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Tengo una amiga que hace un año se compró una vivienda sobre plano, es decir, una vivienda de obra nueva. Sencillamente tu amiga lo mejor que puede hacer es dar por perdidos los 20000 euros e irse a un abogado a ver que es lo que se puede hacer para intentar recuperar algo.. Pais de mierda este. Saludos |
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| Espero que pueda recuperar lo máximo posible, vaya put....... |
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| Desde luego... por lo que sigo leyendo todos estos dias, aquel que compro sobre papel del 2006 en adelante, o tiene mucha MUCHA suerte, o lo tiene MUY CRUDO... ![]() Si tiene suerte, le daran lo que compro con muchos meses (anyos?) de retraso, encima pagando alquiler en muchos casos. Si tiene mala suerte... |
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Ahí me has dao, pero no es tan facil, porque los contratos tambien los redactamos los abogados y por tanto procuramos incluir la cantidad minima imprescindible de variables, en resumidas cuentas, si te entregan la vivienda dentro del plazo (a veces pasa je je) y tiene cedula de habitabilidad ya no hay mas que rascar, incluso si se retrasa hay una serie de "excusas" que amplian los plazos y son tradicionalmente admitidos en sede judicial..... Nigromante, cuales son las excusas a las que te refieres? Te lo pregunto porque yo he ido a ejecutar directamente el aval (ya que se retrasaron más de un año en la entrega) y la entidad avalista dice que el retraso motivado por la lentitud de la constructora no es culpa de la promotora. También dice que las cartas informativas que me mandaban eran señal de que yo aceptaba una prórroga tácita (al no resolver en esos momentos) Yo creo que no tiene ni pies de cabeza. Pero puede colar ante un tribunal? Un saludo |
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| No eso no cuela, hay algunos retrasos "admisibles" pero te tienen que demostrar que las condiciones climatologicas afectaron mucho al desarrollo de las obras o huelgas o cosas asi..... Lo que comentas es ridiculo, literalmente la Promotora contrata con la Constructora por lo yanto es directamente responsable de como trabaje la constructora....., buscate un abogado y mueve el tema rápido. Un Saludo
__________________ Winter is Coming |
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No eso no cuela, hay algunos retrasos "admisibles" pero te tienen que demostrar que las condiciones climatologicas afectaron mucho al desarrollo de las obras o huelgas o cosas asi..... Gracias, nigromante, es lo que pensaba (mi abogado, también, ya me busqué uno, era para tener otra opinión legal). Las razones que te he comentado las expone la entidad en el escrito de oposición a mi demanda de ejecución del aval. Cuando todo acabe con mi dinero en mi cuenta (espero que pronto) es para publicar el escrito en cuestión como ejemplo de jeta de cemento Un saludo |
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| En un tema que llevé yo la aseguradora mantenía que, al parecer, las viviendas tenían muchas posibilidades de verse terminadas en algun momento del futuro por lo que no procedía reintegrar al comprador las cantidades entregadas y ello porque conforme al preambulo de la Ley del Seguro, ese supuesto solo se daría ante lña imposibilidad manifiesta de acabar las obras, en definitiva venía a decir que el seguro no cubre el retraso de la obra, lo que es una majadería inconmensurable. Lógicamente la aseguradora, tras una única y muy breve reunión, pagó a mi cliente y despidió al compañero en unidad de acto. que mal esta la profesión.....Un Saludo
__________________ Winter is Coming |
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| Aprovecho para preguntar. ¿Puede considerarse legal que en el contrato de compraventa sobre plano se establezca como fecha de entrega de la vivienda, no un día concreto sino esto?: "La entrega de la vivienda tendrán lugar dentro de los tres meses siguientes a la obtención de la cédula de habitabilidad" Es lo que pone en el contrato de mi hermano, y pensamos que quizá no sea legal la cláusula, pues la obtención de dicha cédula podría acaecer dentro de 50 años y no incumplir la promotora el contrato. ¿Qué pensáis? |
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Aprovecho para preguntar. ¿Puede considerarse legal que en el contrato de compraventa sobre plano se establezca como fecha de entrega de la vivienda, no un día concreto sino esto?: Que es ilegal. El cumplimiento de los contratos no puede quedar al arbitrio de una de las partes. Y en ese caso sucede exactamente eso, pues con no solicitar la cédula de habitabilidad o la licencia de primera ocupación (según proceda), el promotor no tiene que cumplir. Otra cosa sería si se deetrminase cuándo habrá de solicitarse la cédula, y cuándo se finalizará la obra.
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| madre mia, HABIAMOS LLEGADO HASTA EL ESPERPENTO ECONOMICO... ADELANTAR 20.000 EUROS A UNA EMPRESA PARA QUE EL AÑO QUE VIENE O CUANDO SEA ME CONSTRUYA UN PISO DE 2 DORMITORIOS SIN BAJERA, EN EL CULO DEL MUNDO. Y DE 30 MILLONES DE PESETAS, CLARO... ¿Pero es que la peña está T O N T A??? Si quieres comprar algo compra, PERO NO TE METAS SOBRE PLANOS COJONES y menos ADELANTANDO tanto dinero. ![]() ![]() ASI VA ESPAÑA |
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