peor que puede pasar? No es por nada, pero para un pequeño comercio 500€ al mes pueden suponer una carga insoportable. Cualquiera que tenga/haya tenido una pequeña empresa sabe de lo que hablo. A ver de aquí, cuantos estarían dispuestos a pagar por una empleada todos los meses más a la sustituta. Dicho esto me extraña que eso ocurra así, el sueldo de una ilt lo paga la seguridad social. Lo que no tengo claro es si las cotizaciones a la seguridad social también las paga la ss. Un saludo
__________________ Crisis, ¿qué crisis? Leche, si ya lo han dicho tele5!!! Mañana o pasado se acaba el mundo, fijo, Última edición por ravalero1; 06-oct-2008 a las 18:49 |
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